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Orden de 2 de agosto de 2021 de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2021
BORM 
6 Agosto
Véase Orden de 12 de abril de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2022 («B.O.R.M.» 25 abril).
El apartado 1 del artículo 59, de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021, dispone que con efectos desde el 1 de enero de 2021 se mantienen los tipos de cuantía fija de las tasas incluidas en el Texto Refundido de la Ley de tasas, precios públicos y contribuciones especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, en la cuantía del importe exigible en el ejercicio 2020, según lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior las tasas vigentes en el ejercicio 2020 que por disposición de esta u otra ley, y con efectos a partir de su respectiva entrada en vigor, experimenten cualquier variación en sus cuotas respecto al ejercicio 2020 y exclusivamente en cuanto a estas.
Se consideran como tipos fijos aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias.
Asimismo, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21 del Texto Refundido de la Ley de tasas, precios públicos y contribuciones especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, con efectos desde el 1 de enero de 2021 se mantiene el importe de los precios públicos de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y otros entes de derecho público en la cuantía exigible en el ejercicio 2020, según lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios, que se regirán por lo dispuesto en su normativa específica.
Las tarifas que ahora se publican, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 59 de la Ley 1/2021, determinan de forma expresa la cuantía de las cuotas, con el propósito de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y su aplicación por los órganos gestores de la Administración tributaria.
En su virtud, y de conformidad con las facultades atribuidas por los artículos 38 de la Ley 6/2004 de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con lo dispuesto en el artículo 59.3 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021,
Dispongo:
Primero.
Cuantías de las tasas y precios públicos.
A partir del 1 de enero de 2021, las tarifas y cuotas de las tasas y precios públicos reguladas en el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales y en los Decretos y Órdenes respectivas, quedan fijadas en las cuantías contenidas en el Anexo que se une a la presente Orden.
Segundo.
Publicación.
La presente Orden se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, estando a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021, respecto a la entrada en vigor de las tarifas.
Anexo único.-
Tarifas y cuotas aplicables en el ejercicio 2021
Código Tasa Denominación y descripción del Hecho Imponible Importe
TARIFA COMÚN CUOTA COMPLEMENTARIA COMÚN a todas las tasas (Art.16.Texto Refundido Decreto Legislativo 1/2004):
A)
Por cada salida y empleado público 59,95 €
B)
Por prestación del Servicio en horario y jornada extraordinarios

1)
En jornada no festiva y horario no nocturno. Por cada hora 18,15 €
2)
En jornada no festiva y horario nocturno. Por cada hora 20,77 €
3)
En jornada festiva y horario no nocturno. Por cada hora 20,64 €
4)
En jornada festiva y horario nocturno. Por cada hora 23,22 €
GRUPO 0.- TASAS GENERALES
T010 Tasa General de Administración
1)
Expedición de certificados, por cada certificado 8,36 €
2)
Inscripción en registros oficiales, por cada inscripción. 7,80 €
3)
Diligencias de libros y otros documentos, por cada diligencia. 7,80 €
4)
Bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación, por cada acta de bastanteo. 18,59 €
5)
Emisión de informes de carácter técnico, por cada informe. 234,27 €
6)
Tramitación de expedientes de expropiación forzosa, ocupaciones o servidumbres forzosas en favor del beneficiario, por cada expediente. 1.495,95 €
7)
Presentación de solicitudes dirigidas a otras administraciones públicas, cuyo peso y/o el de los documentos que las acompañen sea superior a 2 Kilogramos:

a)
Hasta 5 Kilogramos:

Dentro de la Región de Murcia 12,64 €
Dentro de la Península 23,79 €
Baleares, Ceuta y Melilla 30,52 €
Canarias 56,81 €
b)
Hasta 20 Kilogramos:

Dentro de la Región de Murcia 23,32 €
Dentro de la Península 46,95 €
Baleares, Ceuta y Melilla 58,32 €
Canarias 91,34 €
c)
Más de 20 kgs, por cada kilogramo adicional:

Dentro de la Región de Murcia 1,55 €
Dentro de la Península 1,55 €
Baleares, Ceuta y Melilla 4,48 €
Canarias 10,83 €
T020 Tasa General por prestación de servicios y actividades facultativas
1)
Dirección e inspección de obras:
El tipo de gravamen será del 4% aplicado sobre una base imponible constituida por el importe del presupuesto de ejecución material de cada certificación de obras, incluyendo en su caso las adquisiciones y suministros especificados en los proyectos, afectado por el coeficiente de adjudicación.
2)
Replanteo de obras
El importe de la tasa será el presupuesto de gastos que se formule, que comprenderá las dietas, kilometraje y materiales. Este importe no podrá exceder del 1% del presupuesto de ejecución por contrata.
3)
Liquidación de obras
Será un tipo variable en función del presupuesto de ejecución material del adicional de liquidación de las obras, según la siguiente tabla:
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL


1.
Hasta 2.404,05 €: 9,02 €.
2.
De 2.404,06 a 4.808,10 €: 2,50 por mil
3.
De 4.808,11 a 24.040,48 €: 2,00 por mil
4.
De 24.040,49 a 48.080,97 €: 1,25 por mil
5.
De 48.080,98 a 240.404,84 €: 0,50 por mil
6.
De 240.404,85 a 480.809,68 €: 0,35 por mil
7.
De 480.809,69 a 961.619,37 €: 0,25 por mil
8.
De 961.619,38 a 1.442.429,05 € 0,20 por mil
9.
De 1.442.429,06 a 1.923.238,73 € 0,17 por mil
10.
De 1.923.238,74 a 2.404.048,42 €: 0,15 por mil
11.
A partir de 2.404.048,43 €: 0,13 por mil
4)
Dirección e inspección de contratos de servicios:
El tipo de gravamen será el 3% sobre una base imponible constituida por el importe de los trabajos efectuados, excluyendo el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido y el de la propia tasa.
5)
Revisión de precios: El importe de la tasa estará constituida por:
Por cada expediente de revisión 27,22 €
Por cada uno de los precios unitarios que se haya revisado conmodificación 2,73 €
Además el importe de la escala de remuneraciones que figura en el apartado 3 anterior, aplicada al montante líquido del presupuesto adicional de la propuesta de revisión.
GRUPO 1.- TASA SOBRE CONVOCATORIAS, REALIZACIÓN DE PRUEBAS Y EXPEDICIÓN DE TÍTULOS
T110 Tasa por actuaciones en materia de función pública regional
1)
Convocatoria y realización de pruebas selectivas para integración funcionarial, promoción interna, racionalización administrativa e ingreso en la Función Pública Regional. Por cada solicitud:

a)
Grupo A, subgrupo A1: 48,61 €
b)
Grupo A, subgrupo A2: 38,78 €
c)
Grupo C, subgrupo C1: 25,31 €
d)
Grupo C, subgrupo C2: 13,75 €
e)
Grupo E 9,03 €
2)
Convocatoria y desarrollo del procedimiento ordinario y del procedimiento de urgencia para la selección de personal interino y laboral temporal de la Administración Pública Regional, por cada solicitud:

a)
Grupo A, subgrupo A1: 23,34 €
b)
Grupo A, subgrupo A2: 15,28 €
c)
Grupo C, subgrupo C1: 11,90 €
d)
Grupo C, subgrupo C2: 7,43 €
e)
Grupo E 4,45 €
3)
Convocatoria y realización de pruebas selectivas para integración funcionarial, promoción interna, racionalización administrativa e ingreso en la Función Pública Regional de personal docente no universitario. Por cada solicitud:

a)
Grupo A, subgrupo A1 79,40 €
b)
Grupo A, subgrupo A2 71,42 €
4)
Convocatoria y desarrollo del procedimiento ordinario y del procedimiento de urgencia para la selección de personal interino y laboral temporal de la Administración Pública Regional de personal docente no universitario, por cada solicitud:

a)
Grupo A, subgrupo A1 38,15 €
b)
Grupo A, subgrupo A2 30,25 €
T120 Tasa sobre capacitación profesional en materia de transportes
1)
Derechos de examen de capacitación profesional (dchos. examen): 45,16 €
2)
Expedición o renovación de títulos o certificados: 34,32 €
T130 Tasa por la inscripción en pruebas náuticas y subacuáticas y expedición de titulo
1)
Derechos de examen TEÓRICO:

a)
Patrón para Navegación Básica y otros títulos náuticos inferiores al mismo, como los de manejo de motos acuáticas 52,06 €
b)
Patrón de Embarcaciones de Recreo 52,06 €
c)
Patrón de Yate 69,44 €
d)
Capitán de Yate 86,78 €
e)
Buceador Profesional de Pequeña Profundidad 49,38 €
f)
Buceador Profesional de Mediana Profundidad 64,41 €
g)
Buceador Profesional de Gran Profundidad 81,61 €
h)
Instructor de Buceo Profesional 85,83 €
2)
Derechos de examen PRÁCTICO:

a)
Patrón para navegación básica y otros títulos náuticos inferiores al mismo, como los de manejo de motos acuáticas 28,16 €
b)
Patrón de Embarcaciones de Recreo 60,37 €
c)
Patrón de Yate 181,10 €
d)
Capitán de Yate 181,10 €
3)
Expedición de títulos de cualquier clase 46,50 €
4)
Renovación de títulos de cualquier clase 34,75 €
T140 Tasa por la expedición de documentos que acrediten aptitud o capacidad para el ejercicio de actividades reglamentarias en materia de industrias, sus renovaciones y prórrogas
1)
Por inscripción en las pruebas de capacitación 32,41 €
2)
Por la expedición de carnés profesionales, certificados de habilitación profesional o cualquier otro título y su renovación: 20,02 €
T150 Tasa por expedición de tarjetas de identidad profesional náutico pesqueras.
1)
Solicitud de primera expedición de tarjetas

a)
Solicitud de primera expedición de tarjetas.- PATRÓN LOCAL DE PESCA 28,16 €
b)
Solicitud de primera expedición de tarjetas.- PATRÓN COSTERO POLIVALENTE 28,16 €
2)
Otras titulaciones náutico-pesqueras 28,16 €
3)
Solicitud de renovación de tarjetas 8,05 €
4)
Solicitud de convalidación de tarjetas 28,16 €
T160 Tasa relativa al título de Guía de Turismo de la Región de Murcia
1)
Por inscripción en las pruebas de aptitud 31,55 €
2)
Por la expedición del título correspondiente, sus renovaciones o prórrogas 15,80 €
T170 Tasa por la expedición de títulos, certificados o diplomas y por expedición de duplicados, en el ámbito de la enseñanza no universitaria.
1)
Tasa por expedición de títulos y certificados ( por unidad)

1.1
Bachiller 52,50 €
1.2
Técnico de Formación Profesional 21,40 €
1.3
Técnico Superior de Formación Profesional 52,50 €
1.4
Profesional de Música o Danza, o Técnico de las Enseñanzas
Profesionales de Musica o Danza: 25,27 €
1.5
Superior de Música o Danza. 98,29 €
1.6
Superior de Arte Dramático: 98,29 €
1.7
Superior de Diseño: 98,29 €
1.8
Master en enseñanzas artisticas 120,00 €
1.9
Técnico de Artes Plásticas y Diseño 21,40 €
1.10
Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: 52,50 €
1.11
Restauración y Conservación de Bienes Culturales y otros títulos derivados de la LOGSE equivalentes a diplomado universitario: 48,11 €
1.12
Tecnico Deportivo 21,40 €
1.13
Tecnico Deportivo Superior 52,50 €
1.14.
Certificado de Aptitud del Ciclo Superior del Primer Nivel de Idiomas: 25,27 €
1.15.
Certificado del Nivel Básico de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial: 25,27 €
1.16
Certificado del Nivel Intermedio de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial: 25,27 €
1.17
Certificado del Nivel Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial: 25,27 €
1.18
Certificado del Nivel C1 de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial: 25,27 €
1.19
Certificado del Nivel Básico A1 25,27 €
1.20
Certificado del Nivel Básico A2 25,27 €
1.21
Certificado del Nivel Intermedio B1 25,27 €
1.22
Certificado del Nivel Intermedio B2 25,27 €
1.23
Certificado del Nivel Avanzado C1 25,27 €
1.24
Certificado del Nivel Avanzado C2 25,27 €
2)
Tasa por expedición de duplicados de los títulos y certificados a los que se refiere el apartado anterior (por unidad): 4,71 €
T172 Tasa por solicitud de reconocimiento de grado de dependencia.
Por cada solicitud de reconocimiento del grado de dependencia: 10,00 €
T173 Tasa por solicitud de reconocimiento de grado de discapacidad.
Por cada solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad: 10,00 €
T180 Tasa por la inscripción en las pruebas de aptitud y la expedición del título de controlador de acceso.
1)
Por inscripción en las pruebas de aptitud 28,02 €
2)
Por la expedición del título correspondiente, sus renovaciones o
prórrogas 14,02 €
GRUPO 2.- TASAS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Y CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
T210 Tasa por actuaciones, licencias, permisos y autorizaciones en materia de actividades cinegéticas y piscícolas en aguas continentales.
Sección Primera: Licencias de caza y práctica de actividades
cinegéticas y relacionadas.
1)
Expedición de licencias de caza:

a)
Licencia autonómica de caza: para cazar cualquier modalidad con cualquier tipo de arma autorizada, cetrería, hurón y rehala. Por licencia y año de validez. Las licencias que se concedan con validez superior a un año devengarán la cuota del apartado anterior multiplicada por el número de años para los que se expidan. 23,33 €
b)
Licencia interautonómica de caza 70,00 €
c)
Derechos de examen para la obtención de la licencia de caza 10,00 €
2)
Autorización de uso de precintos: para redes, artes y otros medios de caza, para cuya utilización se requiera la autorización previa de la Consejería en materia de Medio Ambiente. Por precinto. 2,54 €
3)
Autorizaciones y permisos especiales

a)
Celebración de monterías 197,76 €
b)
Batidas, excepto para jabalí 39,45 €
c)
Aguardos y esperas, excepto para jabalí 26,29 €
d)
Caza mediante rececho de especies de caza mayor 34,64 €
e)
Cazar o capturar, con medios o modalidades que precisen permisos especiales u otros procedimientos autorizados. 13,17 €
4)
Autorización para la constitución de zonas de adiestramiento de perros: 65,57 €
5)
Establecimientos de reglamentaciones especiales: 131,15 €
6)
Suelta de especies autorizadas 39,45 €
7)
Autorizaciones de caza con fines científicos 13,17 €
8)
Autorizaciones de caza con fines comerciales: 131,15 €
9)
Constitución de zonas especiales de seguridad 131,15 €
10)
Expedición de autorización e inscripción de tenencia de especies distintas del perro, autorizadas como medios de caza:

a)
Hurones, por cada pareja 6,63 €
b)
Aves de cetrería u otras especies autorizadas, por cada individuo 12,91 €
11)
Ejercicio de la caza en Reservas Regionales de caza:

1.-
Caza de Perdiz con reclamo

a)
Permisos hasta 2 cazadores y validez hasta 7 días: 88,40 €
b)
Cuota complementaria por pieza perdiz: 15,97 €
2.-
Caza de jabalí en la modalidad de aguardo o espera:

a)
Permiso para 30 días: 62,68 €
b)
Cuota complementaria por jabalí abatido: 45,45 €
5.-
Alojamiento en la Casa forestal de la Perdiz (Sierra Espuña), para los cazadores de la Reserva

a)
Una persona en habitación doble, euros por día. 38,11 €
b)
Dos personas en habitación doble, euros por día 49,52 €
12)
Ejercicio de la caza en refugios de caza, cotos sociales de caza, cotos intensivos o cotos deportivos, gestionados directamente por la Administración Regional:

1.-
Caza de jabalí:

a)
En la modalidad de aguardo:

1-
Permisos para siete días o para 30 días por daños a la agricultura. Por cazador 62,68 €
b)
En la modalidad de batida:

1-
Permisos para cuadrillas de hasta 25 cazadores por día de batida: 195,55 €
2.-
Caza de zorros y perros errantes:

a)
En la modalidad de aguardo, para zorros:

1-
Permiso para siete días, por cazador 37,15 €
b)
En la modalidad de batida, para zorros y perros errantes:

1-
Permiso para cuadrillas de hasta 25 cazadores por día de batida 77,70 €
3.-
Caza menor:

a)
Caza menor en mano. Para cuadrillas de hasta seis cazadores, por cada día: 21,14 €
b)
Caza de perdiz con reclamo, permisos para hasta dos cazadores y hasta siete días: 88,40 €
4.-
En cada apartado, las cuotas complementarias, por piezas capturadas se liquidarán por cada pieza a razón de:

Perdiz 15,97 €
Conejo 3,21 €
Liebre 6,09 €
Jabalí 45,45 €
5.-
Caza selectiva de cabra montés en la modalidad de rececho:

a)
Permiso para tres días y por cazador (cuota de entrada): 230,96 €
b)
Cabra herida y no cobrada, por pieza 230,96 €
c)
Cuota complementaria por pieza abatida: 538,92 €
d)
Precio de la carne en canal, por kilo 5,01 €
6.-
Caza de trofeo de cabra montés en la modalidad de rececho:

a)
Permiso para tres días y por cazador (cuota de entrada): 538,92 €
b)
Cabra herida y no cobrada, por pieza 769,85 €
c)
Cuota complementaria: Se liquidará en función de la puntuación del trofeo obtenido, según el siguiente baremo:

-
Hasta 160 puntos: 538,92 €
-
De 161 a 190 puntos: 538,92 €
más, por cada punto que exceda de 160 puntos. 7,71 €
-
De 191 a 204 puntos: 769,85 €
más por cada punto que exceda de 190 puntos. 38,49 €
-
De 205 a 214 puntos (medalla de bronce): 1.308,74 €
más por cada punto que exceda de 204 puntos 76,98 €
-
De 215 a 224 puntos (medalla de plata): 2.078,60 €
más por cada punto que exceda de 214 puntos. 115,46 €
-
Más de 224 puntos (medalla de oro): 3.233,36 €
más por cada punto hasta 269 puntos, 153,96 €
más por cada punto que exceda de 269 puntos. 76,98 €
13)
Por acompañamiento de agente forestal en cualquier tipo de terreno cinegético y otros gastos de caza. En los casos de caza al rececho de especies de caza mayor cuando existe la necesidad de acompañamiento al cazador por parte de un agente forestal o celador de caza, excepto en los casos de obligado abatimiento:

-
Al día por cada agente forestal o celador de caza que acompañe al cazador. 70,35 €
14)
Por homologación de trofeo de caza. Por trofeo 20,00 €
15)
Tramitación del plan de ordenación cinegética. Por plan 30,00 €
16)
Homologación de otros métodos de captura en vivo. Por método 60,00 €
17)
Derechos de examen para la obtención de la acreditación de utilización de métodos de control de predadores. 29,00 €
Sección Segunda:
La actividad administrativa se llevará a cabo con sujeción y conforme a la normativa específica reguladora de la materia :
1)
Constitución y modificación de terrenos cinegéticos, por actuación: 30,33 €
2)
Matriculación de terrenos cinegéticos:

a)
A los efectos de esta tarifa los terrenos cinegéticos quedan divididos y clasificados en los siguientes grupos, con las cuotas siguientes:

1.-C-I.-
Cotos de caza mayor (por Hectárea) 0,97 €
2.- C-II.-
Cotos de caza menor de más de 250 Ha (por Hectárea) 0,51 €
3.-C-III.-
-Cotos de caza menor de menos de 250 Ha: (por Hectárea) 1,24 €
4.-C-V.-
Otros terrenos de aprovechamiento cinegético: 1,06 €
b)
Para los cotos y terrenos de aprovechamiento cinegético de los grupos III, IV y V, cualquiera que sea la extensión total de los mismos, el importe de la matrícula no podrá ser inferior a 211,40 €
c)
En aquellos terrenos de régimen especial clasificados en cualquier grupo, distinto del C-1, que aprovechen también especies de caza mayor, el valor asignable a la renta cinegética será el correspondiente a su grupo de calificación más la diferencia, si la hubiere, entre éste y el grupo C-I.
4)
Normas especiales relativas a los cotos intensivos.- Las cuotas de los apartados anteriores cuando correspondan a cotos calificados como intensivos se percibirán por el doble de los importes señalados para cada supuesto.
Sección Tercera:
Expedición de licencias de pesca en aguacontinentales, matrícula de embarcaciones y ejercicio de las actividades piscícolas en terrenos de aprovechamiento piscícola, gestionados por la Administración Regional:
1)
Licencias de pesca de Clase P (Única): Licencia anual válida para pescar en aguas continentales (por licencia): 15,23 €
Si, conforme a la normativa de aplicación, se expidiesen licencias de validez superior a un año, se liquidará la cuota anterior multiplicada por el número de años de validez.
2)
Matrículas para embarcaciones y aparatos flotantes:

a)
Clase E.1: Matrícula anual válida para embarcaciones y aparatos flotantes impulsados a motor, dedicados a la pesca en aguas continentales 34,08 €
b)
Clase E.2: Matrícula anual para embarcaciones y aparatos flotantes no impulsados a motor dedicados a la pesca en aguas continentales: 17,03 €
3)
Actividades piscícolas en terrenos y cotos susceptibles de tal aprovechamiento, gestionados por la Administración Regional:

a)
Pesca de salmónidos: Por cada día de pesca y hasta 10 capturas como máximo, se percibirán 21,49 €
b)
Pesca de otras especies, por pescador y día, según cupos de cotos, se percibirán 10,05 €
4)
Expedición de licencias de pesca en aguas continentales, matrícula de embarcaciones y ejercicio de las actividades piscícolas en terrenos de aprovechamiento piscícola, gestionados por la Administración regional
Licencia Interautonómica de pesca en aguas interiores: 25,00 €
Sección Cuarta:
Constitución, matriculación y modificación de terrenos de aprovechamiento piscícola en aguas continentales.
1)
Constitución de cotos y modificaciones de los mismos que afecten a la superficie (por Hectárea) 0,37 €
2)
Modificaciones que no afecten a la superficie de los Cotos (por actuación) 28,88 €
3)
Matriculación de cotos. A los efectos de esta tarifa los terrenos especiales y de aprovechamiento piscícola quedan divididos y clasificados en los siguientes grupos y rentas:

a)
P-I.- Cotos de pesca de ciprínidos (por Hectárea) 0,80 €
b)
P-II.- Cotos de pesca de salmónidos (por Hectárea) 1,20 €
c)
P-III.- Otros terrenos de aprovechamiento piscícola especial (por Hectárea) 1,34 €
T220 Tasa por la prestación de servicios y actividades facultativas en materia forestal
1)
Levantamiento de planos:

a)
De itinerarios. Por cada Km.: 48,08 €
b)
Confección de planos (Por Hectárea): 10,79 €
2)
Replanteo de planos (Por cada Km.) : 96,15 €
3)
Particiones: Se percibirá el doble de la cuota señalada al levantamiento del plano correspondiente
4)
Deslindes, Apeo y levantamiento topográfico (Por cada Km.) 185,14 €
5)
Amojonamiento:

a)
Replanteo (Por cada Km.) 96,15 €
b)
Reconocimiento y recepción de obras, 10,5% del presupuesto de ejecución por contrata
6)
Cubicación e inventario de existencias:

a)
Inventario de árboles: (Por m3) 0,22 €
b)
Cálculo de corcho, resina y otros frutos: (por árbol) 0,37 €
c)
Existencias apeadas: 5% del valor inventariado
d)
Montes rasos: (Por Hectárea) 1,29 €
e)
Montes bajos: (Por Hectárea) 0,55 €
7)
Valoraciones:

a)
Hasta 300,51 €: 68,19 €
b)
Sobre el exceso: 5,3% del valor
8)
Ocupaciones y autorizaciones en terrenos forestales:

a)
Demarcación o señalamiento del terreno (por Hectárea) 4,47 €
b)
Inspección anual del disfrute: 5,3% del canon o renta anual del mismo.
9)
Catalogación de montes y formación del mapa forestal:

a)
Por las 1.000 primeras Hectáreas: 88,75 € más, por cada Hectárea: 0,37 €
b)
Por las restantes, que excedan de 1.000, por cada Hectárea: 0,14 €
10)
Memorias informativas de montes:

a)
Hasta 250 Has (por Hectárea): 0,45 €
b)
De 251 a 1.000 Has (por Hectárea) 0,14 €
c)
De 1.001 a 5.000 Has (por Hectárea) 0,075402 €
d)
Más de 5.000 Has (por Hectárea) 0,061812 €
11)
Señalamiento e inspección de toda clase de aprovechamiento y disfrutes forestales:
En montes catalogados:


