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La Ley 5/2021, de 12 de abril, que entró ayer en vigor y por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), viene a incorporar distintas novedades que son esenciales para las sociedades no cotizadas: la celebración exclusivamente telemática de la junta general, la ampliación de las situaciones de conflictos de interés de los administradores, la competencia para la aprobación de operaciones intragrupo en las sociedades filiales o la redefinición del deber de diligencia…
Todas estas novedades supondrán un cambio importante tanto en los estatutos como en la forma de funcionar en distintos ámbitos de la sociedad de capital no cotizada. Tanto los abogados in house como los que asesoran a estas entidades pueden plantearse dudas como: