Madrid | 27 y 28 de noviembre de 2025
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Un año mas, y vamos por la edición XII, os citamos a la nueva edición del Congreso Nacional Aranzadi Concursal 2025.
Con este programa hemos querido dar un salto a las nuevas cuestiones que se han planteado en materia concursal, incluso a aquellas que están asomando ya por los juzgados y se van a convertir en temas de plena actualidad en los meses venideros. Temas que se mezclan entre lo societario, concursal y económico, que no se pueden entender sin ninguno de esos tres pilares. Acciones de responsabilidad y concurso entre los cierres provisionales y definitivos o el cierre definitivo, aspectos económicos y societarios del concurso.
Por supuesto, trataremos los temas de concurso tanto de persona física como jurídica, sin masa y con masa, planes de reestructuración y transmisiones de empresa.
Como siempre, desde una perspectiva práctica, dinámica y abierta al debate. Con ponentes con perfiles no solo de magistratura sino también económicos, jurídicos y académicos de reconocido prestigio y of counsels en diferentes firmas.
Una cita fija en el calendario de cualquier persona que se dedique al derecho concursal.
PRIMERA JORNADA. JUEVES, 27 de noviembre de 2025
9.00 h. Recepción y acreditaciones
9:30 h. PRIMERA MESA. Acciones de responsabilidad y concurso.
a) Deberes (y responsabilidades) entre el cierre registral provisional y el definitivo.
¿Hay disolución implícita (automática) por el auto de conclusión del concurso sin masa?
¿Hay deber de convocar junta para disolver?
¿Queda la disolución diferida al cierre definitivo de la hoja? En tal caso, ¿en qué situación queda la sociedad en ese período de interinidad? ¿Qué deben hacer los administradores?
¿Su puede empezar a liquidar o hay que esperar a que transcurra el plazo de un año?
¿Siguen vigentes lo cargos de administrador o se produce su cese automático?
¿Siguen vigentes los poderes otorgados?
¿Se pueden celebrar nuevos contratos o solo extinguir los existentes?
¿Se pueden ir pagando deudas o hay que esperar a que no exista posibilidad de reapertura del concurso?
b) Deberes (y responsabilidades) tras el cierre definitivo.
¿Debe el registrador cancelar de oficio? ¿Y si no lo hace?
El liquidador ante la imposibilidad de aprobación del balance por empate entre socios.
Tras el cierre definitivo, ¿cabe accionar por la vía del art. 241 LSC por cierre de hecho si no hay liquidación efectiva? ¿Responde el administrador? ¿Responde el liquidador? ¿Lo hacen ambos?
Tras el cierre definitivo, ¿puede demandarse al administrador por el art. 367?
Si el art. 397 LSC contempla la responsabilidad tras la cancelación, pero agotada la liquidación societaria, ¿puede demandarse por esta vía al liquidador que tras el archivo del concurso no liquida?
Rafael Fuentes Devesa. Magistrado de la Audiencia Provincial de Alicante, sec. 8ª.
Carmen González Suárez. Magistrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 14 de Madrid.
Javier Vaquer Martín. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid.
11:00 h. Debate
11:30 h. Pausa-café
12:00 h. SEGUNDA MESA. Aspectos económicos del concurso y la reestructuración.
La valoración (creíble) de una empresa en funcionamiento.
Alfonso Gómez Bilbao. Socio de AMS Corporate.
Cómo elaborar un buen plan de viabilidad.
Pendiente confirmación ponente
13:00 h. TERCERA MESA. Aspectos societarios en el concurso.
El concepto de grupo en el concurso: la inclusión (o no) del grupo encabezado por persona física. Problemática de la DA Primera TRLC tras la Ley 16/2022.
Mónica Fuentes Naharro. Catedrática de Derecho Mercantil, Of Counsel Estudio Sánchez Calero.
El concurso de comunidad de bienes-sociedad irregular.
Juan Jesús Menéndez Álvarez. Abogado y administrador concursal, GDP Legal.
Operaciones de compra de capital con préstamo: ¿subordinación ex art. 283.1.1º? La titularidad indirecta.
Manuel García-Villarrubia Bernabé. Socio de Uría Menéndez.
14:30 h. Comida coctel networking (incluida)
16:00 h. CUARTA MESA. Problemática del concurso de persona física.
La existencia de salarios o rentas periódicas que exceden de lo inembargable, ¿excluyen el concurso sin masa?
¿Puede forzarse en ese caso el deudor a presentar un plan de pagos?
¿Cabe en un concurso sin masa liquidatorio aplicar el art. 492 bis?