MADERAS:

a)
Señalamientos:
Los 100 primeros m3 (por m3) 0,75 €
De 101 a 200 m3 (por m3) 0,49 €
De 201 en adelante (por m3) 0,34 €
b)
Contadas en blanco: 75% del señalamiento
c)
Reconocimientos finales: 50% del señalamiento
LEÑAS:

a)
Señalamientos:
Hasta 500 estéreos (por estéreo) 0,17 €
Restantes: (por estéreo) 0,113322 €
b)
Reconocimientos finales:
Hasta 500 estéreos (por estéreo) 0,133926 €
Restantes: (por estéreo) 0,08 €
c)
Pastos y ramón, operaciones anuales:
Hasta 500 Has (por Ha) 0,07 €
Exceso de 500 a 2.000 Has (por Ha) 0,05 €
Más de 2.000 Has (por Ha) 0,04 €
d)
Frutos y semillas, operaciones anuales:
Hasta 200 Has: (por Ha) 0,22 €
Exceso de 200 Has (por Ha) 0,21 €
OTROS

1.-
Esparto, palmito y otras plantas industriales, en los reconocimientos anuales:
1.000 primeros Qm (por Qm) 0,12 €
Restantes Qm (por Qm) 0,08 €
Entrega de toda clase de aprovechamientos: 1% del valor de tasación. En montes no catalogados:
MADERAS, LEÑAS, PALMITO Y OTRAS PLANTAS INDUSTRIALES Y SEMILLAS:
Para el señalamiento y reconocimientos finales, se aplicarán las mismas cuotas que en montes catalogados.
T230 Tasa por actuaciones relativas a la etiqueta ecológica.
1.-
Por cada solicitud de concesión, renovación o modificación sustancial (con cambios de criterios) de la etiqueta ecológica para un único producto o servicio, o varios productos o servicios que cumplan los mismos criterios, según el sujeto pasivo:

a)
Microempresa. 206,04 €
b)
Pymes. 309,06 €
c)
Resto. 360,57 €
2.-
Se entiende Pyme y microempresa según definición de la Recomendación de la Comisión no 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DO L 124 de 20.05.2003, P.36)
3.-
Esta cuota no incluye ningún elemento relativo al coste de las pruebas o verificaciones a las que deban someterse los productos o servicios objeto de la solicitud. Tales costes deben ser satisfechos por los propios solicitantes a las entidades debidamente acreditadas para llevar a cabo estas pruebas.
T240 Tasa por actuaciones en materia de protección medioambiental y control de actividades potencialmente contaminantes.
Sección Primera: Actuaciones, autorizaciones y procedimientos ambientales con Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) o Evaluación Ambiental Estratégica (EAE):
1.1.1
Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria, con elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental: evaluación ambiental de proyectos (no sujetos a autorización ambiental autonómica), según el valor de ejecución de las actuaciones, en euros

a)
Hasta 600.000: 556,97 €
b)
De 600.000 a 3.000.000: 758,14 €
c)
De más de 3.000.000: 1.543,03 €
1.1.2
Evaluación de Impacto Ordinaria, sin elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental:

a)
Hasta 600.000: 373,17 €
b)
De 600.000 a 3.000.000: 507,95 €
c)
De más de 3.000.000: 1.033,83 €
1.2
Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada. Por cada solicitud: 234,27 €
Si el informe de impacto ambiental determina que el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, se pagará la diferencia que resulte entre ambas.
1.3
Solicitud de prórroga de vigencia de la Declaración de Impacto ambiental.: 234,27 € Por cada solicitud
1.4
Solicitud de modificación de la Declaración de Impacto ambiental.
Por cada solicitud:


2)
Evaluación Ambiental Estratégica:

2.1)
Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria:

a)
Evaluación de planes generales, directrices y actuaciones de interés regional, según tamaño de los municipios:

De 30.000 y más hab.: 1.926,37 €
Entre 15.000 y 29.999 hab.: 1.849,32 €
Entre 5.000 y 14.999 hab.: 1.772,27 €
Menos de 5.000 hab.: 1.695,20 €
b)
Evaluación de modificaciones de planes generales, planes parciales o especiales y Evaluación de otros planes y programas y sus modificaciones: 832,91 €
2.2
Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, por cada Solicitud: 611,96 € Si el informe ambiental estratégico determina que el plan o programa debe someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria, se pagará la diferencia que resulte entre ambas.
2.3
Solicitud de prórroga de la vigencia de la Declaración Ambiental Estratégica, por cada solicitud 234,27 €
2.4
Solicitud de modificación de la Declaración Ambiental Estratégica por cada solicitud 234,27 €
3)
Solicitud de Autorización Ambiental Integrada, para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC), que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria).
Por cada solicitud, según el valor del proyecto, en euros:


a)
Hasta 600.000: 835,46 €
b)
De 600.000 a 3.000.000: 1.137,21 €
c)
De más de 3.000.000: 2.314,54 €
4)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya evaluación de impacto ambiental (simplificada u ordinaria), y una autorización específica (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental simplificada u ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental) más el 10% de la tasa de Autorización Ambiental sectorial específica correspondiente (Sección segunda, 2 del presente artículo).
5)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria), y dos autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental simplificada u ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental) más el 20% de la tasa de Autorización Ambiental sectorial específica correspondiente de mayor importe, en su caso. (Sección segunda, 2 del presente artículo).
6)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria), y tres autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar y emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental), más el 30% de la tasa de Autorización Ambiental Sectorial específica correspondiente de mayor importe, en su caso (Sección segunda, 2 del presente artículo).
Sección Segunda: autorizaciones, actividades de control y otras actuaciones administrativas y de gestión de actividades potencialmente contaminantes sin Evaluación de Impacto Ambiental y modificaciones y renovaciones de autorizaciones ambientales autonómicas.
1)
Solicitud de Autorización Ambiental Integrada, para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC), sin Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria) o de modificación sustancial de Autorizaciones Ambientales Integradas ya concedidas
Por cada solicitud, según el valor del proyecto, en euros:


a)
Hasta 600.000: 546,06 €
b)
De 600.000 a 3.000.000: 743,28 €
c)
De más de 3.000.000: 1.492,98 €
2)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, que incluya una o varias de las siguientes autorizaciones específicas, o de modificación sustencial de Autorizaciones Ambientales Sectoriales ya concedidas:

a)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, de instalaciones para el tratamiento de residuos.
Por cada solicitud, según la siguiente clasificación:


Residuos peligrosos: 587,90 €
Residuos no peligrosos: 291,48 €
b)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Por cada solicitud, según la siguiente clasificación:


Grupo A: 587,90 €
Grupo B: 291,48 €
c)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, de vertidos al mar. Por cada solicitud: 587,90 €
d)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, que incluya dos autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera). Por cada solicitud: suma de la tasa de mayor importe, en su caso, más el 20% de la siguiente.
e)
Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, que incluya tres autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar y emisiones a la atmósfera). Por cada solicitud: suma de la tasa de mayor importe, en su caso, más el 30% de la siguiente de mayor importe, en su caso.
3)
Solicitud de autorización de modificación no sustancial de una autorización ambiental integrada previamente concedida. Por cada solicitud: 136,47 €
4)
Solicitud de autorización de modificación no sustancial de una autorización ambiental sectorial previamente concedida. Por cada solicitud: 136,47 €
5)
Por renovación de la Autorización Ambiental Sectorial y revisión de la Autorización Ambiental Integrada:

5.1
Por cada revisión de autorización ambiental integrada: 546,06 €
5.2
Por cada renovación de autorización ambiental sectorial: 234,27 €
6)
Solicitud de transmisión de titularidad de autorización ambiental autonómica que incluya operación de tratamiento de residuos e instalaciones en que se realiza. Por cada solicitud: 38,67 €
7)
Autorización y modificaciones para realizar operaciones de tratamiento de residuos. Por cada solicitud: 93,75 €
8)
Autorización y sus modificaciones de parcelas en un mismo término municipal para aplicación agrícola de lodos de depuración tratados. Por cada nueva solicitud de autorización: 93,75 €
Por cada solicitud de nueva parcela agrícola: por parcela, hasta un máximo de 100 € 10,00 €
9)
Resto de autorizaciones y actuaciones de control relativas a atmósfera, residuos y suelos contaminados:

a)
Control administrativo de notificaciones y sus modificaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificadas en el grupo C, a excepción de que se haya solicitado conjuntamente con una autorización ambiental autonómica. Por cada comunicación: 40,00 €
b)
Validación y sellado de los libros de registro de emisiones potencialmente contaminadoras a la atmósfera. Por cada libro: 30,91 €
c)
Tramitación y control de autorizaciones de importación y exportación de residuos (autorización de traslado transfronterizo de residuos). Por cada autorización: 51,05 €
d)
Control administrativo de comunicaciones previas y sus modificaciones, de productor de residuos, excepto que se haya solicitado conjuntamente con una autorización ambiental autonómica. Por cada comunicación según la siguiente clasificación:

1º)
De productores de residuos no peligrosos de más de 1.000 Tm/año: 38,67 €
2º)
De productores de residuos peligrosos de menos de 10 Tm/año: 38,67 €
3º)
De productores de residuos peligrosos de más de 10 Tm/año: 97,99 €
e)
Control administrativo de comunicaciones previas y sus modificaciones, de transportista profesional de residuos, según la siguiente clasificación, por cada comunicación:

1º)
De transportista profesional de residuos peligrosos, por cada comunicación: 97,99 €
2º)
De transportista profesional de residuos no peligrosos, por cada comunicación: 38,67 €
f)
Control administrativo de comunicaciones previas de la actividad de negociante o agente o de la actividad de recogida profesional de residuos. Por cada comunicación: 38,67 €
g)
Control administrativo de comunicaciones previas de sistemas individuales de gestión de residuos. Por cada comunicación: 38,67 €
h)
Autorización de sistemas colectivos de gestión de residuos. Por cada solicitud: 151,50 €
i)
Revisión de informe preliminar del suelo, o informe periódico de situación del suelo contaminado, excepto que se solicite conjuntamente con una autorización ambiental autonómica: Por cada solicitud:
10)
Autorizaciones y actuaciones relativas a las emisiones de gases de 60,60 € efecto invernadero.

a)
Tramitación de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero, por cada solicitud de autorización: 322,99 €
b)
Actuación administrativa para la conformidad del informe verificado de las emisiones de gases de efecto invernadero del año precedente de cada instalación, y su posterior trámite de inscripción, por cada conformidad: 64,65 €
c)
Modificaciones significativas o renovación de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero, por cada solicitud, según clasificación(1):

Para categorías: 1a, 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25: 149,99 €
Para categoría: 1c: 74,99 €
Para categorías: 1b, 13, 26, 27 y 28: 37,50 €
d)
Modificaciones no significativas de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero, por cada solicitud: 20,00 €
e)
Aprobación de las actualizaciones de los planes de seguimiento sin modificación de la autorización, según clasificación(2):
.


Para categorías: 1a, 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25: 149,99 €
Para categoría: 1c: 74,99 €
Para categorías: 1b,13,26,27 y 28: 37,50 €
f)
Emisión de certificado de compensación ambiental de emisiones de gases de efecto invernadero, por cada certificado: 8,04 €
g)
Acreditación de verificadores ambientales en el marco de la iniciativa Less CO2, por cada certificado de acreditación: 149,99 €
h)
Actuaciones administrativas para el certificado de declaración de conformidad de los inventarios de emisiones y remociones de gases de efecto invernadero o huella de carbono, por cada certificado:

1.-
Organizaciones:
Alcance 1 y 2: 50,50 €
Si se incluyen emisiones del alcance 3: 101,00 €
2.-
Productos o servicios, o eventos: 202,00 €
Estas tasas se multiplican por dos si las emisiones de alcance 1 y 2 superan las 5.000 Tm. de CO2 equivalente.
En el caso de cumplir más de uno de los casos anteriores se cobrará la tasa de mayor cuantía.
Organizaciones y eventos alcance 1 (emisiones directas); alcance 2 (emisiones indirectas, por compra de energía eléctrica); alcance 3 (otras indirectas): según ISO 14064.
Sección Tercera: suministro de información en materia de calidad ambiental, a instancia de parte interesada, mediante reproducción de documentos y planos, según los siguientes formatos:
Por cada fotocopia en blanco y negro (DIN A4), a partir de la vigésima (diecinueve primeras páginas exentas):/página 0,03 €
Por cada fotocopia en blanco y negro (DIN A3): /página 0,04 € Por cada fotocopia en color (DIN A4), a partir de la vigésima (diecinueve primeras páginas exentas):/página 0,12 €
Por cada fotocopia en color (DIN A3): /página 0,25 €
Por cada m2 de plano en blanco y negro: € 0,42 €
Por cada m2 de plano en color: € 1,10 €
Por cada DVD: 0,61 € 0,61 €
Sección Cuarta: Inscripción en el Registro de Entidades de Control Ambiental y control y seguimiento de sus actuaciones en materia de calidad ambiental.
1)
Inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental, por cada solicitud:425,48 €
2)
Por cada solicitud de modificación de la inscripción (excluidas cancelaciones): 85,09 €
3)
Por cada Memoria Anual de Actividad de la entidad; por Entidades de Control Ambiental presentada: 99,50 €
GRUPO 3.- TASAS EN MATERIA DE JUEGOS, APUESTAS, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, TURISMO Y DEPORTE
T310 Tasa por actuaciones administrativas sobre apuestas y juegos de suerte, envite o azar.
1)
Por cada autorización
a)
De Casinos 5.849,01 €
b)
De Salas de Bingo 1.350,11 €
c)
De Salones de Juego 539,88 €
d)
De rifas y tómbolas 91,80 €
e)
De empresas de juego en general y su inscripción 179,95 €
f)
Expedición de guías de circulación de otros aparatos y material de juego 45,03 €
g)
De explotación e instalación de máquinas recreativas de tipo B y de azar tipo C y sus interconexiones 90,00 €
h)
De instalación de máquinas recreativas y de azar (boletines de situación) 18,01 €
i)
De inscripción en el Registro de modelos de máquinas recreativas y de azar y otros elementos de juego 264,65 €
j)
Para instalar máquinas en bares y cafeterías. 18,01 €
k)
De locales específicos de apuestas y áreas de apuestas 539,88 €
l)
Modificación de las anteriores autorizaciones, 50% de la tarifa correspondiente
m)
Renovación de las anteriores autorizaciones, 50% de la tarifa correspondiente
2)
Expedición de Documentos y otros trámites.
a)
Documentos profesionales 27,03 €
b)
Certificaciones 18,01 €
c)
Diligenciado de libros 18,01 €
d)
Diligenciado de guías de circulación de máquinas recreativas y de azar 9,03 €
e)
Transmisión de permisos de explotación de cada máquina 27,03 €
f)
Cambio de establecimiento o canjes de máquinas 18,01 €
g)
Inclusión o exclusión voluntaria en el listado de personas con acceso prohibido a Casinos, Salas de Bingos y otros locales 75,84 €
h)
Duplicados 8,98 €
i)
baja definitiva de máquinas recreativas 8,98 €
3)
Por la revisión o inspección de locales y materiales de juego.
a)
De casinos: Por cada mesa de juego que se inspeccione:

Por prueba física 378,63 €
Por prueba Estadística 2.776,59 €
Por las barajas 1.262,08 €
Por cada Máquina de tipo C que se inspeccione 140,00 €
b)
Por cada Máquina de tipo "B" que se inspeccione: 140,00 €
T320 Tasa sobre espectáculos públicos
1)
Espectáculos taurinos en plazas fijas ubicadas en poblaciones de más de 300.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros 332,94 €
b)
Corridas de rejones 292,46 €
c)
Novilladas con picadores 134,99 €
d)
Novilladas sin picadores 71,97 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 45,02 €
2)
Espectáculos taurinos en plazas fijas ubicadas en poblaciones comprendidas entre más de 150.000 y 300.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros 166,46 €
b)
Corridas de rejones 146,21 €
c)
Novilladas con picadores 67,46 €
d)
Novilladas sin picadores 36,00 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 45,02 €
3)
Espectáculos taurinos en plazas fijas ubicadas en poblaciones comprendidas entre 50.000 y 150.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros 94,50 €
b)
Corridas de rejones 65,21 €
c)
Novilladas con picadores 40,52 €
d)
Novilladas sin picadores 27,03 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 27,03 €
4)
Espectáculos taurinos en plazas fijas ubicadas en poblaciones de menos de 50.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros 67,46 €
b)
Corridas de rejones 56,24 €
c)
Novilladas con picadores 36,00 €
d)
Novilladas sin picadores 22,51 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 18,01 €
5)
Espectáculos taurinos en plazas portátiles ubicadas en poblaciones de más de 100.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros 103,44 €
b)
Corridas de rejones 83,20 €
c)
Novilladas con picadores 67,46 €
d)
Novilladas sin picadores 58,49 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 36,00 €
6)
Espectáculos taurinos en plazas portátiles ubicadas en poblaciones de menos de 100.000 habitantes. Por cada espectáculo:

a)
Corridas de toros
63,01 €
b)
Corridas de rejones 53,97 €
c)
Corridas con picadores 33,70 €
d)
Novilladas sin picadores 20,24 €
e)
Becerradas y espectáculos cómicos 18,01 €
7)
Inspecciones periódicas en plazas de toros y tentaderos según aforo del local y demás inspecciones en materia de espectáculos públicos. Por cada inspección:

a)
Hasta 200 personas 34,16 €
b)
de 201 a 500 personas 68,42 €
c)
De 501 a 1.000 personas 103,44 €
d)
De 1.001 a 6.000 personas 137,17 €
e)
De más de 6.000 personas 229,39 €
8)
Autorizaciones y controles de aperturas, reapertura, traspasos de titularidad e informe de proyectos de todo tipo de locales para espectáculos según aforo. Por cada acto administrativo:

a)
Hasta 200 personas 52,15 €
b)
De 201 a 500 personas 86,41 €
c)
De 501 a 1.000 personas 112,48 €
d)
De 1.001 a 6.000 personas 155,16 €
e)
De más de 6.000 personas 238,43 €
9)
Autorizaciones para actos recreativos, fiestas, bailes y verbenas, según habitantes de la población en que pretende celebrarse. Por cada acto que se celebre:

a)
Poblaciones de hasta 3.000 habitantes 13,47 €
b)
Poblaciones de 3.001 a 20.000 habitantes 22,51 €
c)
Poblaciones de más de 20.001 y temporada 51,30 €
10)
Actos deportivos, según habitantes de la población en que pretendan celebrarse. Por cada acto que se celebre:

a)
Poblaciones de hasta 3.000 habitantes 4,49 €
b)
Poblaciones de 3.001 a 20.000 habitantes 13,47 €
c)
Poblaciones de más de 20.001 habitantes 33,28 €
T330 Tasa por ordenación de actividades turísticas
1)
Estará constituida por una cantidad fija dependiendo del tipo de establecimiento, de acuerdo con la siguiente clasificación y cuantía:

a)
Restaurantes

De 1 y 2 tenedores:
Hasta 50 plazas 34,59 €
De 51 en adelante 43,21 €
De 3 y 4 tenedores:
Hasta 50 plazas 51,80 €
De 51 en adelante 60,48 €
b)
Cafeterías, Café-bares y Bares con música 60,48 €
c)
Agencias de viaje 17,37 €
d)
Campamentos públicos de turismo:

Hasta 100 parcelas 86,40 €
De 101 a 250 parcelas 120,92 €
De 251 parcelas en adelante 172,71 €
e)
Pensiones:

Hasta 20 plazas 86,40 €
De 21 plazas en adelante 138,21 €
f)
Hoteles y hoteles-apartamento

1.-
De 1 y 2 estrellas:

Hasta 50 habitaciones 138,21 €
De 51 a 100 habitaciones 207,30 €
De 101 en adelante 345,34 €
2.-
De 3, 4 ó 5 estrellas:

Hasta 50 habitaciones 155,36 €
De 51 a 100 habitaciones 242,64 €
De 101 en adelante 380,03 €
g)
Apartamentos Turísticos, Alojamientos Vacacionales y Casas Rurales:

Hasta con dos plazas de unidad alojativa 16,68 €
Hasta con tres plazas de unidad alojativa 25,04 €
Hasta con cuatro plazas de unidad alojativa 33,47 €
Hasta con cinco plazas de unidad alojativa 41,81 €
Hasta con seis plazas de unidad alojativa 50,15 €
Hasta con siete plazas de unidad alojativa 58,48 €
Hasta con ocho plazas de unidad alojativa 66,93 €
Con más de ocho plazas de unidad alojativa 86,07 €
h)
Hospederías Rurales.

Hasta 50 habitaciones 138,21 €
De 51 a 100 habitaciones 207,30 €
De 101 en adelante 345,34 €
T340 Tasa por actividades juveniles
1)
Pernoctación por persona y día en posesión del carnet de la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ):

a)
Hasta 30 años. 9,89 €
b)
Mayor de 30 años: 16,47 €
2)
Pernoctación en grupos superiores a 15 personas, por persona y día en posesión del carnet de la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ):

a)
Hasta 30 años. 7,70 €
b)
Mayor de 30 años: 13,19 €
3)
Uso del salón de actos/día:

a)
Hasta 30 años. 65,91 €
b)
Mayor de 30 años: 65,91 €
4)
Uso del aula o taller/día:

a)
Hasta 30 años. 32,97 €
b)
Mayor de 30 años: 32,97 €
5)
Uso de instalación sin pernoctación, por persona y día

a)
Hasta 30 años. 3,29 €
b)
Mayor de 30 años: 5,49 €
6)
Por la participación en actividades en albergues y campamentos (incluida manutención y alojamiento), por persona y día: 43,95 €
7)
Las cuotas relativas a la participación en el programa de Campos de Trabajo para jóvenes y por la expedición de carné y entrega de cupones internacionales, a que se refieren los apartados 3 y 4 del artículo 1, serán aprobadas mediante Orden del Consejero competente en materia de Hacienda, a propuesta de la Consejería competente en materia de juventud, en cumplimiento de los acuerdos adoptados sobre precios por todas las Comunidades Autónomas, el Servicio Voluntario Internacional, el Consorcio REAJ y los organismos internacionales en los que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia participa para la promoción del turismo juvenil sin que, en ningún caso, el importe de las cuotas pueda superar al de los precios acordados.
8)
En el período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, en aquellas instalaciones dotadas con servicio de piscina, los importes se verán incrementados por persona y día, en: 0,55 €
T341 Tasa por expedición de permisos para utilización de zonas de acampada en espacios naturales protegidos y montes públicos.
1)
Por uso de las zonas de acampada, por persona y día 1,90 €
T342 Tasa por venta de publicaciones oficiales de los espacios naturales protegidos.
1)
Guía Oficial Espacios Naturales Protegidos 13,44 €
2)
Monografías y Serie Técnica Medio Natural:

a)
Publicaciones hasta 100 paginas, a una o varias tintas , en cualquier formato 10,08 €
b)
Publicaciones hasta 101 y 200 páginas, a una o varias tintas, en cualquier formato 13,44 €
c)
Publicaciones de más de 200 páginas, a una o varias tintas, en cualquier formato 16,82 €
3)
Folleto monográfico Espacios Naturales Protegidos 2,23 €
4)
Plano –Guía Oficial Espacios Naturales Protegidos 2,23 €
5)
Materiales digitales:

a)
CD-Rom interactivo Espacios Naturales Protegidos 3,36 €
b)
DVD monográfico Medio Natural 3,36 €
6)
Folletos Red de Senderos Naturales de la Región de Murcia 2,23 €
GRUPO 4.- TASAS EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, COSTAS, PUERTOS, CARRETERAS Y TRANSPORTES
T410 Tasa por tramitación de autorizaciones en relación con la red de carreteras.
1)
Permisos para edificaciones y obras.
a)
Construcciones de accesos a las carreteras regionales, hasta 3 metros de ancho:

1.-
Por cada permiso u obra 48,17 €
2.-
Por cada metro más o fracción 12,44 €
b)
Construcción o ampliación de edificios lindantes con carreteras regionales o enclavados detrás de la línea de edificación hasta el límite posterior de la zona de afección:

1.-
Por cada metro lineal de fachada de nueva construcción 14,60 €
2.-
Por cada metro cuadrado de superficie cubierta 0,60 € 3.- Por cada metro cuadrado de superficie acotada en planta baja para patios 0,33 €
c)
Reparaciones menores propias de conservación de edificios lindantes con carreteras regionales dentro de la zona de afección 73,19 €
d)
Construcciones de muro de cerramiento o vallados (por metro lineal):

1.-
Provisionales 0,60 €
2.-
Definitivos 1,46 €
e)
Construcción de muros de contención para sostenimiento de terrenos lindantes con carreteras, ya sean provisionales o definitivos: (por metro lineal) 2,92 €
f)
Explanación de terrenos o relleno de solar (por metro cuadrado) 0,072114 €
g)
Por la sola utilización de los servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para marcalización de líneas o señalamiento de condiciones para realizar cualquier obra o instalación, sin que implique autorización para construir 58,41 €
h)
Obras de construcción de cisternas piscinas y aljibes en terrenos lindantes con las carreteras regionales (por metro cuadrado) 1,91 €
i)
Instalaciones de vertidos y desagüe de canalones y obras análogas en terrenos de uso público regional: (por metro lineal) 4,82 €
j)
Embalses para riegos realizados por el procedimiento de terraplén butido (por metro cuadrado) 0,45 €
k)
Embalses realizados con métodos y materiales tradicionales (por metro cuadrado) 0,33 €
l)
Construcciones provisionales realizadas con materiales prefabricados desmontables (por metro cuadrado) 0,32 €
m)
Marquesinas, aparcamientos cubiertos, sombrajes, etc..(por metro cuadrado) 0,45 €
n)
Tala de arbolado (unidad) 2,92 €
ñ)
Zonas deportivas, recreativas o ajardinadas (por metro cuadrado) 0,33 €
2)
Permisos para conducciones subterráneas y conducciones aéreas:

a)
Apertura de zanjas en el dominio público de carreteras regionales con instalaciones para tuberías destinadas a conducción de aguas, gas, energía eléctrica, etc.( por metro lineal) :

1.-
Hasta 70 cm. de ancho zanja 2,92 €
2.-
Ancho de zanja mayor de 70 cm. 7,29 €
b)
Apertura de zanjas en las zonas de servidumbre o afección de carreteras regionales para la instalación de tuberías con destino a conducciones de aguas, gas, energía eléctrica, etc.

