

5.4.
5.5.
5.6.
5.7.
5.8.
Función de relevancia
Pero en definitiva será el juez instructor, o el juez penal, el que determinará si
el programa es eficaz o no, si es válido o no, y, lo que es más importante, si dispensa
de la pena o la atenúa. Por ello, todo debe ser revisado por el asesor penal, que dará
ese mayor o menor cumplimiento de los requisitos legales.
Función justificativa
La intervención del programa en su amplitud y detalle dará una imagen de cola-
boración con el
ius puniendi
del Estado que hace que se justifique la actuación de la
persona jurídica, puesto que cumple con la legalidad e incluso puede llegar a denun-
ciar la comisión de un delito por unos de sus empleados o miembros. Por ello será
una función de garantía en la medida de que el programa sea bueno y advierta de
los supuestos de hecho delictivos de la empresa.
Función de prestigio
El plan de prevención de riesgos penales, en su doble vertiente interna y externa,
redundará en el prestigio de la persona jurídica, según su grado de exigencia, control
y valores implantados. Así, cada vez los consumidores exigen mayores políticas de
manos limpias y cumplimiento con los derechos individuales y humanos para la
elección de sus compras, servicios, etc., que hacen que la instauración de un buen
código ético o de conductas, interno y externo, sea un reclamo de calidad y prestigio
de la firma.
Función psicológica
La adopción de un Plan de Prevención tiene a los efectos internos de la persona
jurídica una garantía de seguridad y certeza en los trabajadores de esta que imprime
un efecto psicológico de tranquilidad y que se refleja en su unidad productiva. Es
un clima de confianza, de trabajo en equipo, de desarrollo organizacional en aras a
la consecución de los objetivos de la persona jurídica, o sea, un confort psicológico
y emocional de los trabajadores que incrementa su motivación y redunda en la
eficacia, eficiencia y efectividad en el trabajo.
Función de confianza y seguridad
En concordancia con la función anterior, estudios realizados han demostrado
que la instauración de un plan normativo inspira confianza y seguridad a los inver-
sores o accionistas, a los proveedores y a los clientes, incrementando los índices
respectivos de inversión, fiabilidad y credibilidad en la corporación.
71
Plan de cumplimiento normativo penal