En un concurso con masa, ¿los salarios forman parte de la masa activa?
¿Cuándo finaliza la liquidación si hay salarios?
¿Pueden excluirse de la liquidación los vehículos carentes de valor o afectos a la actividad profesional?
Vivienda en EPI liquidatorio. ¿Podemos seguir excluyéndola de la liquidación?
En caso de venta de parte de la vivienda, ¿cabe cancelación parcial de la hipoteca?
¿Alcanza la exoneración a créditos exonerables omitidos en la solicitud?
¿ Alcanza la exoneración a derivaciones administrativas de responsabilidad posteriores a la exoneración pero derivadas de hechos anteriores?
¿La certificación administrativa es prueba suficiente de la firmeza de la derivación?
¿ Alcanza la exoneración a sentencias de calificación culpable posteriores a la exoneración pero derivadas de hechos anteriores?
¿Cabe recurso cuando el juez, de oficio, niega la exoneración de oficio o modere su alcance?
¿Hay que incluir en el plan de pagos todos los créditos (exonerables) y por el todo o solo la parte que se propone abonar?
Multas por sanciones administrativas: ¿Cómo se interpreta el art. 487.1.2º?
Bárbara Córdoba Ardao. Magistrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid.
Matilde Cuena Casas. Catedrática de Derecho Civil.
César Suárez Vázquez. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona.
José María Puelles Valencia. Abogado y administrador concursal.
18:30 h. Fin de la jornada.
SEGUNDA JORNADA. VIERNES, 28 de noviembre de 2025
9:15 h. Apertura de puertas y acreditaciones
9:45 h. QUINTA MESA. Planes de reestructuración.
Acciones de cumplimiento forzoso del plan y ejecutividad de la resolución de homologación.
Juan Francisco Garnica Martín. Presidente de la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Gifting y pago de comisiones.
José Carlos González Vázquez. Socio de Ceca Magán.
Operatividad y alcance del test de resistencia.
Francisco de Borja Villena Cortés. Magistrado de la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid.
Cláusulas de resolución parcial.
Fedra Valencia. Socia de Cuatrecasas.
11:00 h. Debate
11:30 h. Pausa-café
12:00 h. SEXTA MESA. Vías para la transmisión de empresa.
Convenios (i) con asunción de deuda, (ii) transmisión de unidad productiva y (ii) mandato de venta futuro.
Alfonso Muñoz Paredes. Magistrado de la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid.
Venta de unidad productiva en fase común y liquidación.
Nuria Orellana Cano. Magistrada del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil.
Planes de reestructuración liquidatorios.
Francisco Garcimartín Alférez. Catedrático de Derecho Internacional Privado, Of Counsel Linklaters.
13.00 h. Debate
13.30 h. Clausura
DIRECCIÓN
Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes
Magistrado Especialista de la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid
1. Asistencia al congreso.
2. Pausas cafés de networking.
3. Comida cóctel networkig.
4. Acceso a la conexión en directo, pudiendo asistir desde cualquier lugar, si no deseas desplazarte.
5. Acceso exclusivo al campus de formación, donde encontrarás toda la información relativa a las jornadas y todo el material de los ponentes, así como la grabación de las sesiones.
6. Certificado de asistencia y aprovechamiento de las jornadas, que podrás descargárselo del campus de formación una vez finalizado el congreso.
7. Foro de Comunicación para cualquier gestión sobre el manejo del Campus así como para comunicar cualquier cuestión relativa al desarrollo del congreso.
8. Avisos de agenda previos a las sesiones.
Incluye la suscripción durante tres meses a la revista LA LEY Insolvencia desde el comienzo del Congreso.
27 y 28 de noviembre de 2025
MEETING PLACE Castellana 81 (Edificio con Certificación LEED Platinum y certificación WELL Oro)
Paseo De la Castellana 81
28046 Madrid. Centro financiero de AZCA.
Presencial + streaming con grabación
TRANSPORTE
Cédula RENFE del 5% de descuento. Opciones de transporte hasta la sede: | |
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Dispone de 14 días tras la compra para poder la cancelación. Transcurridos estos días, los gastos de cancelación serán del 100% del total del evento.
Los productos que se integran en este paquete comercial pueden ser adquiridos también de forma individual. Puede obtener las Condiciones Generales de Venta aplicables a la venta separada de estos productos. En el caso de publicaciones en papel o digitales y productos de e-learning, puede también consultar estos precios aquí.
CM: 000907051
Tel: 900 40 40 47
Lunes a Jueves de 9-18:30h
Viernes de 9-15h o si lo prefieres