1.-
Por metro lineal, hasta 70 cm. de ancho de zanja 0,60 €
2.-
Por metro lineal, mayor 70 cm. de ancho de zanja 1,54 €
c)
Cata a cielo abierto para eliminar la situación de avería en conducciones subterráneas y su reparación:

1.-
En zona de dominio público 5,85 €
2.-
En zona de servidumbre o afección 3,52 €
d)
Postes, cajas, o aparatos que se coloquen junto a las carreteras regionales o instalaciones aéreas sobre las mismas, destinados al tendido aéreo de conducción de energía eléctrica u otros servicios de agua, gas u otro fluido:

1.-
Por superficie de 1 metro cuadrado o menor: 34,76 €
2.-
Por mayor superficie, la parte proporcional de cada nuevo metro o fracción.
3-
Por metro lineal de cable tendido: 1,20 €
e)
Sondeo para captación de aguas con destino no agrícola, el 2% de su presupuesto.
f)
Extracción de arenas y demás materiales de construcción en terrenos compatibles con la legislación de carreteras, por metro cúbico o fracción 0,45 €
3)
Permisos para ocupación de zonas de dominio público de vías regionales o sus zonas de urbanización.
a)
Depósitos y aparatos distribuidores de combustibles y, en general, de cualquier artículo en terrenos que formen parte del área de servicio de las carreteras o caminos regionales:
Por la concesión del permiso o instalación de los depósitos o aparatos:


1.-
Fijos 481,15 €
2.-
Provisionales: 96,67 €
b)
Instalación de carteles informativos o señales (por metro cuadrado) 58,36 €
c)
Reserva especial para estacionamiento de vehículos y carga y descarga de mercancías de cualquier clase, con excepción de las que efectúen los titulares de concesiones de servicios de transportes colectivos interurbanos, siempre que están directamente relacionados con dichos servicios: Por cada trimestre o fracción: 48,17 €
d)
Instalación de puestos, barracas y casetas de venta, espectáculo o recreo en terrenos de uso público regional, por cada permiso 24,77 €
e)
Instalaciones de transformadores en casetas o cámaras subterráneas ocupando terrenos de uso público regional, así como básculas y otros aparatos de medir o pesar, si forman parte del área de servicio: Por cada permiso y/o transformador. 48,17 €
T420 Tasa por la realización de ensayos del Laboratorio de Mecánica del Suelo
1)
AGUAS para morteros y hormigones. Determinación de:

1.-
PH 8,72 €
2.-
Cloruros 13,67 €
3.-
Sulfatos 17,03 €
4.-
Materia orgánica 12,88 €
5.-
Sólidos disueltos 19,64 €
6.-
Hidratos de carbono 9,83 €
7.-
Sulfuros 20,52 €
8.-
Análisis químico de aguas para morteros y hormigones 110,04 €
9.-
Resistividad eléctrica (temperatura) 23,21 €
2)
CONGLOMERANTES
a)
Cementos.- Determinación de:

1.-
Humedad 8,56 €
2.-
Pérdida al fuego 7,25 €
3.-
Residuo insoluble 11,04 €
4.-
Anhídrido sulfúrico 17,03 €
5.-
Óxido férrico 17,03 €
6.-
Sílice 14,51 €
7.-
Alúmina 18,79 €
8.-
Cal 20,17 €
9.-
Magnesia 18,35 €
10.-
Análisis químico corriente de un cemento portland o natural (sin determinar álcalis ni calibre) 14,43 €
11.-
Óxido ferroso 17,03 €
12.-
Sulfuros 20,52 €
13.-
Óxido mangánico 17,03 €
14.-
Análisis químico corriente de cemento siderúrgico, alto horno 187,25 €
15.-
Cal libre 17,56 €
16.-
Magnesia libre 52,95 €
17.-
Alcalis (por fotometría de llama) 42,68 €
18.-
Cada elemento más 17,03 €
19.-
Oxido de manganeso 17,03 €
20.-
Azufre total 20,52 €
21.-
Sulfuros 20,52 €
22.-
Materia orgánica, soluble, cloroformo 12,44 €
23.-
Agua total y CO (pérdida al fuego) 17,03 €
24.-
Dióxido de titanio 21,73 €
25.-
Índice puzolánico (un día) 31,53 €
26.-
Índice puzolánico (ocho días) 49,54 €
27.-
Índice puzolánico (catorce días) 75,28 €
28.-
Índice puzolánico (veintiocho días) 127,09 €
29.-
Estudio petrográfico de un cemento 106,57 €
30.-
Estudio petrográfico de un clinker 106,57 €
31.-
Recuentos componentes mineralógicos 221,77 €
32.-
Calor de disolución 25,66 €
33.-
Calor de hidratación (una edad) 44,33 €
34.-
Calor de hidratación (dos edades) 69,89 €
35.-
Cálculo s/Boguel 14,88 €
36.-
Resistencia a sulfatos s/Boguel 40,24 €
37.-
Superficie específica de un cemento (permeabilidad Blaine) 46,93 €
38.-
Tarado de un permeabilímetro 93,88 €
39.-
Ensayo mecánico abreviado de un cemento (fraguado, autoclave y resistencia a tres y siete días) 208,18 €
40.-
Ensayo mecánico completo de un cemento (fraguado, peso específico real, finura de molido, auto-clave y resistencia a tres, siete y veintiocho días) 30,42 €
41.-
Fraguado 25,66 €
42.-
Peso específico real 17,03 €
43.-
Finura de molido 11,04 €
44.-
Autoclave 46,08 €
45.-
Fabricación, conservación y rotura de flexotracción y compresión de mortero normal (por edad, de seis probetas) 67,46 €
46.-
Fraguado con retardador (tres horas), por hora 7,25 €
47.-
Densidad del conjunto 9,47 €
48.-
Exudación de pastas de cemento 31,53 €
49.-
Estabilidad de volumen 17,03 €
50.-
Estabilidad de volumen (Le Chatelier) 17,03 €
b)
Cales.- Determinación de:

1.-
Sílice y residuo insoluble25,66 €
2.-
Óxido de aluminio 16,95 €
3.-
Óxido de hierro 17,03 €
4.-
Cal 20,17 €
5.-
Magnesio 17,56 €
6.-
Pérdida de fuego 7,25 €
7.-
Dióxido de carbono 17,03 €
8.-
Humedad 8,56 €
9.-
Azufre total 20,52 €
10.-
Análisis químico completo 170,20 €
3)
ÁRIDOS
a)
Áridos para la fabricación de morteros y hormigones.- Determinación de:

1.-
PH 8,72 €
2.-
Contenido en finos (lavado) 17,03 €
3.-
Materia orgánica 10,26 €
4.-
Anhídrido sulfúrico 21,29 €
5.-
Cloruros 11,04 €
6.-
Carbón o lignito (floración) 13,23 €
7.-
Reacción álcali-agregado 47,81 €
8.-
Estabilidad de volumen (cinco ciclos en solución) de sulfato sódico o sulfato magnésico) 88,75 €
9.-
Lavado de arenas (por kilogramo) 1,28 €
10.-
Lavado de gravas (por kilogramo) 0,45 €
11.-
Desecación de 100 kilogramos de zahorra o arena 29,89 €
12.-
Desecación de 100 kilogramos de grava 12,88 €
13.-
Análisis granulométrico en seco 34,16 €
14.-
Análisis granulométrico con lavado 38,42 €
15.-
Clasificación de 100 kilogramos en dos tamaños 21,29 €
16.-
Para un peso P y N tamaños se utilizará la fórmula: precio= 413 x P x N/100
17.-
Composición de dos áridos 20,52 €
18.-
Para más de dos áridos se considerará la fórmula: precio= 450 x N (a efectos de composición el menú es un árido más)
19.-
Peso específico real del árido fino 34,16 €
20.-
Peso específico real del árido grueso 38,42 €
21.-
Peso específico neto o relativo del árido fino 34,16 €
22.-
Peso específico neto o relativo del árido grueso 21,29 €
23.-
Peso específico aparente o elemental del árido fino 34,16 €
24.-
Peso específico aparente o elemental del árido grueso 21,29 €
25.-
Peso específico conjunto de una arena o una grava 9,47 €
26.-
Porosidad real o absoluta 45,29 €
27.-
Porosidad aparente 35,04 €
28.-
Oquedad de la arena 35,82 €
29.-
Oquedad de la grava 25,66 €
30.-
Humedad natural 12,88 €
31.-
Curva de entumecimiento de arenas 15,76 €
32.-
Coeficiente de forma de una grava (por muestra) 131,34 €
33.-
Porcentaje de partículas blandas 93,89 €
34.-
Contenido de terrones de arcilla 42,68 €
b)
Áridos para capas de firmes.

1.-
Densidad relativa en aceite de parafina 57,87 €
2.-
Ensayo de desgaste de árido grueso empleando la máquina de Los Ángeles 86,41 €
3.-
Determinación de la densidad aparente de los áridos 20,52 €
4.-
Ensayo de desgaste de árido grueso empleando la máquina Deval. 108,14 €
5.-
Determinación de la friabilidad de los áridos 53,97 €
6.-
Ensayo de pulimento acelerado de los áridos y determinación del coeficiente de pulido acelerado. 284,44 €
7.-
Determinación del índice de lajas y aguas de los áridos. 48,58 €
8.-
Densidad relativa y absorción (árido grueso) 27,03 €
9.-
Densidad relativa y absorción (árido fino) 43,30 €
10.-
Humedad natural 12,88 €
11.-
Análisis granulométrico en seco 34,16 €
12.-
Análisis granulométrico en húmedo 38,33 €
13.-
Determinación del material que pasa por el tamiz número 0,080 UNE de los áridos 21,55 €
14.-
Determinación de materia orgánica 10,26 €
15.-
Determinación cuantitativa de sulfatos 21,29 €
16.-
Reactividad álcali-agregado 47,81 €
17.-
Estabilidad de los áridos frente a la acción de las soluciones de sulfato sódico o magnésico 88,75 €
18.-
Equivalente de arena 16,17 €
19.-
Azul de metileno 60,37 €
20.-
Limpieza superficial 36,62 €
21.-
Preparación muestras para ensayos 32,19 €
22.-
Adhesividad áridos finos (Riedal-Weber) 60,37 €
23.-
Adhesividad mediante placa Vialit 90,15 €
24.-
Humedad total por secado 12,08 €
25.-
Caras de fractura 33,01 €
26.-
Coeficiente de friabilidad 93,37 €
27.-
Índice de lajas 57,92 €
4)
MORTEROS, HORMIGÓN Y ESTABILIZANTES CON CEMENTO
a)
Morteros

1.-
Dosificación aproximada de un mortero fraguado (sin ensayo de cemento) 68,34 €
2.-
Dosificación aproximada de un mortero fraguado (conocido cemento) 93,89 €
3.-
Determinación del escurrimiento en la mesa de sacudidas 17,03 €
4.-
Determinación de anhídrido sulfúrico total 36,68 €
5.-
Expansión del mortero fresco 23,12 €
6.-
Fabricación, conservación en aire o en agua y rotura a una edad, de seis probetas o menos, a flexión y compresión. 68,34 €
7.-
Rotura a flexión y compresión de probetas de mortero (por unaserie de seis probetas o menos) 42,68 €
8.-
Absorción de agua 30,77 €
9.-
Desgaste en pistas de dos probetas 79,36 €
10.-
Ensayo de heladicidad (25 ciclos) 188,56 €
11.-
Por cada ciclo más 9,75 €
12.-
Permeabilidad hasta una presión de 1 kilogramo por centímetro cuadrado 83,63 €
13.-
Por cada kilogramo por centímetro cuadrado más 17,03 €
b)
Hormigones

1.-
Dosificación aproximada de un hormigón fraguado (sin conocer cemento) 68,34 €
2.-
Dosificación aproximada de un hormigón fraguado (conocido cemento) 93,88 €
3.-
Determinación del agua del amasado 63,96 €
4.-
Determinación del anhídrido sulfúrico total 36,68 €
5.-
Estudio de dosificación por metro cúbico, incluidas masas de pruebas 59,62 €
6.-
Determinación de la consistencia con el cono de Abrams o con la mesa de sacudidas (tres determinaciones) 17,03 €
7.-
Determinaciones de aire ocluido (tres determinaciones) 17,03 €
8.-
Exudación de agua del hormigón 34,16 €
9.-
Fabricación y conservación al aire de una serie de seis probetas o menos, de hormigón, sin rotura de las mismas. 64,76 €
10.-
Conservación en cámara regulada a 5º C para una serie de 6probetas o menos, cúbicas o cilíndricas, por día. 8,81 €
11.-
Fabricación, conservación en aire y rotura a una edad, a tracción, por compresión (ensayo brasileño) de una serie de seis probetas, o menos, de 15 cm. de diámetro y 30 cm. de altura. 129,62 €
12.-
Fabricación, conservación en agua y rotura a una edad, a tracción, por compresión (ensayo brasileño), de una serie de seis probetas, o menos, de 15 cm. de diámetro y 30 cm. de altura. 151,26 €
13.-
Fabricación, conservación en aire y rotura a una edad por compresión de una serie de seis probetas, o menos, cúbicas, de 15 0 20 cm. de altura. 129,62 €
14.-
Fabricación, conservación en agua y rotura a una edad, por compresión de una serie de seis probetas, o menos, cúbicas, de 15 cm. a 20 cm. de arista y cilíndricas de 15 cm. de diámetro y 30 m. de altura. 151,26 €
15.-
Fabricación, conservación y rotura a flexión de tres probetas prismáticas. 162,03 €
16.-
Determinación del rendimiento de masas de hormigón (dada la dosificación) 8,56 €
17.-
Refrentado de una probeta defectuosa, con mortero 14,51 €
18.-
Refrentado, por cara, de una probeta defectuosa, con azufre. 5,45 €
19.-
Diagrama cargas deformaciones o determinación del módulo de elasticidad a compresión (con probeta) 85,35 €
20.-
Rotura a tracción por compresión (ensayo brasileño) de probetas de 15 cm. de diámetro y 30 cm. de altura. 16,17 €
21.-
Rotura a compresión de una probeta cúbica o cilíndrica 12,88 €
22.-
Rotura a flexión de una probeta prismática 25,66 €
23.-
Ensayo de arrancamiento según pliego de condiciones vigentes (un diámetro de barra) 440,12 €
24.-
Determinación de peso específico aparente 21,29 €
25.-
Determinación de la absorción de agua 21,29 €
26.-
Determinación de la porosidad aparente 35,04 €
27.-
Ensayo de heladicidad (25 ciclos) 70,24 €
28.-
Por cada ciclo más 9,75 €
29.-
Preparación de probetas, preparación de pinturas y aplicación de las mismas para ensayos posteriores y permeabilidad, absorción, etc. Cada probeta 17,03 €
30.-
Ensayo de permeabilidad hasta una presión de 1 kilogramo por centímetro cuadrado 83,63 €
31.-
Por cada kilogramo/centímetro más
32.-
Ensayo de absorción por capilaridad midiendo las diferencias 14,88 € de alturas de la lámina de agua, por serie de tres probetas 25,66 €
33.-
Ensayo de azul de metileno 60,37 €
34.-
Extracción de un testigo de hormigón mediante sonda rotativa 169,03 €
35.-
Reconocimiento con esclerómetro 8,05 €
36.-
Tallado, refrentado y ensayo a compresión de una probeta testigo 33,80 €
37.-
Dosificación teórica de hormigones (sin incluir ensayos) 156,96 €
c)
Estabilizaciones
1.-
Fabricación y conservación en condiciones normales de series de seis probetas, o menos, de mezclas de suelo-cemento 53,97 €
2.-
Rotura a compresión simple de una probeta cilíndrica de 10 o más cm. de diámetro de un material estabilizado 13,47 €
3.-
Rotura a compresión simple de una probeta cilíndrica de diámetro inferior a 10 metros de un material estabilizado 7,71 €
4.-
Curado de una serie de seis probetas o menos en cámara húmeda y condiciones normales, por día 2,73 €
5.-
Ensayo de humedad-sequedad de dos probetas de suelo- cemento o grava-cemento, por contenido de cemento 153,61 €
6.-
Ensayo de congelación-deshielo de dos probetas de suelo- cemento o grava-cemento, por contenido cemento 153,61 €
7.-
Ensayo de compactación de una mezcla de grava-cemento 46,93 €
8.-
Fabricación y conservación de seis probetas de grava-cemento, compactadas con maza 76,83 €
9.-
Fabricación y conservación de seis probetas de grava-cemento, compactadas con martillo vibrante 51,19 €
10.-
Rotura a tracción indirecta de una probeta de grava-cemento de 15 cm.- de diámetro 12,88 €
5)
SUELOS
a)
Identificación.- Determinación de:

1.-
Apertura y descripción de muestras inalterables 2,73 €
2.-
Límites de Atterberg 27,03 €
3.-
Límites de Atterberg-m, todo simplificado 20,52 €
4.-
Resultado de "no plasticidad" 13,47 €
5.-
Límite de retracción 21,29 €
6.-
Análisis granulométrico por tamizado 3,27 €
7.-
Materia que pasa por el tamiz 200 20,52 €
8.-
Análisis granulo métrico por sedimentación 56,82 €
9.-
Humedad natural 4,27 €
10.-
Densidad aparente 10,79 €
11.-
Peso específico 16,17 €
12.-
Equivalente de arena 21,29 €
13.-
Ensayo de carga con placa 201,22 €
14.-
Clasificación casa grande y HRB 7,66 €
b)
Análisis químico de suelos.- Determinación de:

1.-
Sulfatos en suelos27,03 €
2.-
Carbonatos en suelo 16,17 €
3.-
Sales solubles en suelos 18,88 €
4.-
Materia orgánica en suelos 18,88 €
5.-
PH 8,72 €
c)
Compactación.- Determinación de:

1.-
Proctor normal 48,58 €
2.-
Proctor modificado 59,45 €
3.-
Harvard miniatura 37,91 €
4.-
Densidad máxima de una arena 32,43 €
5.-
Densidad mínima de una arena 10,79 €
d)
Deformidad

1.-
Edómetro de 45 ml. Carga diaria, muestra inalterable 140,56 €
2.-
Edómetro de 70 ml. Carga diaria, muestra inalterable 151,25 €
3.-
Incremento sobre las anteriores tarifas por preparación de muestras remoldeadas a humedad y densidad fija para el ensayo edométrico 10,79 €
4.-
Incremento por esperar a consolidación secundaria por cada escalón de carga 20,87 €
5.-
Incremento por esperar a consolidación secundaria por cada escalón de carga sobre los doce normales 10,79 €
e)
Cambios volumétricos

1.-
Volumen de sedimentación 13,47 €
2.-
Hinchamiento libre en muestra inalterada o remoldeada 56,82 €
3.-
Presión máxima de hinchamiento en muestra inalterada o remoldeada 59,45 €
4.-
Presión máxima de hinchamiento con curva de descarga 56,82 €
5.-
Complemento sobre la tarifa anterior por cada escalón de descarga 11,31 €
6.-
Hinchamiento Lambe 56,82 €
f)
Resistencia

1.-
Ensayo de resistencia a compresión simple. Muestra inalterada 21,55 €
2.-
Suplemento por dibujar las curvas tensión-deformación en el ensayo de compresión simple 5,45 €
3.-
Triaxial sin consolidación previa y rotura sin drenaje (muestra inalterada tres probetas) 170,55 €
4.-
Triaxial con consolidación previa y rotura sin drenaje (muestra inalterada tres probetas) 227,56 €
5.-
Triaxial con consolidación previa y rotura sin drenaje midiendo presión intersticial 255,03 €
6.-
Triaxial con consolidación previa y rotura con drenaje (muestra inalterada tres probetas) 312,84 €
7.-
Incremento por remoldeo de una probeta a humedad y densidad fijas en compresión simple y triaxial 14,25 €
8.-
Incremento en triaxial por tres probetas de 4" inalteradas remoldeadas 64,76 €
9.-
Incremento en triaxial por tres probetas de 6" inalteradas o remoldeadas 129,62 €
10.-
Corte directo de suelos en aparato de Casagrande muestra inalterada (ensayo rápido de 3 probetas) 108,14 €
11.-
Incremento para determinación de resistencia residual 21,55 €
12.-
Corte directo de suelos en aparato de Casagrande consolidado sin drenaje, tres probetas 108,06 €
13.-
Corte directo de suelos en aparato de Casagrande consolidado con drenaje, tres probetas 170,55 €
14.-
Corte directo de gravas en aparato de Casagrande de 0,30 por 0,30 metros 162,13 €
15.-
C.B.R. (sin incluir ensayo de compactación), 1 punto 71,19 €
16.-
Incremento por punto en ensayo C.B.R. 42,68 €
g)
Permeabilidad.-

1.-
Permeabilidad bajo carga constante 68,34 €
2.-
Permeabilidad con presión en cola (muestra inalterada) 85,35 €
3.-
Permeabilidad radial 153,61 €
4.-
Permeabilidad con presión en cola en célula triaxial (diámetro, 4") 113,79 €
h)
Ensayos auxiliares

1.-
Ensayo de calcinación 12,08 €
2.-
Extracción de 10 gramos de arcilla para identificación 21,29 €
3.-
Extracción sustancias solubles en agua de un suelo 20,52 €
6)
MINERALES Y ROCAS
a)
Identificación y composición.

1.-
Descripción visual de muestras 10,79 €
2.-
Estudio petrográfico 59,64 €
3.-
Análisis químico cualitativo y cuantitativo de elementos especiales (por elemento) 42,68 €
4.-
Identificación rotgenográfica de sustancias cristalinas por cada cuatro muestras o menos 307,03 €
5.-
Absorción de agua 21,29 €
6.-
Peso específico real 38,42 €
7.-
Peso específico neto o relativo 21,29 €
8.-
Peso específico aparente o elemental 21,29 €
9.-
Porosidad absoluta 45,29 €
10.-
Porosidad relativa 35,04 €
11.-
Pérdida de peso en agua 34,16 €
12.-
Heladicidad (25 ciclos) 188,56 €
13.-
Por cada ciclo más 9,75 €
14.-
Desgaste en pista giratoria por una sola cara de dos probetas 68,85 €
15.-
Desgaste en pista por las tres caras de un triedro, dos probetas127,97 €
b)
Resistencia.

1.-
Rotura a compresión simple sobre testigo tallado y refrentado o pulido previa desecación a peso constante, sin incluir tallado ni refrentado o pulido 27,03 €
2.-
Resistencia a compresión simple sobre testigo cilíndrico tallado y refrentado pulido, con media de deformaciones longitudinales, sin incluir tallado ni refrentado o pulido 8,93 €
3.-
Triaxial con presiones laterales hasta 100 kilogramos por centímetro cuadrado, una probeta sin incluir tallado ni refrentado o pulido 88,75 €
4.-
Triaxial con presiones laterales y medida de deformaciones longitudinales, una probeta sin incluir tallado ni refrentado o pulido 136,20 €
5.-
Módulo de deformación en tracción (método brasileño), sin incluir tallado ni refrentado o pulido 64,77 €
6.-
Tracción simple. Ensayo brasileño sin incluir tallado ni refrentado o pulido 33,20 €
7.-
Corte directo con muestra hasta 15 cm. de diámetro por probeta, sin incluir tallado ni refrentado o pulido 64,77 €
7)
AGLOMERADOS BITUMINOSOS
a)
Betunes asfálticos

1.-
Densidad relativa32,43 €
2.-
Contenido de agua 25,66 €
3.-
Viscosidad Saybolt 73,99 €
4.-
Penetración a 25º C (100 gramos, 5 segundos) 21,55 €
5.-
Punto de reblandecimiento, anillo y bola 27,03 €
6.-
Ductibilidad a 25º C 32,43 €
7.-
Punto de inflamación Cleveland 27,03 €
8.-
Pérdida de calentamiento 29,89 €
9.-
Betún soluble en sulfuro de carbono 53,97 €
10.-
Solubilidad en disolventes orgánicos 53,97 €
11.-
Contenido en asfaltenos 53,97 €
12.-
Contenido en parafinas 108,14 €
13.-
Punto de fragilidad Fraas 81,10 €
14.-
Pérdida por calentamiento en película fina 29,89 €
15.-
Contenido en cenizas 25,66 €
16.-
Determinación del índice de penetración 48,58 €
17.-
Cálculo del índice de penetración 10,79 €
18.-
Índice de acidez 43,30 €
19.-
Viscosidad cinemática 86,41 €
20.-
Viscosidad absoluta 86,41 €
21.-
Registro y preparación de muestra 8,85 €
b)
Betunes fluidificados

1.-
Viscosidad Saybolt 37,91 €
2.-
Destilación 81,10 €
3.-
Equivalente heptano-xileno 64,76 €
4.-
Punto de inflamación Tabliabue 25,66 €
5.-
Contenido en agua 25,66 €
6.-
Ensayos sobre el residuo de destilación: Son los indicados para betunes asfálticos incrementados en el precio de la destilación
c)
Emulsiones asfálticas.

1.-
Contenido de agua 25,66 €
2.-
Destilación 64,76 €
3.-
Sedimentación 29,89 €
4.-
Estabilidad (método del cloruro cálcico) 43,30 €
5.-
Tamizado 27,03 €
6.-
Miscibilidad con agua 27,03 €
7.-
Mezcla con cemento 27,03 €
8.-
Envuelta con áridos 16,17 €
9.-
Heladicidad 25,66 €
10.-
Residuo por evaporación 25,66 €
11.-
Determinación del pH 37,91 €
12.-
Resistencia al desplazamiento por el agua 27,03 €
13.-
Cargas de las partículas 16,17 €
14.-
Registro y preposición muestra 8,85 €
15.-
Viscosidad SAYBOLT 107,85 €
16.-
Ensayos sobre el residuo de destilación: son los indicados para betunes asfálticos incrementados en el precio de la destilación
d)
Alquitranes para carreteras.

1.-
Viscosidad Engler 37,91 €
2.-
Viscosidad BRTA (STV) 37,91 €
3.-
Consistencia por medio del flotador 27,03 €
4.-
Temperatura de equiviscosidad 75,55 €
5.-
Destilación 81,10 €
6.-
Fenoles 21,55 €
7.-
Naftalinas 21,55 €
8.-
Carbono libre insoluble en tolueno 53,97 €
9.-
Índice de sulfonación 108,14 €
10.-
Índice de espuma 28,43 €
8)
FILLER
1.-
Superficie específica 32,43 €
2.-
Granulometría por tamizado 21,55 €
3.-
Granulometría por sedimentación 70,16 €
4.-
Densidad aparente en tolueno 27,03 €
5.-
Densidad relativa 29,73 €
6.-
Densidad aparente 16,17 €
7.-
Coeficiente de emulsibilidad 48,58 €
8.-
Coeficiente de actividad hidrofílica 37,91 €
9.-
Huecos compactados en seco 48,58 €
10.-
Preparación de mezclas filler-betún 10,79 €
9)
MEZCLAS BITUMINOSAS Y ESTABILIZACIONES CON LIGANTES BITUMINOSOS
1.-
Análisis y cálculo de la dosificación de una mezcla bituminosa por el método Marshall 151,26 €
2.-
Fabricación de probetas Marshall (tres probetas) 37,91 €
3.-
Densidad relativa de probetas Marshall (tres probetas) 21,55 €
4.-
Estabilidad y deformación de probetas Marshall (tres probetas) 21,55 €
5.-
Cálculo de huecos de mezclas bituminosas (tres probetas) 32,43 €
6.-
Análisis y cálculo de la dosificación de una mezcla bituminosa por el método Hubbard-Field 75,55 €
7.-
Fabricación de probetas Hubbard-Field (tres probetas) 27,03 €
8.-
Densidad relativa de probetas Hubbard-Field (tres probetas) 18,88 €
9.-
Estabilidad de probetas Hubbard-Field (tres probetas) 27,03 €
10.-
Análisis y cálculo de la dosificación de una mezcla bituminosa por ensayo de inmersión-compresión 75,55 €
11.-
Fabricación de probetas de inmersión-compresión (tres probetas) 43,30 €
12.-
Densidad relativa de probetas de inmersión-compresión (tres probetas) 21,55 €
13.-
Resistencia de probetas a compresión simple (tres probetas) 21,55 €
14.-
Impresión y rotura de probetas a compresión simple (tres probetas) 135,17 €
15.-
Entumecimiento de mezclas bituminosas 53,97 €
16.-
Contenido de ligante de mezclas bituminosas 64,76 €
17.-
Granulometría de los áridos extraídos de una mezcla bituminosa 43,30 €
18.-
Equivalente centrífugo de keroseno 75,55 €
19.-
Permeabilidad Paving Meter de laboratorio 27,03 €
20.-
Estudio de la dosificación de ligantes para estabilización de suelos por el método Hubbard-Field 81,10 €
21.-
Fabricación de probetas Hubbard-Field para estabilización de suelos 81,10 €
22.-
Estudio de comportamiento de mezclas bituminosas por el método de ensayo en pista con inmersión 81,10 €
23.-
Fabricación de probetas de ensayo en pista con inmersión 53,97 €
24.-
Densidad relativa de probeta de ensayo en pista con inmersión 21,55 €
25.-
Ensayo en pistas con inmersión de probetas 53,97 €
26.-
Recuperación de betún de una mezcla bituminosa para su caracterización 216,11 €
27.-
Ensayo de iudentación 81,28 €
28.-
Análisis y cálculo de la dosificación de una mezcla bituminosa con la máquina PEL 99,53 €
29.-
Fabricación de probetas con la máquina PEL 75,28 €
30.-
Densidad relativa de probetas PEL 24,16 €
31.-
Ensayo de formación plástica con la máquina PEL 53,97 €
32.-
Pérdida por desgaste (ensayo Cántabro) 185,11 €
33.-
Ensayo Cántabro completo 434,64 €
34.-
Permeabilidad "in situ" de pavimentos drenantes con el permeámetro 28,16 €
35.-
Medida de la textura superficial de un pavimento por el método del círculo de arena 28,16 €
36.-
Extracción probeta testigo con sonda rotativa y determinación del espesor y densidad aparente 60,37 €
37.-
Toma de muestras de mezclas bituminosas 12,08 €
38.
Ensayo de deformación en pista (dos probetas) 380,55 €
10)
MATERIAS PARA IMPERMEABILIZACIÓN
1.-
Imprimaciones
a)
Creosota para uso como capa de imprimación en las impermeabilizaciones con brea de alquitrán de hulla:

1.-
Contenido de agua 22,16 €
2.-
Consistencia a 5º C 34,16 €
3.-
Densidad relativa a 38/15, 5º C 29,89 €
4.-
Material insoluble en benzol 42,68 €
b)
Ensayo de destilación:

5.-
Total destilado hasta 210º C 68,34 €
6.-
Total destilado hasta 235º C 68,34 €
7.-
Total destilado hasta 305º C 68,34 €
8.-
Residuo de Cok 68,34 €
c)
Imprimadores para uso en las impermeabilizaciones con asfaltos y betunes asfálticos:

9.-
Viscosidad Furol a 25º C 29,89 €
d)
Ensayo de destilación:

10.-
Total destilado hasta 225º C 63,96 €
11.-
Total destilado hasta 360º C 63,96 €
e)
Residuos de destilación:

12.-
Penetración a 25º C 17,03 €
13.-
Solubilidad en sulfuro de carbono 42,68 €
NOTA.- Los ensayos que se realicen en el residuo de destilación se incrementarán con el de la destilación.
11)
MASILLAS PARA EL SELLADO DE JUNTAS
a)
Compuestos bituminosos plásticos de aplicación en frío para sellado de juntas, en los pavimentos de hormigón.
Penetración: el


1.-
A 0º C (200 g. 60 seg.) 17,03 €
2.-
A 25º C (150g. 5 seg.) 17,03 €
3.-
Adherencia 127,96 €
4.-
Fluencia 22,16 €
b)
Materiales de tipo elástico para el revestimiento en caliente en el sellado de juntas den los pavimentos de hormigón.

1.-
Temperatura del vertido 29,89 €
2.-
Penetración 17,03 €
3.-
Adherencia 127,96 €
4.-
Fluencia 22,16 €
5.-
Temperatura de seguridad 81,10 €
c)
Masillas antiqueroseno de aplicación en caliente

1.-
Penetración sumergida 85,35 €
2.-
Penetración sin sumergir 17,03 €
3.-
Solubilidad 25,66 €
4.-
Fluencia 22,16 €
5.-
Adherencia a bloques de mortero sin sumergir 127,96 €
6.-
Adherencia a bloques de mortero con inmersión 213,23 €
12)
PINTURAS
a)
Pinturas para marcas viales, blancas y amarillas.
Ensayos en la pintura líquida:


1.-
Contenido en agua 22,16 €
2.-
Consistencia Krebs Stormer 25,66 €
3.-
Tiempo de secado 25,66 €
4.-
Color (visual) 11,04 €
5.-
Conservación de envase 14,88 €
Estabilidad:


6.-
En envase lleno 17,03 €
7.-
A dilución 25,66 €
Propiedad de aplicación:


8.-
A brocha 21,29 €
9.-
Resistencia al sangrado 29,89 €
Ensayos en la película seca de pintura:


10.-
Reflectancia luminosa aparente 25,66 €
11.-
Poder cubriente 42,68 €
12.-
Flexibilidad 25,66 €
13.-
Resistencia al desgaste 34,16 €
14.-
Resistencia a la inmersión en agua 18,51 €
15.-
Resistencia al envejecimiento y resistencia a la actuación de la luz (200 h., 6 o menos probetas) 148,03 €
Esferas de vidrio:


16.-
Determinación del porcentaje de vidrio imperfectas 85,35 €
17.-
Análisis granulométrico 25,66 €
Resistencia:


18.-
Al agua 25,89 €
19.-
A los ácidos 25,89 €
20.-
A la solución de cloruro cálcico 29,65 €
b)
Pinturas en general.
Ensayos físicos en la pintura líquida: Condiciones de aplicación:


1.-
A brocha 21,29 €
2.-
A la pistola 34,16 €
3.-
Extensión de películas de pinturas de espesor uniforme 25,66 €
Separación y determinación de los principales componentes:


4.-
Volátiles 22,16 €
5.-
Pigmento 42,68 €
6.-
Determinación de partículas gruesas 34,16 €
7.-
Densidad relativa 25,66 €
8.-
Tiempo de secado 25,66 €
9.-
Consistencia Krebs Stormer 25,66 €
10.-
Viscosidad Copa Ford 25,66 €
11.-
Estabilidad (en estufa a 80º C) 36,96 €
12.-
Finura de molido 21,29 €
13.-
Absorción 21,29 €
14.-
Punto de inflación 21,29 €
15.-
Poder cubriente (criptómetro de Pfund) 21,29 €
Ensayos químicos en la pintura líquida:


16.-
Contenido en agua 22,16 €
17.-
Índice de acidez del vehículo fijo (sumar 3,01 €. si se ha de extraer el vehículo fijo) 34,16 €
18.-
Índice de yodo de los ácidos grasos extraídos de la pintura 4 42,68 €
19.-
Cualitativos de colofonia y derivados 25,66 €
20.-
Contenido en ácidos grasos 59,62 €
21.-
Anhídrido ftálico 59,62 €
22.-
Resinas nitrogenadas (cuantitativo) 59,62 €
23.-
Índice de saponificación 42,68 €
24.-
Materia insaponificable en barnices 34,16 €
26.-
Separación y determinación cuantitativa del pigmento 51,19 €
Ensayo de la película seca de pintura:


27.-
Resistencia a la inmersión en agua 18,51 €
28.-
Adherencia 25,66 €
29.-
Flexibilidad 25,66 €
30.-
Envejecimiento artificial (cien horas, seis o menos probetas) 74,21 €
31.-
Poder cubriente de la película seca 42,68 €
32.-
Reflactancia luminosa aparente 25,66 €
33.-
Brillo especular 25,66 €
34 -
Ensayo de niebla salina (24 h., 4 probetas o menos) 18,51 €
35.-
Resistencia a los álcalis 22,16 €
36.-
Color (coordenadas tricomáticas) 41,20 €
37.-
Resistencia al impacto 25,66 €
38.-
Resistencia al rayado 25,66 €
39.-
Resistencia al desgaste 34,16 €
40.-
Resistencia al chorro de arena por cada 100 litros de arena 25,66 €
Análisis químico cualitativo de pigmentos de aluminio (purpurinas):


41.-
Partículas gruesas 34,16 €
42.-
Índice de flotación de pigmentos de aluminio 42,68 €
43.-
Materia grasa soluble en acetona en los pigmentos de aluminio en pasta 42,68 €
44.-
Materia no volátil a 105-110º C 22,16 €
45.-
Estabilidad de los pigmentos de aluminio en pasta 25,66 €
T430 Tasa por ordenación del transporte terrestre
1)
Ordenación de transporte terrestre: autorizaciones referidas a vehículos o locales concretos. Por cada una de las siguientes autorizaciones, por la expedición, rehabilitación, prórroga o visado, se percibirá una cuota única de:
Por la expedición, rehabilitación, prórroga o visado de: (Por cada autorización)
a)
Autorizaciones de validez periódica, cualquiera que sea su validez. 54,54 €
b)
Autorizaciones de transporte regular de uso especial 54,54 €
c)
Autorizaciones de operador de transporte de mercancías, arrendamiento de vehículos con o sin conductor, estaciones de transporte, centros de información y distribución de cargas y aquellas otras actividades que la normativa en materia de transporte incluya como auxiliares del transporte 54,54 €
2)
Ordenación de transporte terrestre: autorizaciones expedidas a empresas de acuerdo con lo previsto en el artículo 92.1 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (RCL 1987,1764). Se percibirá una cuota variable, en función del número de vehículos de los que sea titular la empresa, resultado de multiplicar las cantidades expresadas en el número anterior por el número de vehículos más uno, por cada autorización, por la expedición, rehabilitación, prórroga o visado de autorizaciones de validez periódica, cualquiera que sea su validez.
3)
Actuaciones administrativas sobre concesión de servicios públicos de transportes regulares de viajeros: 60,82 €
a)
Modificaciones sustanciales del servicio regular (establecimiento, modificación o supresión de hijuelas; establecimiento, modificación o supresión de tráficos; modificación del itinerario; establecimiento o supresión de servicios parciales; modificación del número de expediciones que consista en una disminución de las inicialmente establecidas en el título concesional; establecimiento, modificación o supresión de paradas; autorización de vehículos para transportar viajeros de pie; y establecimiento, modificación o supresión de servicios coordinados), por cada modificación: 60,82 €
b)
Modificación de las condiciones de explotación de los servicios regulares (modificación de calendario, horario, del número de expediciones que consista en un aumento de las inicialmente establecidas en el título concesional y autorización de los cuadros de precios), por cada una: 60,82 €
c)
Aumento o reducción del número de vehículos, sustitución de vehículos, modificación de las características técnicas de los mismos y autorización del uso indistinto de material móvil, por cada solicitud 60,82 €
d)
Unificación de concesiones y establecimiento de concesiones zonales: 60,82 €
e)
Transmisión de la titularidad y cambio de forma jurídica de la empresa titular: 60,82 €
4)
Reconocimiento e inspección de locales de actividades auxiliares y complementarias del transporte, por locales 60,82 €
5)
Comprobación, registro, personalización y entrega de tarjetas de tacógrafos digitales, por tarjeta. 35,67 €
6)
Certificado de conductor de terceros países 21,54 €
T440 Tasa por actuaciones e informes en materia de urbanismo
1)
Por cada informe o certificación en materia de urbanismo 60,49 €
2)
Por la emisión de informe previo de viabilidad en las Actuaciones de Interés Regional, 60,49 €
3)
Por las autorizaciones excepcionales en Suelo Urbanizable sin sectorizar el 0,4% del P.E.M.
4)
Por la tramitación administrativa de las autorizaciones en suelo no urbanizable 232,12 €
T460 Tasa por entrega de productos y servicios cartográficos
A)
Mapas y otras publicaciones cartográficas editadas por la Administración Regional, euros por unidad:

1.
Mapa Regional 1: 200.000, en soporte papel 5,11 €
2.
Mapa Regional 1: 200.000, en relieve: 32,35 €
3.
Mapa Regional 1: 200.000, imagen satélite: 10,68 €
4.
Mapa Regional escala 1/400.000 en soporte papel: 4,16 €
B)
Realización de trabajos topográficos o geodésicos por los servicios técnicos de la Administración Regional, euros por unidad:

1.
Por cada kilómetro o fracción de nivelación de alta precisión: 800,43 €
2.
Por cada determinación de posición geodésica: 28,69 €
3.
Trabajos topográficos, geodésicos o fotogramétricos especiales:
según presupuesto de gasto: Requerirá, una vez solicitados por los sujetos pasivos, la confección de un presupuesto que deberá ser aceptado por los interesados. En este presupuesto, se computarán además de los costes directos de personal, materiales, energía y amortizaciones, los costes indirectos de la Consejería y Comunidad que se determinarán aplicando respectivamente a la suma de costes directos los coeficientes multiplicadores 0,218642 y 0,153872.
Además del presupuesto de costes elaborado, se liquidará la cuota complementaria por disposición del servicio cuando proceda.
T461
Tasa por copia de documentos de planeamiento urbanístico
La tasa se exigirá con arreglo a la siguiente clasificación, según el formato del soporte papel o reproducción en soporte informático.
1)
Plano o texto en formato DIN A-4

Primera copia de plano o texto de cada expediente. 3,13 €
Otras copias de planos del expediente consultado 2,07 €
Otras copias de textos del expediente consultado 0,105080 €
2)
Plano o texto en formato DIN A-3

Primera copia de plano o texto de cada expediente. 3,17 €
Otras copias de planos del expediente consultado 2,10 €
Otras copias de textos del expediente consultado 0,126096 €
3)
Plano o texto en formato DIN A-2

Primera copia de plano o texto de cada expediente. 9,93 €
Otras copias de planos del expediente consultado 7,04 €
4)
Plano o texto en formato DIN A-1

Primera copia de plano o texto de cada expediente. 11,76 €
Otras copias de planos del expediente consultado 8,19 €
5)
Plano o texto en formato DIN A-0

Primera copia de plano o texto de cada expediente. 13,50 €
Otras copias de planos del expediente consultado 9,93 €
6)
Soporte informático CD: se valorará con los mismos criterios que en formato papel.
7)
De un documento con planos de distinto tamaño se considerará primera copia el plano de mayor dimensión a reproducir
T470 Tasa por Servicios Portuarios
1)
Tarifa T1.- Por la entrada y estancia de barcos
Se percibirá por la utilización de las aguas del puerto, de las instalaciones de señales de ayuda a la navegación, instalaciones de canales de acceso, esclusas (sin incluir amarre, remolque o sirga en la misma) y obras de abrigo.
Se aplicará a todos los barcos y plataformas fijas que entren y/ o permanezcan en aguas del puerto.
La tarifa base por cada 100 Toneladas de registro bruto o fracción y por cada período de 24 horas o fracción, se fija en: 2,08 € Al resultado se aplicarán los coeficientes siguientes:


a)
Coeficiente C1, se aplicará el coeficiente que proceda según el arqueo del barco:

Hasta 3.000 toneladas de arqueo, 0,90
Entre 3.001 y 5.000 toneladas de arqueo, 1,00
Entre 5.001 y 10.000 toneladas de arqueo, 1,10
De más de 10.000 toneladas de arqueo, 1,20
b)
Coeficiente C2, según el tipo de navegación:

En navegación de cabotaje, 1,00
En navegación exterior, 6,20
c)
Coeficiente C3:

Desguace y construcción, inactivo, en reparación, avituallamiento o en arribada forzosa, 0,50
En los demás casos, 1,00
2)
Tarifa T2.- Por atraque y amarre
Se percibirá por el uso de las obras de atraque y de los elementos fijos de amarre y defensa.
El servicio de atraque se contará desde la hora para la que se haya reservado hasta el momento de largar el buque la última amarra.
Se percibirá como tarifa base la cantidad: por metro de eslora total o máxima y por cada período de 24 horas o fracción. 0,41 €
Si el transporte es de mercancías peligrosas, se computará el doble de la eslora total o máxima.
Al resultado se aplicarán los siguientes coeficientes correctores:


a)
Coeficiente C1, correspondiente al calado del muelle, en metros:

Hasta 4 metros, 1,00
Entre 4 y 6 metros, 1,40
Entre 6 y 8 metros, 1,80
Entre 8 y 10 metros, 2,30
Más de 10 metros de calado, 3,00
b)
Coeficiente C2, según tiempo de atraque:

Atraque inferior a 3 horas, 0,25
En los demás casos, 1,00
c)
Coeficiente C3, según forma de atraque:

Atraque en punta, 0,50
En los demás casos, 1,00
d)
Coeficiente C4, según actividad:

Desguace y construcción, inactivo, en reparación, avituallamiento o en arribada forzosa, 0,50
En los demás casos, 1,00
3)
Tarifa T3.- Por mercancías y pasajeros:

1.-
Por mercancías:
Se percibirá por la utilización por las mercancías, de las aguas del puerto y dársenas, accesos terrestres, vías de circulación, zonas de manipulación (excluidos los espacios de almacenamiento o depósito) y estaciones marítimas y servicios generales de policía
La tasa se devengará en función del peso de las mercancías y la clasificación de las mismas se llevará a cabo conforme al mismo repertorio de mercancías aprobado por el Estado. 0,25 € La tarifa base será de: por tonelada métrica, a cuyo resultado se aplicarán los coeficientes siguientes:


a)
Coeficiente C1: Según grupo de clasificación.

Mercancías del grupo 1º, 1,00
Mercancías del grupo 2º, 1,43
Mercancías del grupo 3º, 2,15
Mercancías del grupo 4º, 3,15
Mercancías del grupo 5º, 4,30
b)
Coeficiente C2: Según modalidad de navegación de la que procedan o a la que vayan destinadas.

Navegación de cabotaje, 1,00
Navegación exterior, 2,00
c)
Coeficiente C3: Según operación

Para embarque, 1,00
De desembarque, 1,50
d)
Coeficiente C4,Según actividad:

Desguace y construcción, inactivo, en reparación, avituallamiento o en arribada forzosa, 0,50
Cuando el bulto contenga mercancías clasificadas en grupos diferentes, se aplicará a la totalidad el grupo al que corresponda la mayor parte de ellas, salvo que puedan clasificarse con las pruebas que presenten los interesados, en cuyo caso se aplicará a cada partida la tarifa que le corresponda.
Está exento el paso de las mercancías por las embarcaciones auxiliares cuando éstas son utilizadas directamente entre barcos o entre barco y muelle.
2.-
Por pasajeros:
De forma transitoria será de aplicación al tráfico marítimo de pasajeros en los puertos de gestión directa, la tarifa de pasajeros aprobada por Orden del Ministerio de Fomento de 30 de julio de 1998 (RCL 1998, 2056) (BOE no 192 de 12 de agosto), con una reducción en la cuantía básica de la tarifa del 50%
4)
Tarifa T4.- Por las operaciones realizadas con pesca fresca:

A).-
Reglas generales y determinación de la cuota:
Se percibirá por la utilización por los buques pesqueros en actividad, y por los productos de la pesca fresca de las aguas del puerto, muelles, dársenas, zonas de manipulación y servicios generales de policía.
El sujeto pasivo deberá repercutir el importe de la tasa devengado por este apartado, sobre el primer comprador o compradores, en proporción al valor de la pesca adquirida, quedando éstos obligados a soportar dicha repercusión debiendo hacerse constar de manera expresa y separada en la factura correspondiente.
La tarifa base estará constituida por el 0,4% del valor de la pesca, determinado de acuerdo con las reglas siguientes.


1.-
El valor obtenido por la venta en subasta en las lonjas portuarias.
2.-
El valor de la pesca no subastada se determinará por el valor medio obtenido en las subastas de la misma especie, realizadas en el mismo día o en su defecto en la semana anterior.
Alternativamente podrán utilizarse los precios medios de cotización real para iguales productos, en la semana anterior, acreditados por el órgano competente del Estado.
3.-
En defecto de las reglas anteriores, el valor se determinará teniendo en cuenta las condiciones habituales del mercado del pescado.
A la tarifa base, se aplicarán los coeficientes siguientes:


a)
Pesca fresca transbordada de buque a buque sin pasar por los muelles del puerto,0,75
b)
Pesca fresca entrada por tierra para subasta, 0,50
c)
Pesca fresca no vendida y vuelta a embarcar, 0,25
d)
En los demás casos, 1,00
Antes de dar comienzo a la carga, descarga o transbordo, el sujeto pasivo vendrá obligado a presentar una declaración o manifiesto de pesca, sujeto a modelo, que recoja el peso de cada una de las especies que se van a manipular. A efectos de determinación del peso, el armador del buque estará obligado a pasar la pesca por la lonja portuaria o establecimiento autorizado por la autoridad portuaria.
Se exigirá un recargo, no repercutible al comprador, equivalente al 100% de la tasa devengada en los supuestos siguientes:


a)
Cuando exista ocultación de cantidades o especies de la declaración o manifiesto de pesca ó éste se formule con retraso
b)
Cuando se falseen las especies, calidades o precios resultantes de las subastas.
c)
Cuando se oculten o falseen los datos e identificación de los compradores.
A los efectos del apartado anterior, la autoridad portuaria está facultada para efectuar las comprobaciones y pesajes de control de las operaciones de pesca fresca, siendo a cargo del sujeto pasivo los gastos que ocasionen dichas operaciones de control y comprobación.
B).-
Supuestos de no sujeción:
Por plazo máximo de un mes, los sujetos pasivos y embarcaciones que tributen por las operaciones realizadas con pesca fresca, no estarán sujetas a los hechos imponibles siguientes:


Por entrada y estancia de barcos
Por atraque y amarre y
Por mercancías.
El plazo del mes empezará a computarse a partir de la fecha en que se inicien las operaciones de carga, descarga o transbordo de pesca fresca. Transcurrido dicho plazo, que se extinguirá automáticamente cuando a lo largo del mismo no haya habido movimientos comerciales en la lonja o centro de control de peso correspondiente, el órgano competente de la Comunidad Autónoma podrá ampliarlo en los casos de inactividad forzosa por temporales, vedas costeras o carencia de licencias para sus actividades habituales.
Finalizado el plazo de no sujeción, se devengarán exclusivamente los hechos imponibles por entrada y estancia de barcos y por atraque y amarre.
C).-
Supuestos de exención.
Las embarcaciones pesqueras y los sujetos pasivos correspondientes, en tanto estén sujetos a esta modalidad de hecho imponible por operaciones realizadas con pesca fresca, estarán exentos de los hechos imponibles correspondientes a la ocupación, almacenaje o depósito de combustibles, avituallamiento, efectos navales y de pesca, hielo y sal con destino a la embarcación, independientemente del lugar del puerto en que se produzca el embarque.
5)
Tarifa T5.- Por embarcaciones deportivas y de recreo:
Se exigirá por la utilización por parte de las embarcaciones deportivas o de recreo, sus tripulantes y pasajeros, de las dársenas y zonas de fondeo, de las instalaciones de amarre, y atraque en muelles y pantalanes y por los servicios generales de policía, con sujeción a las reglas siguientes:


1.-
Por las embarcaciones de paso en el puerto, se percibirá por adelantado o en el momento de la llegada, según el número de días de estancia declarado. Cuando se superen los días de estancias declarados, el sujeto pasivo deberá formular nueva petición y abonar su importe por adelantado.
2.-
La tarifa base estará constituida por el resultado de multiplicar la eslora máxima o total por la manga máxima o total de la embarcación. En dársenas deportivas con pantalanes paralelos, cuando la eslora máxima o total sea inferior a la cuarta parte de la separación entre aquéllos, se adoptará esta última dimensión como longitud de atraque.
3.-
El importe de la tasa se aplicará independientemente del número de entradas, salidas o días de ausencia de la embarcación, en tanto tenga asignado puesto de atraque.
4.-
La tarifa base a percibir será a razón de: por cada metro cuadrado de ocupación y día. 0,38 €
A dicha tarifa base se aplicarán los siguientes coeficientes multiplicadores:


A)
En puertos e instalaciones náutico-deportivas no concesionadas ni autorizadas:

a)
Coeficiente C1: Según tenga o no reserva de punto de amarre:

Con reserva: 0,80
Sin reserva: 1,00
b)
Coeficiente C2: Según modalidad de atraque:

De costado: 1,00
De costado a muelle o pantalán sin servicios: 0,75
De punta: 0,40
De punta a muelle o pantalán sin servicios: 0,30
Abarloado a otro barco: 0,50
Fondeado: 0,10
B)
En puertos e instalaciones náutico-deportivas otorgadas en régimen de concesión o autorización:

a)
Coeficiente C1: Según tenga o no reserva de punto de amarre:

1.-
Con reserva: 0,80
2.-
Sin reserva: 1,00
b)
Coeficiente C2: 0,05
5.-
Las tasas serán exigibles por adelantado, de acuerdo con los siguientes criterios:

A)
En puertos e instalaciones náutico-deportivas no concesionadas ni autorizadas:

a)
Para las embarcaciones transeúntes o de paso en el puerto, la cuantía que corresponda por el período de estancia que se autorice. Si dicho período hubiera de ser ampliado, el sujeto pasivo deberá formular nueva solicitud y abonar nuevamente por adelantado el importe correspondiente al plazo ampliado.
b)
Para las embarcaciones con base en el puerto, la cuantía que corresponda por periodos semestrales.
B)
En puertos e instalaciones náutico-deportivas otorgadas en régimen de concesión o autorización, las liquidaciones se realizarán por periodos anuales. Podrá exigirse la tasa en régimen de estimación simplificada, salvo renuncia expresa del concesionario o autorizado. En este régimen, la cuota tributaria se establecerá para cada concesión o autorización, teniendo en cuenta los datos estadísticos de tráfico de la concesión o autorización de los dos últimos años, efectuándose periódicamente una liquidación global por el importe que corresponda a la ocupación estimada. Para ello, los titulares de la concesión o autorización deberán suministrar a la Administración Regional la información que le sea requerida y los datos precisos para la liquidación de esta tasa. Quienes se acojan a este régimen tendrán una bonificación del 25% en el importe de la cuota tributaria.
6.
La aplicación de esta tasa requiere que la embarcación no realice transporte de mercancías y que los pasajeros no viajen en régimen de crucero o excursiones turísticas, en cuyo caso serán de aplicación las tarifas T1, T2 Y T3, según proceda.
7.
No está sujeta a esta tasa la utilización de instalaciones para la varada o puesta en seco de la embarcación, ni de maquinaria, equipos de manipulación y elementos mecánicos móviles necesarios para las operaciones de puesta a flote o puesta en seco o varada de las embarcaciones, que se encontrará sujeta, en su caso, a la correspondiente tarifa.
6)
Tarifa T6.- Por almacenaje:

A).-
Reglas generales de aplicación:

1.-
Se exigirá por la utilización de las explanadas, cobertizos y tinglados, con sus servicios generales, no explotadas en régimen de concesión.
2.-
El período de almacenaje se computará desde el día para el que se haya hecho la reserva hasta que la mercancía deje libre la superficie ocupada. En el caso de anulación o modificación de la reserva durante 24 horas inmediatas anteriores al comienzo de la reserva o cuando tal anulación no se produzca y la mercancía no llegue a puerto, se percibirá el cobro correspondiente a la mercancía por el día completo en el que ha comenzado la reserva, sin perjuicio de que la superficie reservada pueda ser utilizada por otra mercancía.
3.-
Está exenta la ocupación y utilización del dominio público portuario para llevar a cabo otras actividades que exijan el otorgamiento de las respectivas autorizaciones o concesiones.
4.-
A los efectos de aplicación de esta tarifa, los espacios destinados a depósito y almacenaje de mercancías u otros elementos, se clasifican, según las reglas particulares de cada puerto en:

Zona de tránsito
Zona de almacenamiento
5.-
No se podrán depositar mercancías sin autorización de la dirección facultativa del puerto, que la otorgará de acuerdo con las disposiciones vigentes.
6.-
La utilización de las superficies para almacenamiento o depósito implica la obligación para los sujetos pasivos que, una vez retiradas las mercancías, la superficie utilizada quede en las mismas condiciones de limpieza y conservación que tenia al ocuparse. De no atender esta obligación, se repercutirán, conjuntamente con la tasa devengada, los gastos que la limpieza y conservación ocasionen.
7.-
Los espacios ocupados serán medidos por la superficie formada por el rectángulo inmediato exterior que forme la partida total de mercancías o elementos depositados. Este espacio estará definido de forma que dos de sus lados sean paralelos al cantil del muelle, redondeando las fracciones decimales de superficie que resulten. De igual forma se medirá la ocupación de tinglados y almacenes con referencia a los lados de los mismos.
8.-
El pago de la tasa no exime al sujeto pasivo de su obligación de remover o trasladar de lugar, a su cargo, la mercancía o elementos si, a juicio de la dirección del puerto, constituyen un entorpecimiento para la normal explotación de las instalaciones y espacios.
Cuando se produzca demora en el cumplimiento de la orden de removido, la tasa se elevará al quíntuplo de la que resulte aplicable y durante el plazo en que se produzca dicha demora. De no atender dicha orden, la autoridad portuaria podrá proceder a remover la mercancía, repercutiendo en el sujeto pasivo de los gastos que dicha operación ocasione.
9.-
Las mercancías o elementos que permanezcan un año o más, sobre las explanadas o depósitos y cuando el importe de la tasa devengada y no satisfecha supere el posible valor en venta de las mercancías, se considerarán abandonados por sus propietarios. Ello, sin perjuicio de la competencia que corresponde a la Administración de Aduanas en relación con las mercancías sometidas a procedimientos de despacho aduanero. En todo caso, cuando proceda la enajenación de los géneros abandonados se tendrá en cuenta el importe de la tasa devengada y no satisfecha, concurriendo la Administración Regional como acreedora por la parte de la tasa devengada y no satisfecha por los sujetos pasivos o responsables de la deuda.
10.-
Para las mercancías desembarcadas, el plazo de ocupación comenzará a contarse desde la reserva del espacio o a partir del día siguiente en que el barco finalice la descarga siempre que ésta sea de forma ininterrumpida. Si la descarga se interrumpiere, las mercancías descargadas hasta la interrupción comenzarán a devengar ocupación de superficie a partir de ese momento y el resto a partir de la fecha de depósito.
11.-
Para las mercancías destinadas al embarque, el plazo de ocupación comenzará a contarse desde la reserva del espacio o desde el momento en que sean depositadas en los muelles o tinglados aún en el caso de que no sean embarcadas.
12.-
Las mercancías desembarcadas y que vuelvan a ser embarcadas en el mismo o diferente barco, devengarán ocupación de superficie con los mismos criterios que el caso de las mercancías desembarcadas.
13.-
En las superficies ocupadas por mercancías desembarcadas se tomará como base de liquidación, la superficie ocupada al final de la operación de descarga.
14.-
La tasa se exigirá de aquéllos que resulten ser los propietarios, según las correspondientes sentencias o resoluciones, de las mercancías sometidas a procedimientos legales o administrativos. Las que se encuentren sometidas a litigio podrá ser retiradas incluso sin haber hecho efectivo el pago de la liquidación correspondiente, sin perjuicio de que pueda exigirse la constitución de depósito o garantía a las partes litigantes y por el total importe de la tasa devengada, en tanto recaiga resolución firme, en las condiciones en que reglamentariamente puedan establecerse.
B).-
Determinación de la cuota:
La tasa se determinará de la forma siguiente:


1.-
Almacenaje: Se percibirá como tarifa base: por metro cuadrado de superficie ocupada y día de almacenaje. Al resultado, se aplicarán los coeficientes que procedan siguientes: 0,030000 €

a).-
Coeficiente C1: Según lugar de almacenaje:

Parcelas: 1,00
Cercados: 1,50
Tinglados: 2,00
Almacenes: 3,00
b).-
Coeficiente C2: Según zona de almacenaje:

1.-
En zona de tránsito:

Por los días 1º al 5º: 0,30
Por los días 6º al 10º: 0,50
Por los días 11º al 30º: 1,75
Del día 31º en adelante: 6,00
2.-
En zona de almacenamiento: 2,00
c).-
Coeficiente C3: Según destino:

1.-
Para embarque:

Días 1º y 2º: 1,00
Por los demás días: 0,75
2.-
Demás casos: 1,00
7)
Tarifa T7.- Por suministros:

A).-
Reglas generales:

1.-
Esta modalidad de tributación comprende el valor del agua, energía eléctrica y combustible suministrados y la utilización de las instalaciones para la prestación de los suministros anteriores realizados dentro de la zona de servicios del puerto.
2.-
La tarifa se aplicará según el número de unidades suministradas.
3.-
La prestación de los suministros se solicitará con antelación suficiente y se atenderán según las necesidades de explotación del puerto.
4.-
Los usuarios serán responsables de las averías, desperfectos, accidentes y daños que causen a las instalaciones o elementos de suministro.
5.-
La prestación de los suministros podrá suspenderse cuando las instalaciones de los usuarios no reúnan las debidas condiciones de seguridad.
6.-
Una vez solicitado el suministro y acordado éste por la autoridad del puerto, si el mismo no pudiere llevarse a cabo por causas imputables al solicitante éste vendrá obligado a satisfacer el 50% del importe del suministro que hubiese correspondido.
B).-
Determinación de la cuota
La deuda estará constituida por la cantidad de agua o electricidad o combustible suministrado, multiplicada por el precio unitario correspondiente fijado por la empresa o suministrador que abastezca al puerto.
A la cantidad resultante, se aplicarán los coeficientes siguientes:


a)
Coeficiente C1: Según el tipo de suministro:

Suministro de energía eléctrica y agua: 1,50
Suministro de combustible: 1,01
b)
Coeficiente C2: Según modalidad de suministro:

Suministro continuo: 1,00
Suministro aislado: 1,10
C).-
Bonificaciones:

1.-
El coeficiente C1 será 1,15 para aquellos suministros de energía eléctrica y agua destinado a actividades directamente relacionadas con el sector pesquero.
2.-
El coeficiente C1 será 1 para los suministros efectuados a los organismos y entidades exentas del pago de determinadas tarifas en virtud de la Regla X de las Generales de Aplicación y Definiciones, establecidas en la Disposición Adicional de la Ley 3/1996 de 16 de mayo (LRM 1996,82), de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
8)
Tarifa T8.- Por servicios diversos:

A).-
Reglas generales:

1.-
Comprende esta modalidad, los siguientes servicios no comprendidos en las tarifas:

a).-
La utilización de los medios de izada y bajada de embarcaciones mediante los elementos auxiliares propios de la instalación portuaria o anejos.
b).-
La utilización de las instalaciones portuarias para la reparación, trabajos de mantenimiento y limpieza de embarcaciones, expresamente dedicadas a estos fines, con exclusión de los consumos de agua, energía eléctrica, herramientas, pinturas, grasas, materiales de reposición, etc., que serán abonados por los usuarios separadamente o aportados por los mismos.
c).-
La utilización de parcelas, tinglados y almacenes, especialmente reservados para el depósito de embarcaciones.
d).-
La utilización de las instalaciones de pesaje.
2.-
La prestación de los servicios incluidos en esta modalidad y las tarifas establecidas se entienden prestados en horario y jornada laboral ordinarios por el personal dependiente del puerto, siempre que la intervención de los mismos sea necesaria para llevar a cabo dichos servicios.
3.-
Formulada la solicitud de prestación de servicios y dispuestos los medios para llevarla a cabo si se suspendieran los mismos o no pudieran realizarse por causas imputables al solicitante, éste vendrá obligado a satisfacer el 50% del importe que hubiera correspondido de haberlos prestado.
B).-
Determinación de la cuota:

1.-
Tarifa T8-1.- Por utilización de los medios de izada y bajada:
Se liquidarán; por cada metro de eslora máxima o total de la embarcación o plataforma. 1,40 €
Al resultado se aplicarán los coeficientes que procedan siguientes:


a)
Coeficiente C1: Si se utilizan los medios materiales del puerto: 1,00
b)
Coeficiente C2: Según clase de embarcación:

Embarcación pesquera: 0,90
Embarcación deportiva: 1,00
c)
Coeficiente C3: Por otras circunstancias:

Con base en el puerto: 0,90
En los demás casos: 1,00
2.-
Tarifa T8-2.- Por utilización de las instalaciones portuarias para reparación, mantenimiento y limpieza de embarcaciones en la zona de varadero:
Se liquidarán por cada metro cuadrado y día de ocupación. 0,71 €
La superficie de ocupación se determinará por el producto de la eslora máxima o total por la manga máxima o total de la embarcación, medidas en metros.
Al resultado se aplicarán los coeficientes siguientes:


a).-
Coeficiente C1:

Sobre carro del puerto: 1,00
Sobre otro medio auxiliar del puerto: 0,80
Sobre el pavimento: 0,50
b)
Coeficiente C2:

Embarcación pesquera: 0,90
Embarcación deportiva: 1,00
c)
Coeficiente C3:

Embarcación con base en el puerto: 0,90
En los demás casos: 1,00
3.-
Tarifa T8-3.- Por depósito de embarcaciones fuera de la zona de servicio del varadero:
Los espacios destinados a este fin se clasifican en zona primera o de tránsito y zona segunda o de almacenamiento.
Se liquidará por metro cuadrado y día de ocupación a razón de: determinándose la superficie de ocupación por el producto en metros
cuadrados de la eslora máxima por la manga máxima. 0,053859 € Al resultado se aplicarán los coeficientes siguientes:


a)
Coeficiente C1:

En parcelas: 1,00
En cercados: 1,50
En tinglados: 2,00
En Almacenes: 3,00
b)
Coeficiente C2:

En zona de tránsito: 0,50
En zona de almacenamiento: 0,25
4.-
Tarifa T8-4.- Por uso de básculas:
Se liquidará por cada operación de pesada la cantidad de: multiplicado por los coeficientes siguientes: 0,57 €


a)
Coeficiente C1:

Vehículos con carga: 6,00
Vehículo sin carga: 3,00
Sin vehículo: 1,50
9)
Tarifa T 9.- Servicios de estiba o desestiba de mercancías:
Se percibirá por la prestación, por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del servicio de estiba y desestiba a empresas consignatarias de buques para la realización de las operaciones de estiba y desestiba de mercancías.
La tarifa base por hora y persona dentro del horario normal se fija en: 143,84 €
A estos efectos se entenderá por horario normal el que se presta en jornadas laborales entre las 8 y las 20 horas.
Si la prestación del servicio de estiba y desestiba se lleva a cabo fuera del horario normal, se percibirán, en lugar de la tarifa base, las cantidades correspondientes por servicios extraordinarios establecidas en el anexo tercero de la presente Ley. Estas cantidades se percibirán en función del número de horas completas o fracción de las mismas que dure la prestación del servicio.
GRUPO 5.- TASAS EN MATERIA DE PUBLICACIONES OFICIALES Y ASISTENCIA A LOS CONTRIBUYENTES
T510 Tasa del Boletín Oficial de la Región de Murcia
1)
La cuota de la tasa por la inserción de documentos en el BORM es, por carácter, de 0,058844 €
La cuota correspondiente a los anuncios con plazo de urgencia tendrá un recargo del 50%
2)
La cuota de la tasa por inserciones de anexos, planos, fotografías o asimilados en los que no se utilicen caracteres, se calculará mediante equivalencia de su extensión al número de caracteres correspondiente, dividiendo para ello cada página del BORM en dos módulos de 2.043 caracteres cada uno, de tal forma que siempre se liquidará como mínimo un módulo, liquidándose el siguiente módulo cuando la imagen que se inserta sobrepase el tamaño de un módulo, siendo el tamaño de cada módulo de 148,5 x 210 mm.
3)
La tasa por inserciones en las que el interesado no aporte el texto en formato electrónico tendrá un recargo del 50 %.
4)
Las inserciones que se retiren de publicación después de haber sido presentadas devengan una cuota equivalente al 50% de la que corresponde, en caso de publicación, para la tasa normal, no teniendo derecho a devolución aquellas a las que se hubiera aplicado la tasa de urgencia.
5).
La corrección total o parcial de un anuncio ya publicado mediante otro anuncio estará sujeta a la tasa correspondiente, siempre que el error no sea imputable al BORM.
T520 Tasa por venta de impresos, programas y publicaciones tributarias
1)
Impresos en soporte papel
a)
Modelo 043 0,200000 €
b)
Modelo 044 0,200000 €
c)
Modelo 045 0,200000 €
d)
Modelo 046 0,200000 €
e)
Modelo 600 D, más modelo 600 I, más sobre, instrucciones, hoja de códigos, anexos: 0,99 €
f)
Modelo 600 I 0,34 €
g)
Modelo 610 0,200000 €
h)
Modelo 620 e instrucciones 0,34 €
i)
Modelo 630 e instrucciones 0,34 €
j)
Modelo 650 D, más modelo 650 I, más Sobre, más instrucciones, más hoja de escala, más anexos 1,32 €
k)
Modelo 650 I 0,34 €
l)
Modelo 651 D, más modelo 651 I, más sobre, más instrucciones, más hoja de escala, más anexos: 1,32 €
m)
Modelo 651 I 0,34 €
2)
En Soportes magnéticos:

a)
En soporte CD Rom, por cada unidad de CD Rom 9,91 €
b)
En soporte disquetes de 3,5":

-
Cantidad fija: 6,61 €
-
Por cada disquete 0,66 €
-
Por cada disquete 0,66 €
3)
Publicaciones tributarias de ayuda al contribuyente, por cada ejemplar:

a)
Publicaciones hasta 100 paginas, a una o varias tintas, en cualquier formato: 6,61 €
b)
Publicaciones de entre 101 y 300 páginas, a una o varias tintas, en cualquier formato: 16,50 €
c)
Publicaciones de más de 300 páginas, a una o varias tintas, en cualquier formato: 23,12 €
4)
Documentos oficiales en materia de juegos, por cada ejemplar:

a)
Modelo T310 0,34 €
b)
Boletines de situación: 0,15 €
T530 Tasa por solicitudes de información con carácter previo a la adquisición transmisión de bienes inmuebles.
a)
Suelos urbanos y urbanizables sectorizados con planeamiento de desarrollo (Plan parcial o especial) aprobado definitivamente de superficie superior a 2,000 metros cuadrados: 236,76 €
b)
Suelos urbanos y urbanizables sectorizados con planeamiento de desarrollo (Plan parcial o especial) aprobado definitivamente de hasta 2,000 metros cuadrados de superficie: 78,91 €
c)
Naves Industriales: 197,26 €
d)
Locales comerciales o almacenes: 157,80 €
e)
Viviendas: 78,91 €
f)
Garajes y trasteros: 39,46 €
g)
Resto de Inmuebles urbanos, cualquiera que sea su uso (deportes, espectáculos, ocio y hostelería, sanidad y beneficiencia, culturales y religiososo y edificios singulares)Suelo urbanizable: 236,76 €
h)
Fincas rústicas, (suelo no urbanizable, urbanizable sin sectorizar o urbanizable sectorizado cuando su planeamiento de desarrollo no se encuentre definitivamente aprobado),incluyendo sus instalaciones, naves, locales y obras de uso agrícola y demás suelo no urbanizable:

h.1.-
Hasta de 1 Ha. De superficie: 78,91 €
h.2.-
De superficie superior a 1 Ha., y hasta 10 Has.: 197,26 €
h.3.-
De superficie superior a 10 Has.: 315,65 €
GRUPO 6.- TASAS EN MATERIA DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES COMERCIALES
T610 Tasa por la ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas.
1)
Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible (por cada actuación)
a)
Autorización inicial y renovación de entidades para la impartición de cursos, teóricos-prácticos relativos a carnés profesionales: 143,54 €
b)
Inscripción de grúas móviles autopropulsadas en el Registro de Aparatos de Elevación: 18,18 €
c)
Expedición de libros de registro de usuarios de cámaras frigoríficas. 26,74 €
d)
Presentación de declaración responsable y documentación anual de empresas de servicio a la actividad industrial para su inscripción en el Registro integrado industrial. 39,21 €
e)
Resto de tramitaciones sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible y no expresadas en los apartados anteriores. 40,50 €
En los supuestos de instalaciones, junto con la solicitud se deberá aportar una memoria técnica y al término de las mismas se deberá presentar certificado de ejecución junto con la correspondiente factura, expedidos y suscritos ambos por la empresa instaladora autorizada. La no presentación de la factura constituirá infracción tributaria simple.
2)
Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas con proyecto técnico. Según el valor del proyecto técnico, ingresarán 58,16€ por cada uno de los tramos siguientes más el importe acumulado de los tramos anteriores, resultando la siguiente tarifa:

a)
Proyectos valorados hasta en 12.020,24 € inclusive 69,16 €
b)
Proyectos cuyo valor esté comprendido entre 12.020,25 y 30.050,60 €, se percibirá el importe del apartado anterior más 58,16 €. Total 138,33 €
c)
Proyectos cuyo valor esté comprendido entre 30050,61 y 60.101,21 €, se percibirá el importe del apartado anterior más 58,16 €. Total 207,49 €
d)
Proyectos cuyo valor sea superior a 60.101,21 €, se percibirá el importe del apartado anterior, por cada 30050,60 € de valor o fracción de valor. 69,16 €
3)
Ordenación de las instalaciones acogidas a régimen especial:

a)
Inclusión en el Régimen Especial e Inscripción Previa en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal (Pn) 1 ≤ 10 kw 36,36 €
b)
Inclusión en el Régimen Especial e Inscripción Previa en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal (Pn) 10 kw > Pn ≥ 100 kw 60,60 €
c)
Inclusión en el Régimen Especial e Inscripción Previa en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal superior a 100 kw 111,10 €
d)
Inscripción Definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal (Pn) 1 ≤ 10 kw:36,36 €
e)
Inscripción Definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal (Pn) 10 > Pn ≥ 100 kw 60,60 €
f)
Inscripción Definitiva en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial. Instalaciones de potencia nominal superior a 100 kw 111,10 €
g)
Cambios de titularidad de expedientes: 56,56 €
h)
Modificaciones técnicas de expedientes: 126,25 €
4)
Autorización de pruebas sustitutivas y exención de pruebas periódicas
a)
Autorización de pruebas sustitutivas de aparatos a presión 22,48 €
b)
Autorización de exención de pruebas periódicas de estanqueidad en tanques de almacenamiento de productos petrolíferos:
5)
Informes técnicos dictámenes, informes administrativos, acreditación 103,10 € de entidades y otras actuaciones
6)
Emisión de placas de instalación de equipos a presión, por cada 96,39 € placa 7,60 €
7)
Autorización de aplicación de seguridad equivalente o de excepción para instalación eléctrica de baja tensión 63,72 €
8)
Expedición de certificaciones catastrales. Por cada certificación catastral que contenga los datos de identificación de los titulares de los bienes y derechos afectados por una instalación 8,24 €
9)
Actuaciones en materia de instalaciones radioactivas:

a)
Por cada autorización de funcionamiento e inscripción en el registro de instalaciones radioactivas de segunda o tercera categoría 137,98 €
b)
Por cada declaración e inscripción en el registro de instalaciones radioactivas de segunda o tercera categoría: 55,86 €
c)
Por la autorización e inscripción de empresas para la venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico: 62,91 €
10)
Inscripción en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios: 23,23 €
11)
Actuaciones en materia de estaciones de inspección técnica de vehículos:

a)
Por cada actuación de autorización previa de estación de inspección técnica de vehículos incluyendo, en su caso, la autorización definitiva: 3.922,03 €
b)
Por cada modificación de una autorización existente que suponga el aumento o disminución del número de líneas: 1.307,24 €
T612 Tasa por la prestación de servicios administrativos en materia audiovisual
1.
La inscripción en el Registro de sociedades prestadoras del servicio de comunicación audiovisual, salvo la primera. 94,58 €
2.
La inscripción en el Registro de sociedades prestadoras del servicio de comunicación audiovisual para operadores de cable. 94,58 €
3.
La expedición de certificaciones registrales. 94,58 €
4.
El otorgamiento o renovación de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual. 1. 418,59 €
5.
La autorización para la transmisión o el arrendamiento de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual. 756,58 €
6.
La autorización para la modificación en la titularidad de las acciones, participaciones o títulos equivalentes de las sociedades licenciatarias y la ampliación de capital, cuando la suscripción de acciones o títulos equivalentes no se realice en idéntica proporción entre los propietarios del capital, o se trate de adquisición de las mismas «mortis causa». 189,14 €
7.
Autorización de la celebración de convenios de colaboración con otras empresas titulares de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual, que no implique la cesión de la gestión. 472,86 €
T620 Tasa por realización de verificaciones y contrastes
1)
Verificación de contadores de energía eléctrica, agua, gas y otros:

a)
Hasta 10 contadores, euros/unidad 12,15 €
b)
A partir de 10 contadores, euros/unidad 7,28 €
2)
Verificación de la relación de transformación en transformadores eléctricos, euros/unidad 6,33 €
3)
Verificación fuera de laboratorio de instrumentos para medir, pesar o contar, que no tengan asignada tasa especifica, euros/unidad 56,29 €
4)
Verificación de instrumentos de pesaje con alcance igual o inferior a 100 Kgs:

a)
En laboratorio de la Comunidad Autónoma, por unidad verificada: 16,30 €
b)
Fuera de laboratorio de la Comunidad Autónoma, por unidad verificada: 27,73 €
5)
Verificación de instrumentos de pesaje con alcance superior a 100 Kgs e inferior a 10,000 Kgs:

a)
Realización de ensayos, por unidad verificada 100,17 €
b)
Supervisión de ensayos, por unidad verificada 19,55 €
6)
Verificación de instrumentos de pesaje con alcance igual o superior a 10,000 Kgs.

a)
Realización de ensayos, por unidad verificada 674,34 €
b)
Supervisión de ensayos, por unidad verificada 82,74 €
7)
Verificación de manómetros, euros/por unidad verificada 21,15 €
8)
Verificación de aparatos surtidores: 13,67 €
9)
Supervisión de ensayos de verificación de contadores volumétricos de líquidos distintos del agua, euros/unidad 24,98 €
10)
Auditoría de habilitación o control de laboratorio metrológico principal o auxiliar, euros por auditoria 178,82 €
11)
Extintores: Verificación de placas de diseño, euros por cada verificación 24,72 €
12)
Extintores: Concesión de placas de diseño, euros por concesión 24,91 €
13)
Contrastación de metales preciosos, oro, por cada pieza 0,076910 €
14)
Contrastación de metales preciosos, plata, por cada pieza 0,021975 €
15)
Análisis de metales preciosos, oro, por análisis 17,23 €
16)
Análisis de metales preciosos, plata, por análisis 4,61 €
T630 Tasa por diligencia de certificados de instalaciones sujetas a seguridad industrial
1)
Por cada diligencia de certificado de instalación de suministro de agua 8,23 €
2)
Por cada diligencia de certificado de instalación de gas 8,23 €
3)
Por cada diligencia de certificado de reconocimiento de instalación eléctrica de baja tensión 8,23 €
4)
Por cada diligencia de certificado de revisión periódica de instalación eléctrica de alta tensión 8,23 €
T640 Tasa por la realización de inspecciones técnicas reglamentarias y expedición de documentos relativos a vehículos.
A.
Inspecciones periódicas y voluntarias. Por tipo de Vehiculo:
1)
Vehículos de cuatro ruedas o más de M.M.A. inferior o igual a 3.500 kg, equipados con motor eléctrico

a)
Primera inspección: 20,00 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones 10,00 €
2)
Vehículos de cuatro ruedas o más de M.M.A. inferior o igual a 3.500 kg, equipados con motor de combustión interna de encendido provocado.

a)
Primera inspección 22,30 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones: 11,15 €
3)
Vehículos de cuatro ruedas o más de M.M.A. inferior o igual a 3.500 kg, equipados con motor de combustión interna de encendido por compresión y vehículos de obras y servicios.

a)
Primera inspección: 30,90 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 15,45 €
4)
Vehículos de cuatro ruedas o más de M.M.A. superior a 3.500 kg, y vehículos de obras y servicios.

a)
Primera inspección: 42,60 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 21,30 €
5)
Vehículos y remolques agrícolas.

a)
Primera inspección: 18,20 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 9,10 €
6)
Ciclomotores.

a)
Primera inspección: 12,50 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 6,25 €
7)
Motocicletas

a)
Primera inspección: 14,50 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 7,25 €
8)
Vehículos de las categorías incluidas en la Sección II (Vehículos de dos, tres ruedas, cuadriciclos y quads, excepto ciclomotores y motocicletas).

a)
Primera inspección: 21,10 €
b)
Segunda y sucesivas inspecciones por rechazo de las anteriores: 10,55 €
B.
Inspecciones no periódicas y expedición de documentos relativos a vehículos.
1.-
Inspección de reformas de importancia. 32,00 €
2.-
Inspecciones especiales de vehículos nuevos o usados procedentes de la Unión Europea o de importación, por cambio de residencia, vehículos accidentados o de subastas. 61,30 €
3.-
Inspecciones especiales de vehículos nuevos o usados de hasta tres ruedas, procedentes de la Unión Europea o importados de otros países, por lotes de hasta 10 unidades, por cada lote. 242,40 €
4.-
Otras inspecciones técnicas reglamentarias: Transporte escolar y cambio de servicio. 27,10 €
5.-
Inspección para duplicado de tarjetas de ITV, cambio de matrícula y compatibilidad tractor remolque, por vehículo, no teniendo esta consideración el remolque. 31,32 €
6.-
Certificados de renovación de placas verdes, transporte escolar y copia de la tarjeta de ITV, por cada certificado o copia. 8,94 €
7.-
Pesado de vehículos. 4,36 €
T650 Tasa por la autorización de explotaciones y aprovechamientos de recursos mineros
Se percibirá una cuota única por cada autorización de aprovechamiento o de explotación, de ampliación o modificación: 4.728,62 €
T651 Tasa por la tramitación de permisos de exploración e investigación y concesiones administrativas de explotación
La cuota tributaria estará compuesta por una cantidad fija a percibir por cada permiso, concesión o actuación, más otra cantidad en proporción al número de cuadrículas, según los supuestos a continuación indicados:

1)
Permiso de exploración:

a)
Las primeras 300 cuadrículas mineras: 3.428,99 €
b)
Por cada cuadrícula minera de exceso: 11,43 €
2)
Tramitación de permisos de investigación:

a)
Por la primera cuadrícula minera: 3.428,99 €
b)
Por cada cuadrícula minera de exceso: 114,30 €
3)
Tramitación concesión derivada de permiso de investigación:

a)
Por las primera cuadrícula minera: 3.428,99 €
b)
Por cada cuadrícula minera de exceso: 571,49 €
4)
Concesión de explotación directa:

a)
Por las primera cuadrícula minera: 4.000,50 €
b)
Por cada cuadrícula minera de exceso: 571,49 € En el caso de renuncias parciales de las solicitudes de permisos y concesiones anteriores, se exigirán las correspondientes cuotas reducidas en un 50%,
T652
Tasa por la expedición de informes técnicos y la realización de actuaciones de carácter facultativo en el ámbito minero.
1)
Realización de actuaciones técnicas o facultativas de confrontación de planes de labores y proyectos mineros, por cada actuación

a)
Proyectos valorados hasta en 120.202,42 € inclusive, se percibirá 545,87 €.
b)
Proyectos cuyo valor sea superior a 120.202,42 €, se percibirán el importe del apartado anterior (545,87 €), más 111,80 € por cada 120.202,42 € de valor o fracción de valor .
2)
Proyectos de instalaciones de establecimientos de beneficio y proyectos de voladuras:

a)
Proyectos valorados hasta 12.020,24 € inclusive, se percibirá 320,51 €.
b)
Proyectos cuyo valor esté comprendido entre 12.020,24 y 30.050,60€, se percibirá el importe del apartado anterior (320,51 €) más 111,80 €. Total 432,31 €.
c)
Proyectos cuyo valor sea superior a 30.050,60 €, se percibirá el importe del apartado anterior (432,31 €) más 111,80 € por cada 60.101,21€ de valor o fracción.
3)
Proyectos ejecución de sondeos u obras de mantenimiento de pozos o sondeos y proyectos de instalaciones elevadoras de aguas subterráneas:

a)
Proyectos valorados hasta 12.020,24 € inclusive, se percibirá 111,80 €.
b)
Proyectos cuyo valor esté comprendido entre 12.020,24 y 30.050,60 €, se percibirá el importe del apartado anterior (111,80 €) más 111,80 €. Total 223,60 €.
c)
Proyectos cuyo valor sea superior a 30.050,60 €, se percibirá el importe del apartado anterior (223,60 €) más 111,80 € por cada 30.050,60 € de valor o fracción.
d)
Prórrogas para la ejecución de sondeos u obras de mantenimiento: 104,95 €
4)
Toma de muestras de recursos minerales, por cada actuación: 289,45 €
5)
Cambios de titularidad:

a)
Instalaciones mineras, excepto derechos mineros, por cada solicitud: 111,01 €
b)
Derechos mineros, por cada solicitud: 1.891,45 €
6)
Certificados para empresa de voladuras especiales o su renovación: 135,31 €
7)
Informes técnicos y otras actuaciones: 109,26 €
8)
Informes en accidentes mineros/día: 146,05 €
9)
Autorización de suspensión temporal de labores o su prorroga: 148,39 €
10)
Puesta en servicio de maquinaria e instalaciones:

a)
Por cada diligencia de maquinaria: 27,29 €
b)
Por cada diligencia de instalación: 111,63 €
T660 Tasa por supervisión de los Organismos de Control
1)
Autorización de actuación de Organismos de Control: 143,54 €
2)
Notificación inicial de actuación de Organismo de Control autorizado por otra Comunidad Autónoma: 42,45 €
3)
Notificación periódica anual del Organismo de Control. 42,45 €
4)
Actuación/intervención de Organismo de Control sobre productos o instalaciones industriales, por cada intervención: 1,94 €
T661 Tasa por actuaciones en materia de accidentes graves
1)
Revisión de la Notificación en aplicación del artículo 6 del Real Decreto 1254/99 (RCL 1999,1916,2784) 49,66 €
2)
Revisión y evaluación del Plan de Emergencia Interior (PEI), Estudio de Seguridad (ES) y Plan de Prevención de Accidentes Graves (PPAG) en aplicación de los artículos 7 y 11 del Real Decreto 1254/99 (RCL 1999,1916,2784) 505,61 €
3)
Revisión y Evaluación del Informe de Seguridad en aplicación de los artículos 7, 9 y 11 del Real Decreto 1254/99 (RCL 1999,1916,2784) 1. 235,65 €
4)
Revisión del anexo I del Decreto regional 97/2000 (LRM 2000,189) 31,25 €
5)
Revisión y remisión para proceder a la información pública a efectos del artículo 13.4 del RD 1254/1999 (RCL 1999,1916,2784): 47,74 €
6)
Revisión del Estudio de Viabilidad: 168,08 €
T670 Tasa por supervisión y control de entidades colaboradoras y empresas autorizadas en la inspección técnica de vehículos.
Se percibirá una cuota única por cada vehículo 1,82 €
T680 Tasa del Laboratorio Tecnológico del Curtido
Por cada ensayo se percibirán:

1.-
Ensayos físicos, químicos y de solideces en cueros y pieles 28,44 €.
2.-
Ensayos de productos químicos: grasas, colorantes y curtientes 32,51 €
3.-
Ensayos de productos químicos: productos básicos 25,44 €
4.-
Ensayos especiales:

a)
Cromatografía en capa 59,52 €
b)
Cromatografía de gases:

Disolventes y grasas 87,82 €
Organoclorados 165,74 €
c)
Absorción atómica: por cada elemento 48,86 €
T690 Tasa por la tramitación de licencia comercial autonómica.
1.-
En los supuestos de instalación o apertura de establecimientos
comerciales individuales o colectivos que tengan impacto supramunicipal según lo dispuesto en la legislación de comercio, la cuantía de la tasa será la que resulte de multiplicar cada metro cuadrado de superficie útil de exposición y venta del establecimiento comercial cuya autorización se solicita, por 4,51 €
2.-
En los supuestos de ampliación de los establecimientos comerciales individuales o colectivos cuya superficie supere, antes o después de la ampliación, los límites establecidos para cada caso en la legislación de comercio, la cuantía de la tasa será la que resulte de multiplicar cada metro cuadrado de superficie útil de exposición y venta ampliada , por 4,51 €
GRUPO 7.- TASAS EN MATERIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
T710 Tasa por la prestación de servicios veterinarios
1)
Servicios facultativos relacionados con la comprobación sanitaria, saneamiento ganadero y lucha contra ectoparásitos de ganaderías calificadas:

a).-
Por la revisión anual preceptiva, se aplicará una cuota fija y además una cantidad por cada reproductor:
Cuota fija 66,41 €
Además, por cada reproductor según especie:


Bovinos 0,175134 €
Porcino 0,054937 €
b).-
Por la concesión de títulos 5,95 €
2)
Servicios facultativos relacionados con análisis, dictámenes y peritajes solicitados a instancia del interesado o por aplicación de legislación en materia de epizootías: se aplicará una cantidad variables dependiendo del número de muestras y de las características de las mismas, de acuerdo con las siguientes tarifas:
Según análisis y número de muestras:
De 1 a 5 muestras:


a)
Bacteriológicos 7,66 €
b)
Serológicos 3,74 €
c)
Parasitológicos 7,66 €
d)
Físico-Químicos 7,66 €
e)
Clínicos 7,66 €
f)
Necropsias 16,17 €
De 6 a 15 muestras:
Serológicos 3,03 €
16 a 50 muestras:
Serológicos 2,26 €
De 51 muestras en adelante:


a)
Bacteriológicos 3,74 €
b)
Serológicos 1,65 €
c)
Parasitológicos 3,74 €
d)
Físico-Químicos 3,74 €
e)
Clínicos 3,74 €
f)
Necropsias 15,03 €
3)
Reconocimiento facultativo de animales domésticos y expedición de certificaciones de aptitud, por cada animal: 6,99 €
4)
Inspección y comprobación anual de las delegaciones y depósitos de los productos biológicos destinados a prevenir y combatir las enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias de los animales, por cada delegación o depósito 18,16 €
5)
Apertura de centros de aprovechamiento de cadáveres animales, vigilancia anual y análisis, por cada centro 18,16 €
6)
Diligencia del Libro de registro de explotación ganadera y medios de transporte: 1,60 €
7)
Inspección sanitaria periódica de las paradas y centros de inseminación artificial, así como los sementales del mismo: 6,42 €

a)
Equino, por cabeza 5,34 €
b)
Bovino, por cabeza 4,15 €
c)
Porcino, por cabeza 1,18 €
8)
Reconocimientos sanitarios de las hembras domésticas presentadas a la monta natural e inseminación artificial de paradas o centros:

a)
Equino, por cabeza 1,73 €
b)
Bovino-lechera, por cabeza 0,71 €
c)
Bovino-otros, por cabeza 0,36 €
d)
Porcino, por cabeza 0,20 €
9)
Servicios relativos a la apertura y el registro de los centros de inseminación artificial ganadera 15,55 €
10)
Servicios facultativos relacionados con la intervención y fiscalización del movimiento intracomunitario de animales: 24,73 €
11)
Estudios referentes a la redacción de proyectos y peritaciones a petición de parte: 1% de su valor
12)
Expedición de Certificado sanitario oficial de movimiento:

1.
Se aplicará una cuota fija por cabeza y especies:

a)
Porcino para vida 0,015000 €
b)
Porcino para sacrificio 0,015000 €
c)
Especies menores 0,015000 €
d)
Especies mayores 0,152500 €
e)
Apícola (por colmena) 0,011218 €
f)
Avícola Broilers 0,001160 €
g)
Avícola pollitos de un día 0,001160 €
h)
Conejos
2.
Se aplicará una cuota fija por partida de: 0,01 €

a)
Alevines (acuicultura): 7,93 €
b)
Huevos embrionados: 7,93 €
13)
Servicios facultativos de aplicación de productos biológicos, otros productos zoosanitarios e inspección post-vacunal, correspondientes a las campañas de tratamiento sanitario:

a)
Perros y felinos, por cabeza 4,66 €
b)
Porcino de cebo, por cabeza 0,07 €
c)
Porcino de reproducción, por cabeza 0,22 €
d)
Rumiantes menores, por cabeza 0,75 €
e)
Rumiantes mayores, por cabeza 2,30 €
f)
Abejas (por colmena) por cabeza 0,41 €
g)
Aves y conejos, por cabeza 0,014698 €
14)
Expedición de talonarios de documentos para el traslado de ganado, por documento 0,47 €
15)
Servicios facultativos relacionados con la intervención y fiscalización de movimiento de ganado y dependencias en manifestaciones públicas:

a)
Corridas de toros, por servicio 105,80 €
b)
Concursos, exhibiciones, concentraciones de équidos, por servicio 105,80 €
c)
Ferias, exposiciones, etc., por servicio 74,07 €
16)
Autorización e inscripción de explotaciones de animales en registros oficiales y cambios de titularidad, sin actuación facultativa de campo: 38,09 €
17)
Autorización e inscripción de explotaciones de animales en el correspondiente registro oficial, con actuación facultativa de campo: 135,96 €
18)
Inspección facultativa previa a la instalación o modificación de explotaciones ganaderas: 99,57 €
19)
Inspecciones no comprendidas en los anteriores apartados, realizados a petición de parte, por hora o fracción: 24,73 €
20)
Habilitación o autorización de veterinarios: 39,21 €
21)
Autorización y registro de transportistas: 40,17 €
22)
Autorización y registro medios de transporte con actuación facultativa de campo: 76,08 €
23)
Autorización y registro de medios de transporte sin actuación facultativa de campo: 12,83 €
24)
Autorización e inscripción de Centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte por carretera en el sector ganadero: 87,97 €
26)
Certificados sanitarios en materia de exportación de productos a terceros países: 40,61 €
27)
Emisión y expedición del Documento de identificación bovina (DIB), unidad 0,035000 €
28)
Autorización e inscripción de explotaciones de animales en registros oficiales, con el trámite previo de autorización ambiental por parte del órgano sustantivo: 256,19 €
29)
Identificación de animales realizadas por los Servicios Veterinarios Oficiales: Cuota fija: 53,59 €
A dicha cantidad se sumará:


a)
Material de identificación: ovino, caprino o equino (unidad) 1,21 €
b)
Material de identificación resto de especies (unidad) 0,20 €
30)
Autorización del libro registro informatizado: 38,20 €
31)
Utilización de las bases de datos informatizadas por usuarios externos (Veterinarios habilitados), cuota anual: 108,21 €
32)
Cambio de titular del documento de identificación equina (DIE): 12,95 €
33)
Autorización e inscripción de los cambios de orientación productiva de las explotaciones ganaderas: 99,57 €
34)
Edición y distribución de Etiquetas de la Letra Q (unidad) 10,31 €
35)
Emisión y distribución de Tarjeta de Movimiento Equina (TME) Unidad: 30,00 €
T720 Tasa por gestión de servicios agronómicos
1)
Por precintado de semillas selectas nacionales y de importación, así como producción de semilla certificada, se cobrará a razón de 0,125% del valor normal de la mercancía CON UNA TASA MÍNIMA DE: 131,07 €
2)
Precintado y arranque de plantones tolerantes a la tristeza y demás frutales en vivero se cobrará a razón de 0,125% del valor de la mercancía, CON UNA TASA MÍNIMA DE: 131,07 €
3)
Inspección facultativa de tratamientos fitosanitarios y sus efectos, redacción de informes y dictámenes técnicos:

a)
Sin valoraciones 35,55 €
b)
Con valoraciones:

Hasta 6010,12 €, cuota de 30,17 €.
De 6.010,13 a 60.101,21 €, cuota de 56,50 €
Más de 60.101,21 €, una cuota de 75,43 €.
4)
Ensayos para homologación de productos fitosanitarios, incluida la redacción de dictamen o informe facultativo:

a)
Ensayo tipo A 237,06 €
b)
Ensayo tipo B 592,92 €
5)
Informes técnicos y expedición del correspondiente certificado 49,11 €
6)
Comprobación de ejecución de obras y aforos de cosechas. Se cobrará a razón de 0,50% del valor de la obra o cosecha aforada, CON UNA TASA MÍNIMA DE: 131,07 €
7)
Levantamiento de actas 73,78 €
8)
Inspección facultativa de terrenos que se quieran dedicar a nuevas plantaciones, regeneración de las mismas o su sustitución, incluyendo el correspondiente informe facultativo 195,41 €
T740 Tasa por gestión de servicios en materia de industrias agroalimentarias
1)
Instalación de nuevas industrias, traslado o modificación de las existentes, según importe total de la inversión realizada, deducidas las amortizaciones efectivamente contabilizadas:

a)
Hasta 601.012,10 euros: 130,30 €.
b)
De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: 161,12 €
c)
De 3.005.060,53 euros en adelante: 230,58 €
2)
Cambio de propiedad 91,92 €
3)
Cambio de denominación o arrendamiento de la industria 44,70 €
4)
Expedición de documentos de calificación empresarial y certificados, por cada documento 27,48 €
5)
Informes para la expedición de certificados, incluyendo el propio certificado, por informe y/o certificado 65,57 €
6)
Por entrega y diligenciado del libro de entradas y salidas de vinos de mesa 28,83 €
T750 Tasa del Laboratorio Enológico, Agrario y de Medio Ambiente
A)
Sección Primera: Análisis en materia enológica: Mostos, vinos y mistelas, determinación de:

1)
Densidad relativa 3,23 €
2)
Grado alcohólico total 7,55 €
3)
Grado alcohólico adquirido 7,55 €
4)
Extracto seco total 2,46 €
5)
Acidez total (tártrico) 4,27 €
6)
Acidez fija (tártrico) 4,82 €
7)
Acidez volátil (acético) 4,74 €
8)
Anhídrido sulfuroso total 4,79 €
9)
Azúcares reductores 8,26 €
10)
Presencia de híbridos 6,71 €
11)
Ácido cítrico 9,47 €
12)
Ácido sórbico 14,34 €
13)
Flúor 5,89 €
14)
Bromo 5,89 €
15)
Metanol 8,02 €
16)
Cloropicrina y Prod. de degradación 14,43 €
17)
Iones ferrocianuro en disolución 6,84 €
18)
Iones ferrocianuro en suspensión 5,95 €
19)
Prueba de antifermentos 6,18 €
20)
Colorantes artificiales 6,35 €
21)
Grados Baumé 2,97 €
22)
Grados Brix 2,97 €
23)
Cobre 5,05 €
24)
Cinc 5,05 €
25)
Arsénico 12,51 €
26)
Plomo 12,35 €
27)
Cadmio 6,67 €
28)
Hierro 5,05 €
29)
Mercurio 12,51 €
30)
Otros parámetros no especificados anteriormente (según grado de dificultad). Se percibirá por cada determinación una cuota situada entre las siguientes:

Cuota mínima 1,82 €
Cuota máxima 45,38 €
B)
Sección Segunda: Análisis en medios de la producción agroalimentaria y sanidad vegetal:

1.-
Análisis foliar:

a)
Macro y microelementos, por determinación 4,44 €
b)
Molibdeno, por determinación 14,24 €
2.-
Análisis de suelos de cultivo:

a)
Humedad, caliza total, textura, conductividad eléctrica, ph de la solución del suelo, ph (KCI), por determinación 2,41 €
b)
Sodio, potasio, calcio, magnesio, cloruros, sulfatos y potasio asimilable (por determinación) 3,55 €
c)
Caliza activa, fósforo asimilable, carbono orgánico, nitrógeno total, capacidad de intercambio catiónico y cationes de cambio, por determinación 8,71 €
d)
Residuos de plaguicidas (según plaguicidas y metodología), por determinación. Se percibirá una cuota situada entre las dos siguientes:

Cuota mínima 36,22 €
Cuota máxima 148,91 €
3.-
Análisis de aguas de riego y disoluciones del suelo:

a)
Conductividad eléctrica, residuos seco y ph, por determinación 1,73 €
b)
Aniones y cationes, por determinación 2,47 €
c)
Metales pesados, por determinación 22,14 €
4.-
Análisis de fertilizantes y correctores, por determinación
5.-
Análisis de productos agroalimentarios: 5,32 €

a)
Determinación en harinas y derivados, por determinación 3,55 €
b)
Análisis en productos cárnicos, por determinación 7,11 €
c)
Determinaciones en mieles, por determinación 4,07 €
d)
Determinaciones en pimentón, por determinación 4,88 €
e)
Determinaciones en piensos, por determinación 3,55 €
6.-
Análisis de residuos de plaguicidas en productos vegetales:

a)
Análisis multirresiduos (organofosforados, organoclorados, organonitrogenados y piretinas), por muestra 115,01 €
b)
Análisis multirresiduos de plaguicidas post cosecha, por muestra 77,67 €
c)
Análisis de ditiocarbamatos, por muestra 46,60 €
d)
Búsqueda de residuos determinados (entre 1 y 4 materias activas), por muestra 77,67 €
C)
Sección Tercera: Análisis en materia de Sanidad Vegetal:

1.-
Diagnóstico e identificación de enfermedades de origen fúngico o bacteriológico en vegetales, por muestra 13,29 €
2.-
Diagnóstico e identificación de enfermedades de origen virótico en vegetales, por muestra:

a)
Diagnóstico serológico, por muestra 10,69 €
b)
Diagnóstico por plantas indicadoras, por muestra
D)
Sección Cuarta: Análisis en materia de Sanidad Animal 133,43 €
1.-
Estudio de animales mayores de 6 meses de edad, por animal 53,27 €
2.-
Estudio de animales menores de 6 meses de edad, por animal 31,06 €
3.-
Vísceras y otras muestras biológicas (semen, sangre, orina, raspados, etc..), por muestra 13,28 €
4.-
Abortos, por muestra 22,21 €
5.-
Hisopos, por muestra 13,28 €
6.-
Aguas (estudio microbiológico), por muestra 17,79 €
7.-
Pienso (estudio microbiológico), por muestra 22,21 €
8.-
Heces (examen parasitológico)
a)
una muestra 5,32 €
b)
De 2 a 5 muestras, por muestra 4,88 €
c)
Más de 5 muestras, por muestra 4,44 €
9.-
Pruebas serológicas, por determinación 2,21 €
10.-
Residuos en medicamentos veterinarios:

a)
Beta-agonistas, por muestra 58,90 €
b)
Tireostáticos, por muestra 51,93 €
c)
Beta-bloqueantes, por muestra 35,49 €
d)
Tranquilizantes, por muestra 43,46 €
e)
Antibióticos e inhibidores, por muestra 12,40 €
f)
Hormonas, por muestra 19,57 €
11.-
Análisis de leche y queso:

a)
Análisis físico-químico de leche 0,96 €
b)
Análisis de leche "pago por calidad" 2,38 €
c)
Análisis físico-químico de queso 1,18 €
12.-
Determinación de otros parámetros. Según grado de dificultad, por cada muestra se percibirá una cuota situada entre las siguientes:

Cuota mínima 4,15 €
Cuota máxima 62,15 €
E)
Sección Quinta: Análisis en materia medioambiental:

1.-
Aguas:

a)
Toma de muestras 116,25 €
b)
Análisis 549,81 €
2.-
Red de Contaminación Atmosférica:

a)
Toma de muestras 3,48 €
b)
Análisis 6,09 €
3.-
Gases de chimeneas y otros focos emisores de humos:

a)
Toma de muestras 981,50 €
b)
Análisis 702,62 €
F)
Sección Sexta: Análisis en materia calidad de materiales para riegos:

1.-
En tuberías de polietileno.- Por cada determinación:

a)
Contenido en negro de carbono 24,14 €
b)
Dispersión del negro de carbono 8,05 €
c)
Resistencia a la tracción y alargamiento a la rotura 16,09 €
d)
Índice de fluidez del polietileno 8,05 €
e)
Comportamiento al calor 4,02 €
f)
Resistencia al cuarteamiento por tensiones en medio activo 8,05 €
g)
Ensayo completo de todas la determinaciones anteriores 68,42 €
2.-
En emisores autocompensantes: Por cada determinación:

a)
Coeficiente de variación de fabricación y de la desviación de caudal 64,39 €
b)
Curva caudal-presión 96,59 €
3.-
En emisores no compensantes: Por cada determinación:

a)
Coeficiente de variación de fabricación y de la desviación de caudal 40,24 €
b)
Curva caudal-presión 80,50 €
T751 Tasa del Panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen de la Región de Murcia
Por cada análisis organoléptico de aceite de oliva virgen: 21,54 €
T760 Tasa por expedición de licencias de pesca marítima de recreo y Carné de Mariscador
1)
Licencia de pesca marítima de recreo desde tierra: 9,70 €
2)
Licencia de pesca marítima de recreo desde embarcación: 38,80 €
3)
Licencia de pesca marítima de recreo submarina 9,70 €
4)
Licencia de pesca marítima recreativa colectiva:

a)
Embarcaciones con menos de 15 personas: 145,50 €
b)
Embarcaciones con 15 o más personas 242,50 €
5)
Carnet de Mariscador 8,05 €
6)
Duplicado de licencias por pérdida o subtracción 7,20 €
T761 Tasa por concesiones o autorizaciones para instalaciones de explotación de cultivos marinos o por la realización de comprobaciones e inspecciones reglamentarias en las mismas.
1)
Tramitación de expedientes, por cada expediente 80,51 €
2)
Por autorizaciones o concesiones:

a)
Instalaciones cuyo valor de la inversión proyectada sea inferior a 6010,12€, por cada autorización 52,84 €
b)
En los demás casos, se percibirá la cuota anterior incrementada en un uno por mil sobre el exceso de valor de 6010,12€.
3)
Por comprobaciones e inspecciones, por cada actuación realizada 64,34 €
T762 Tasa por autorización de inmersión en la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas y de Cabo Tiñoso
Por cada autorización, por buceador e inmersión 3,56 €
T770 Tasa por gestión de servicios en materia de agricultura ecológica
Las cuantías a percibir, en función de los distintos hechos imponibles son las siguientes:

1)
Inclusión en el listado de operadores de agricultura ecológica o protección integrada de los cultivos:

a)
Fincas. No estará sujeta a la tasa cuando la ampliación de parcelas se realice en el momento de la renovación anual, 279,40 €
b)
Industrias 418,06 €
2)
Renovación anual de la inclusión en el listado de operadores:

a)
Fincas 279,40 €
b)
Industrias 418,06 €
3)
Autorización de inclusión de distintivo de agricultura ecológica en cada modelo de etiqueta comercial 25,59 €
4)
Realización de inspecciones a solicitud del operador:

a)
Fincas, por cada inspección 279,40 €
b)
Industrias, por cada inspección 257,14 €
5)
Expedición y comprobación de volantes de circulación de mercancías, por cada talonario 10,22 €
6)
Expedición y comprobación de declaraciones de movimiento de mercancías, por cada dos talonarios 24,81 €
T780 Tasa por actuaciones administrativas relativas a las Sociedades Agrarias de Transformación (S.A.T.)
La tasa se exigirá con arreglo a las siguientes cuotas:

1)
Por el reconocimiento de la constitución e inscripción en el Registro de SAT 274,75 €
2)
Por la inscripción de la disolución de la SAT 91,31 €
3)
Por la inscripción de la cancelación, sin disolución 91,31 €
4)
Por la inscripción de la cancelación con disolución de la SAT 140,08 €
5)
Por otras inscripciones en el Registro SAT 29,88 €
6)
Por certificación de datos registrales, por certificado 45,78 €
7)
Por diligenciado de documentos, por diligencia 16,78 €
GRUPO 8.- TASAS EN MATERIA DE SANIDAD
T810 Tasa por actuaciones administrativas de carácter sanitario
La cuantía de la tasa será la que se expresa para cada una de las actuaciones administrativas que a continuación se relacionan:
1)
INSPECCIÓN Y CONTROL DE OBRAS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN O REFORMA.
a)
Por el estudio e informe de cada proyecto antes de autorizar las obras 81,88 €
b)
Por la comprobación de la obra terminada y emisión del informe previo a la autorización de su funcionamiento: 0,53 por mil del importe del presupuesto total (IVA excluido), con un límite máximo de 163,84 €
2)
INSPECCIÓN Y CONTROL SANITARIO DE ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS, PÚBLICOS Y ALIMENTARIOS, CON REPERCUSIÓN EN LA SALUD PÚBLICA Y AGROALIMENTARIOS, INCLUIDA LA EMISIÓN DE INFORME Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO, CUANDO PROCEDA
A)
INSPECCIÓN Y CONTROL SANITARIO DE CENTROS O SERVICIOS SANITARIOS:
1.-
CENTROS HOSPITALES (CENTROS CON INTERNAMIENTO)
1.
Hospitales Generales 171,45 €
2.
Hospitales Especializados 171,45 €
3.
Hospitales de media y larga estancia 171,45 €
4.
Hospitales de salud mental y tratamiento de toxicomanías 171,45 €
5.
Otros centros de internamiento 171,45 €
Las anteriores cuotas se liquidarán por cada servicio sanitario que sea objeto de las actuaciones administrativas de inspección y control, con un máximo de 1.500 € por cada centro
PROVEEDORES DE ASISTENCIA SANITARIA SIN INTERNAMIENTO


6.
Consulta Médicas 285,75 €
7.
Consultas de otros profesionales sanitarios 285,75 €
CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA


8.
Centros de Salud 571,51 €
9.
Consultorios de atención primaria 285,75 €
CENTROS POLIVALENTES 114,30 €
La cuota anterior se liquidará por cada servicio sanitario que sea objeto de las actuaciones administrativas de inspección y control, con un máximo de 1.000 € por cada centro
CENTROS ESPECIALIZADOS


10.
Clínicas Dentales 457,20 €
11.
Centros de Reproducción humana asistida 457,20 €
12.
Centros de interrupción voluntaria del embarazo 457,20 €
13.
Centros de cirugía mayor ambulatoria 457,20 €
14.
Centros de diálisis 457,20 €
15.
Centros de diagnóstico 457,20 €
16.
Centros móviles de asistencia sanitaria 457,20 €
17.
Centros de transfusión 457,20 €
18.
Bancos de tejidos 457,20 €
19.
Centros de reconocimiento médico 457,20 €
20.
Centros de salud mental 457,20 €
21.
Otros centros especializados 457,20 €
22.
Otros proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento 285,75 €
23.
Servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria 285,75 €
2.-
ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS
1.
Ópticas 314,32 €
2.
Ortopedias 314,32 €
3.
Establecimientos de audioprótesis 314,32 €
4.
Oficinas de Farmacia 314,32 €
3.-
OFERTA ASISTENCIAL
1.
Servicio sanitario en centros con internamiento, por servicio 171,45 €
2.
Servicio sanitario sin internamiento, por servicio 114,30 €
3.
Depósitos de medicamentos 171,45 €
4.-
CERTIFICACIONES TÉCNICO SANITARIAS DE TRANSPORTE SANITARIO
1.
Ambulancia Colectiva 34,29 €
2.
Ambulancia No Asistencial 57,16 €
3.
Ambulancia Asistencial 91,44 €
4.
Ambulancia con Soporte Vital Avanzado 114,30 €
5.-
OTROS
1.
Almacenes de distribución de medicamentos 314,32 €
B)
INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS:
CENTROS DE TRANSPORTE:

1.
Estaciones de autobuses, ferrocarriles, aeródromos y análogos 89,87 €
2.
Estaciones de ferrocarril 89,87 €
3.
Aeropuertos 89,87 €
HOTELES, HOSTALES, PENSIONES, FONDAS Y CASAS DE HUÉSPEDES


4.
Hoteles de cinco y cuatro estrellas 89,87 €
5.
Hoteles de tres, dos y una estrella 44,84 €
6.
Hostales y pensiones 44,84 €
7.
Fondas y casas de huéspedes 22,43 €
8.
Establecimientos de enseñanza 33,70 €
9.
Establecimientos de cuidados personales (peluquerías, institutos de belleza, etc.,) 44,84 €
10.
Cinematógrafos, salas de teatro y conciertos 67,37 €
11.
Centros de actividades deportivas (tenis, frontones, piscinas, gimnasios y otros) 67,37 €
12.
Discotecas, salas de fiesta y bares musicales 67,37 €
13.
Casinos y salas de juego 67,37 €
14.
Otros establecimientos n.c.o.p. 67,37 €
C)
INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS:
1.
Industrias de productos alimenticios y bebidas 112,31 €
2.
Comercio al por mayor y almacenamiento de productos alimenticios y bebidas 112,31 €
3.
Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas 44,84 €
4.
Comedores colectivos: (Restaurantes, salas de comida, bares, cafés, etc.) 44,84 €
5.
Autorización, inspección y control de entidades para impartir formación de carácter sanitario. 43,97 €
6.
Notificación inicial de producto alimenticio: 110,00 €
7.
Modidificación notificación de producto alimenticio 57,00 €
8.
Otros establecimientos n.c.o.p. 44,84 €
D)
INSPECCIÓN Y CONTROL EN ESTABLECIMIENTOS CON REPERCUSIÓN EN SALUD AMBIENTAL:
1.
Establecimientos biocidas y servicios biocidas en instalaciones fijas de tratamiento: 106,71 €
2.
Fabricantes, importadores, usuarios intermedios y distribuidores que comercializan productos químicos: 106,71 €
3.
Establecimientos e infraestructuras relacionados con las aguas de abastecimientos público: 106,71 €
4.
Balnearios, baños termales, spa´s, establecimientos de talasoterapia y de aplicación de peloides, piscinas y otros: 106,71 €
5.
Establecimientos con riesgo de producir legionelosis 106,71 €
6.
Establecimientos e infraestructuras relacionadas con la reutilización de aguas residuales depuradas 106,71 €
7.
Establecimientos relacionados con radiaciones no ionizantes, como centros de bronceado y otros : 106,71 €
8.
Establecimientos productores de residuos sanitarios: 106,71 €
9.
Otros establecimientos no contemplados en puntos anteriores: 106,71 €
E)
INSPECCIÓN Y CONTROL DE LABORATORIOS DE SALUD PÚBLICA Y AGROALIMENTARIOS PARA AUTORIZACIÓN Y/O RECONOCIMIENTO DE LA ACREDITACIÓN
Laboratorios de Salud Pública y Agroalimentarios: 129,51 €
3)
SUMINISTRO DE LIBROS DE REGISTRO OFICIALES, MONOGRAFÍAS Y CARNETS O CERTIFICADOS DE TIPO SANITARIO.
a)
Expedición de carnet o certificado por realización cursos de de tipo sanitario (cuidador de piscinas, aplicador de plaguicidas, etc.) 6,85 €
b)
Derechos de examen para la obtención de carné de aprovechamiento de cursos de tipo sanitario: 11,34 €
c)
Libros de Registros Oficiales diligenciados: 17,35 €
d)
Monografías Sanitarias y de Sanidad Ambiental y otros manuales 9,71 €
e)
Expedición de certificado de libre venta de productos alimenticios: 15,00 €
f)
Expedición de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios: 15,00 €
T811 Tasa relativa a la instalación, traslado, transmisión de oficinas de farmacia y otros expedientes relativos a oficinas de farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos, servicios farmacéuticos, almacenes de distribución y laboratorios y centros de control y/o desarrollo de medicamentos.
1)
Expedientes relativos a que tengan por objeto la instalación de nueva apertura, designación o traslado de local de oficinas de farmacia:

a)
Solicitud de autorización de nueva apertura de oficina de farmacia en una Zona de Salud o, en su caso, farmacéutica, o que acumule instancia a una solicitud de apertura previamente formulada, por cada expediente 257,55 €
b)
Adjudicación de oficina de farmacia en relación al concurso de méritos celebrado a tal efecto, cuando sea procedente la apertura y en concepto de designación de local 309,06 €
c)
Expediente de traslado o de modificación de local con alteración del lugar de acceso del público de la oficina de farmacia, por cada expediente 515,10 €
d)
Personación, para oponerse, en un expediente incoado para la autorización de nueva apertura, designación, traslado o modificación de local 103,02 €
2)
Por los expedientes relativos a la transmisión de una oficina de farmacia, incluidos los relativos a la constitución o disolución del régimen de copropiedad.
a)
Por la incoación y tramitación de un expediente a instancia del titular o titulares de la oficina de farmacia, por expediente 515,10 €
b)
Por cada personación en el expediente 103,02 €
3)
Otros expedientes relativos a oficinas de farmacia:.
a)
Por la inspección-informe sobre condiciones de los locales, instalaciones y utillaje para la autorización de apertura o el traslado de oficina de farmacia 56,66 €
b)
Autorización de cierre 123,62 €
c)
Modificaciones del local que supongan cambios en su estructura 82,42 €
d)
Cambio de titularidad 164,83 €
e)
Por la toma de posesión del farmacéutico o farmacéutica titular, de quien la regenta, sustituto o sustituta o del copropietario o copropietaria 41,21 €
f)
Acreditación de actividades sometidas a Buenas Prácticas 206,04 €
g)
Solicitud de autorización de carteles indicadores de la oficina de farmacia 103,02 €
h)
Solicitud de autorización de la cruz adicional de una oficina de farmacia 103,02 €
i)
Autorización de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales a terceros 412,08 €
j)
Por solicitud de certificado de acreditación de nivel para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales 103,02 €
4)
Expedientes relativos a botiquines, depósitos de medicamentos, servicios farmacéuticos y almacenes de distribución:

a)
Autorización de instalación de botiquín 309,06 €
b)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión en el cargo
de Farmacéutico titular y responsable del botiquín 56,66 €
c)
Autorización de instalación de depósito de medicamento 206,04 €
d)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión en el cargo del Farmacéutico titular y responsable del depósito 56,66 €
e)
Autorización de cierre 82,42 €
5)
Expedientes relativos a servicios farmacéuticos de establecimientos comerciales detallistas y botiquines de urgencia como establecimientos de dispensación de medicamentos veterinarios, incluidas las premezclas medicamentosas:

a)
Instrucción de los expedientes de autorización e inscripción, modificación de establecimientos detallistas como establecimientos de dispensación de medicamentos veterinarios, incluidas las premezclas medicamentosas 257,55 €
b)
Instrucción de los expedientes de autorización e inscripción, modificación de botiquines de urgencia como establecimientos de dispensación de medicamentos veterinarios, incluidas las premezclas medicamentosas 154,53 €
c)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión en el cargo de Farmacéutico responsable 41,21 €
6)
Expedientes relativos a servicios farmacéuticos de hospitales:

a)
Autorización de instalación y apertura 309,06 €
b)
Autorización de modificación de locales 154,53 €
c)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del Farmacéutico/a responsable 41,21 €
7)
Expedientes relativos a almacenes de distribución de medicamentos de uso humano y de uso veterinario:

a)
Autorización de instalación, apertura o traslados 515,10 €
b)
Autorización de modificación de locales 123,62 €
c)
Autorización de cambios de titularidad 164,83 €
d)
Por la toma de posesión del director o directora técnico o del director o directora técnico suplente de un almacén de distribución 123,62 €
e)
Nombramiento de Farmacéuticos adicionales 41,21 €
f)
Inspección y verificación de las Buenas Prácticas de Distribución, por cada día empleado 309,06 €
g)
Emisión de certificado de Buenas Prácticas de Distribución 103,02 €
8)
Expedientes relativos a la Industria farmacéutica
a)
Comprobación del cumplimiento de las normas de fabricación correcta de principios activos farmacéuticos (por día) 577,43 €
b)
Emisión del certificado de cumplimiento de las normas de fabricación correcta de principios activos farmacéuticos 106,63 €
c)
Comprobación del cumplimiento de las normas de correcta fabricación de medicamentos (por día) 577,43 €
d)
Emisión del certificado de cumplimiento de las normas de correcta fabricación de medicamentos. 106,63 €
e)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de muestras reglamentarias de especialidades farmacéuticas o de materias primas y productos intermedios empleados en la fabricación de medicamentos 309,06 €
9)
Expedientes relativos a Laboratorios, centros de control y/o desarrollo de medicamentos:

a)
Verificación del cumplimiento de las buenas prácticas de laboratorio (BPL) de un laboratorio que hace estudios no clínicos sobre medicamentos o productos cosméticos:

a.1.-
Inscripción del laboratorio en el programa de verificación del cumplimiento de buenas prácticas de laboratorio (BPL), y visita de preinscripción 290,98 €
a.2.-
Inspección del laboratorio para verificar el cumplimiento de buenas prácticas de laboratorio (BPL), por día 477,13 €
a.3.-
Inspecciones ulteriores periódicas para evaluar el cumplimiento de las buenas prácticas de laboratorio (BPL), por día 477,13 €
b)
Inspección para la verificación del cumplimiento de las buenas prácticas de laboratorio en la realización de estudios no clínicos con medicamentos y productos cosméticos, por la inspección, por el otorgamiento de la certificación de evaluación de conformidad del estudio verificado (por día) 477,13 €
10)
Expedientes relativos a cosméticos, productos de higiene personal, similares y afines:

a)
Inspección y verificación de cumplimiento de normativa, por cada día empleado 206,04 €
b)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de muestras reglamentarias 154,53 €
c)
Expedición del Certificado de cumplimiento de normativa de cosméticos y/o sistema de garantía de calidad de estos productos 103,02 €
11)
Otras actuaciones:

a)
Emisión de informes, a petición del interesado, sobre centros y productos farmacéuticos 309,06 €
b)
Servicios y actuaciones inherentes a la toma de posesión del responsable de unidad de radiofarmacia no dependiente de servicio de farmacia de centro hospitalario 103,02 €
c)
Autorización de difusión de mensajes publicitarios de especialidades farmacéuticas 1. 442,28 €
T812 Tasa por otorgamiento de licencia previa para fabricación de productos sanitarios a medida
La cuantía de la tasa será la que se expresa para cada una de las actuaciones administrativas que a continuación se relacionan:

1)
Procedimiento de licencia previa de funcionamiento de establecimientos de fabricación de productos sanitarios a medida. Cuantía de la cuota: 707,57 €
2)
Procedimiento de modificación de la licencia previa de funcionamiento de establecimientos fabricantes de productos sanitarios a medida en lo referente a su emplazamiento. Cuantía de la cuota: 707,57 €
3)
Procedimiento de modificación de la licencia previa de funcionamiento de establecimientos fabricantes de productos sanitarios a medida. Cuantía de la cuota: 167,66 €
4)
Procedimiento de revalidación de la licencia de establecimientos de fabricación de productos sanitarios a medida. Cuantía de la cuota: 510,16 €
T813 Tasa por evaluación e informe en procedimientos de autorización de estudios post-autorización observacionales con medicamentos. de estudios post-autorización observacionales con medicamentos.
a)
Por cada autorización de estudios post-autorización observacionales con medicamentos 566,61 €
b)
Por evaluación e informe en procedimientos de autorización de modificaciones relevantes y ampliación del número de centros participantes en estudios post-autorización observacionales con medicamentos 463,59 €
T814 Tasa por autorización para traslado de restos mortales
La cuantía de la tasa por cada solicitud de autorización será de 13,98 €
T815 Tasa relativa a Comités Éticos de Investigación clínica y por
evaluación y emisión de dictámenes de ensayos clínicos con medicamentos
a)
Por acreditación de Comité Ético de Investigación Clínica 515,10 €
b)
Reacreditación de Comité Ético de Investigación Clínica 412,08 €
c)
Por protocolo de ensayo clínico presentado a evaluación 669,63 €
d)
Por enmienda relevante del protocolo aprobado 360,57 €
e)
Por inspección y verificación de cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas, por día empleado:412,08 €
T816 Tasa por acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias
Por cada solicitud 97,97 €
T820 Tasa por inspecciones y controles sanitarios de animales y sus productos.
ARTÍCULO 6 DE LA T820
Las cuotas a percibir serán las siguientes:


a)
Sacrificio de animales. Por las actuaciones en matadero de inspección y control sanitario anterior y posterior al sacrificio, control documental, marcado sanitario de las canales y control sanitario de determinadas sustancias y sus residuos, se aplicarán, en relación a cada animal sacrificado, las siguientes cuotas:

1º)
Bovino

i.
Bovino igual o mayor de 24 meses o reproductor: 5,38 €
Por investigación de residuos 0,39 €
ii.
Bovino menor de 24 meses: 2,15 €
Por investigación de residuos 0,25 €
iii.
Bovino campaña de saneamiento: 9,99 €
Investigación de residuos + programa nacional de erradicación de enfermedades de los animales 1,39 €
2º)
Solípedo equino 3,23 €
Por investigación de residuos 0,22 €
3º)
Porcino

i.
Porcino de 25 kg o más en canal: por animal. 1,08 €
Por investigación de residuos 0,113322 €
Porcino de menos de 25 kg en canal: por animal. 0,54 €
Por investigación de residuos 0,030906 €
4º)
Ovino, cabrio y otros rumiantes:

i.
Ovino, caprino y otros rumiantes con peso superior o igual a 20
kg/canal o reproductor: 0,28 €
Por investigación de residuos 0,030906 €
ii.
Ovino, cabrío y otros rumiantes de entre de 12 y 20 kg: por animal. 0,19 € Por investigación de residuos 0,018300 €
iii.
Ovino, caprino y otros rumiantes de cebo con peso inferior a 12 kg: 0,164832 € Por investigación de residuos 0,009694 €
iv.
Ovino, caprino campaña de saneamiento: 2,53 € Investigación de residuos + programa nacional de erradicación de enfermedades de los animales 0,530906 €
5º)
Aves de corral y conejos

i.
Pájaros del género «Gallus» y pintadas: por animal. 0,005386 €
Por investigación de residuos 0,001078 €
ii.
Patos y ocas: por animal. 0,010771 €
Por investigación de residuos 0,002154 €
iii.
Pavo: euros por animal. 0,026928 €
Por investigación de residuos 0,002154 €
iv.
Conejo de granja: por animal. 0,005386 €
Por investigación de residuos 0,001078 €
b)
Despiece de canales. Por la inspección y control sanitario del despiece de canales, control documental de las operaciones realizadas, marcado sanitario de las piezas obtenidas y, en su caso, controles sanitarios de determinadas sustancias y sus residuos. A este efecto, se toma como referencia el peso real de la carne antes de despedazar, incluidos los huesos. El importe se determina para cada tonelada de carne en:

1º)
Bovino, porcino, solípedo equino, ovino y caprino: 2,15 €
2º)
Aves de corral y conejos de granja: 1,62 €
3º)
Caza silvestre y de cría:

i.
Caza menor de pluma y pelo: 1,62 €
ii.
Ratites (avestruz, emú y ñandú): 3,23 €
iii.
Jabalí y rumiantes: 2,15 €
c)
Transformación de la caza y salas de tratamiento de reses de lidia.
Para los controles hechos en estas instalaciones se aplicarán las siguientes cuotas:


1º)
Caza menor de pluma: por animal 0,005386 €
2º)
Caza menor de pelo: por animal 0,010771 €
3º)
Ratites (avestruz, emú y ñandú): por animal 0,54 €
4º)
Mamíferos terrestres:

i.
Jabalíes: por animal 1,62 €
ii.
Rumiantes: por animal 0,54 €
5º)
Lidia (becerros, novillos y toros): por animal 16,88 €
d)
Operaciones de almacenamiento. Para el control de estas operaciones la cuota se determinará en función del número de toneladas sometidas a las operaciones de control de almacenamiento, aplicándose, al efecto, la tarifa de por tonelada. 0,54 €
e)
Productos de la pesca y acuicultura. Por el control de determinadas sustancias y residuos en productos de pesca y acuicultura, se percibirá una cuota de 0,123780 € por tonelada. 0,123780 €
f)
Leche y productos lácteos, huevos, ovoproductos y miel. Por el control e investigación de sustancias y residuos en la leche y productos lácteos, huevos y ovoproductos y miel, se percibirá una cuota de por cada mil litros de leche cruda utilizada como materia prima o por cada tonelada en los demás casos. 0,024756 €
2.
La cuota por las operaciones de control sanitario de determinadas sustancias y la investigación de residuos en animales vivos destinados al sacrificio y de las carnes a que se refiere el apartado anterior, practicadas según los métodos de análisis establecidos por la normativa sanitaria relativa a la materia dictadas por el Estado o consideradas de obligado cumplimiento en virtud de normas de la Unión Europea, incluye: los costes derivados del control sanitario de determinadas sustancias, la investigación de residuos en los animales vivos y, en el caso de animales procedentes de campaña de saneamiento el proceso de toma de muestras, en cumplimiento del Programa Nacional de Control y Erradicación de las Enfermedades de los Animales.
T830 Tasa del Laboratorio Regional de Salud
La cuantía de la tasa será la suma de los parámetros que se analicen, según la siguiente relación:

1.-
Identificación y/o cuantificación de una sustancia por CG-FID/NPD/FPD/ECD (por analito o grupo de analitos) 105,08 €
2.-
Identificación y/o cuantificación de una sustancia por CG-SM (por analito o grupo de analitos) 210,16 €
3.-
Identificación y/o cuantificación de zoosanitarios por CL-SM (por analito o grupo de analitos) 472,86 €
4.-
Identificación y/o cuantificación de contaminantes/aditivos por CL-SM (por analito o grupo de analitos) 288,97 €
5.-
Identificación y/o cuantificación de una sustancia por CL-DAD/FLD (por analito o grupo de analitos) 157,62 €
6.-
Análisis de elementos por espectroscopia atómica (por cada elemento) 25,22 €
7.-
Análisis de mercurio mediante analizador directo 47,29 €
8.-
Análisis de iones por Cromatografía Iónica (por grupo) 63,04 €
9.-
Análisis por espectroscopia UV-VIS (por cada determinación) 21,02 €
10.-
Análisis consistentes en medidas directas, reacciones cualitativaso cálculos aritméticos (por cada muestra) 12,60 €
11.-
Identificación y/o cuantificación de una sustancia mediante técnicas no instrumentales 21,02 €
12.-
Identificación y/o cuantificación de una sustancia mediante técnicas instrumentales sencillas 21,02 €
13.-
Determinación de una sustancia mediante kits específicos (por análisis enzimático, radioinmunoensayo, …) 52,54 €
14.-
Prueba microbiológica de cribado de inhibidores de crecimiento microbiano 15,77 €
15.-
Aislamiento e identificación de microorganismos (por especie) 26,27 €
16.-
Recuento de microorganismos (por especie) 26,27 €
17.-
Detección de Legionella spp con identificación y serotipo de L.pneumophyla 52,54 €
18.-
Recuento de Legionella spp con identificación y serotipo de L.pneumophyla78,81 €
19.-
Análisis microbiológico por PCR 78,81 €
20.-
Detección de enterotoxinas 47,29 €
21.-
Análisis de detección e identificación de OMGs por PCR 63,04 €
22.-
Análisis cuantitativo por PCR a tiempo real 231,18 €
23.-
Análisis genérico de aguas 73,56 €
A las determinaciones no especificadas se les aplicará la tasa correspondiente al análisis de un parámetro o técnica analítica de características similares.
T840 Tasa del Centro de Bioquímica y Genética Clínica
Se percibirán las cuotas siguientes según tipo de análisis odeterminación:
1)
UNIDAD TÉCNICA DE METABOLOPATIAS
A)
Trastornos del metabolismo intermediario. Estudios iniciales:
Aminoacidopatías. Organicoacidurias. Defectos de la beta-oxidación.
Defectos de la cadena respiratoria mitocondrial. Defectos de ciclo de la urea: hiperamonemias. Déficit de biotinidasa. Galactosemia.
Alteraciones metabolismo purinas.
Aminoácidos (intercambio iónico) 91,01 €
Ácidos orgánicos (gases-masas) 121,36 €
Alfa-cetoácidos (gases–masas) 121,36 €
Ácidos grasos totales (espectrofotometría) 113,77 €
Ácidos grasos (gases-masas) 121,36 €
Carnitina total y libre (radioenzimático) 75,84 €
Piruvato/Lactato (enzimático) 45,51 €
beta-hidroxi-butirato /acetoacetato (enzimático) 45,51 €
Ácido orótico (espectrofotometría) 30,33 €
Déficit de biotinidasa
a)
cualitativo 15,17 €
b)
cuantitativo 30,33 €
Galactosa Uridil 1P transferasa 60,66 €
Azúcares reductores (cromatografía) 45,51 €
Alteraciones del metabolismo purinas (masas, enzimático) 45,51 €
B)
Detección precoz neonatal de metabolopatías
a)
Detección precoz de aminoacidopatías (PKU) (cromatografía capa fina) 8,18 €
b)
Detección precoz de hipotiroidismo congénito primario (RIA, FIA,) 9,66 €
C)
Enfermedades lisosomales. Estudios iniciales mucopolisacáridos (espectrofotometría) 22,76 €
glucosaminoglucanos (electroforesis) 68,26 €
Oligosacáridos (cromatografía) 68,26 €
D)
Monitorización de los pacientes detectados

a)
Aminoacidurias 44,62 €
b)
Organicoacidurias 59,47 €
UNIDAD TÉCNICA DE GENÉTICA HUMANA (CITOGENÉTICA)
Cariotipo en sangre 151,68 €
Cariotipo en piel, gónadas, médula ósea 227,53 €
Cariotipo en líquido amniótico 348,90 €
Hibridación in situ fluorescente (FISH) 326,15 €
UNIDAD TÉCNICA DE GENÉTICA HUMANA (MOLECULAR)
Estudio combinado (citogenético-molecular) 227,53 €
Identificación de mutación definida 185,58 €
Síndrome X Frágil


a)
despistaje/test de exclusión 185,58 €
b)
análisis de mutación (sólo cuando esté indicado por despistaje) 334,06 €
c)
identificación de portadores 185,58 €
Prader-Willi/Angelman


a)
análisis de la metilación 296,93 €
b)
identificación parenteral 185,58 €
Fibrosis Quistica


a)
Estudio de mutaciones más frecuentes 228,90 €
b)
análisis indirecto por marcadores 228,90 €
c)
identificación de portadores 185,58 €
Distrofia Miotónica de Steinert


a)
despistaje/test de exclusión 185,58 €
b)
análisis de la mutación (sólo cuando esté indicado por despistaje) 334,06 €
Distrofia Muscular de Duchenne/Becker


a)
análisis de deleciones 309,30 €
b)
estudio familiar /portadores por marcadores 228,90 €
Determinación de alelos Apo E 185,58 €
Microdeleciones del cromosoma Y 247,44 €
Neoplasia endocrina múltiple tipo I (MEN 1)


a)
búsqueda de mutaciones en gen RET(DGGE) 804,19 €
b)
estudio portadores 185,58 €
Neoplasia endorcrina múltiple tipo II (MEN 2)


a)
búsqueda de mutaciones en gen RET(DGGE) 618,60 €
b)
estudio de portadores 185,58 €
Cáncer de colón hereditario no polipósico (HNPCC)


a)
búsqueda de mutaciones en 4 genes (DGGE) 1.299,08 €
b)
estudio de portadores 185,58 €
Otras Patologías


a)
estudio molecular simple 185,58 €
b)
estudio molecular múltiple 334,06 €
c)
estudio molecular complejo 1.113,49 €
Extracción de ADN y conservación 111,35 €
GENERAL
Consejo Genético 98,61 €
Consulta prenatal 75,84 €
T850 Tasa por inspecciones y controles sanitarios de los productos pesqueros destinados al consumo humano
1)
La cuotas tributarias correspondientes a las tasas previstas en la presente quedan establecidas del siguiente modo:

a)
La tasa correspondiente al control de producción, desembarque y primera puesta en el mercado, queda fijada, por tonelada de productos pesqueros, en: 1,08 €
Cuando se superen las 50 Toneladas: : 0,54 €
b)
La tasa relativa al control de preparación y/o transformación se percibirá por cada tonelada de productos pesqueros que entren en un establecimiento para proceder a su preparación y/o transformación de este tipo de productos, quedando fijada en 1,08 €
c)
La tasa exigible por el control de las operaciones de congelación, embalaje y almacenamiento, se percibirá por tonelada de productos pesqueros que entren en un establecimiento que proceda a la congelación, embalaje y almacenamiento, quedando fijada en: 0,54 €
Cuando se realicen únicamente operaciones de almacenamiento, la tasa por tonelada queda fijada en: 0,28 €
En el supuesto de que habiéndose devengado la tasa por control de congelación de un determinado centro, las operaciones de embalaje se lleven a cabo en centro distinto, pertenezca o no al mismo titular, no se exigirá tasa alguna por las inspecciones que se lleven a cabo en relación con este último concepto.
2)
El importe de la tasa contemplada en el apartado a) quedará reducido al 45%, es decir, gozará de una reducción del 55% del importe de la tasa, cuando las operaciones de control previstas en relación con la misma se vean facilitadas por alguna de las circunstancias siguientes:

a)
La clasificación de frescura.
b)
El calibrado efectuado con arreglo a los Reglamentos de la Unión Europea.
c)
El reconocimiento de conformidad con las normas aplicables.
d)
El agrupamiento de las operaciones de primera venta en una lonja de pescado.
e)
El agrupamiento de las operaciones de primera venta en un mercado al por mayor.
3)
El importe de la tasa correspondiente a los apartados b) y c) quedará reducido al 45%, es decir gozará de una reducción del 55%, cuando:

a)
Las operaciones gravadas se realicen en un establecimiento donde se efectúe también la primera venta o la transformación.
b)
Se trate de los establecimientos que tengan introducido el sistema de autocontrol previsto en el artículo 6 de la Directiva 91/493.
GRUPO 9.- TASAS EN MATERIA DE ENSEÑANZA Y EDUCACIÓN
T910 Tasa de los Centros Integrados de Formación y Experiencias
A efectos de la aplicación de las tarifas, el alojamiento incluye desayuno y la manutención incluye comida y cena y en los casos de tarifas referidas a días se entenderá que son días de prestación efectiva del servicio. La tasa se liquidará con arreglo al siguiente desglose:

1)
Por los servicios de capacitación:

a)
Con alojamiento y manutención en régimen de pensión completa, por alumno y día 8,44 €
b)
Con alojamiento y sin manutención, por alumno y día 2,81 €
c)
Con manutención y sin alojamiento, por alumno y día 5,64 €
d)
Sólo comida o sólo cena, por alumno y día 2,81 €
Cuando mediante enfermedad u otra causa justificada, los alumnos se ausenten del Centro por un período continuado superior a cinco días lectivos, la tasa dejará de girarse al partir de sexto día lectivo y siguientes, reanudándose al cómputo a efectos de liquidación desde el mismo día de incorporación del alumno.
Las diferencias producidas por la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se regularizarán en la liquidación correspondiente al mes natural siguiente.
2)
Por la prestación de servicios relativos a actividades formativas especializadas, distintas de las de capacitación:

a)
Con alojamiento y manutención en régimen de pensión completa, por alumno y día 11,27 €
b)
Con alojamiento y sin manutención, por alumno y día 5,64 €
c)
Con manutención y sin alojamiento, por alumno y día 8,44 €
d)
Sin alojamiento ni manutención, por alumno y día 2,81 €
3)
Por la prestación de servicios relativos a alojamiento y manutención en otras actividades previamente autorizadas por la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente.

a)
Con alojamiento y manutención en régimen de pensión completa: por persona y día. 32,49 €
b)
Con alojamiento y sin manutención: por persona y día. 17,01 €
c)
Con manutención y sin alojamiento: por persona y día. 15,47 €
d)
Sólo comida al mediodía: por persona y día. 9,29 €
e)
Sólo cena: por persona y día. 6,18 €
4)
Por la cesión temporal de uso de aulas, aulas técnicas, comedores, salón de actos y/o laboratorio de análisis organoléptico, por cada día

a)
Hasta 50 m2, jornada 27,78 €
b)
de 51 a 100 m2, jornada 43,43 €
c)
De 101 a 200 m2, jornada 70,86 €
d)
De más de 200 m2, jornada 131,32 €
A estos efectos se considera jornada y horario normal, hasta 8 horas diarias de uso de los locales, en el mismo horario que el establecido para el Centro. Fuera del horario normal y cuando sea precisa la asistencia de los empleados de los Centros, se percibirán además las cuotas complementarias establecidas en el artículo 16.2 de esta Ley.
T920 Tasa de la Escuela de Aeromodelismo
1)
Por matrícula:

a)
Alumnos menores de 18 años 12,93 €
b)
Alumnos mayores de 18 años 17,22 €
La cuota por matrícula se abonará el primer día de curso y será objeto de autoliquidación por parte de los sujetos pasivos.
2)
Por enseñanza: Por cada mes natural de duración del curso o fracción del mismo, se percibirán las cuotas siguientes:

a)
Alumnos menores de 18 años 12,93 €
b)
Alumnos mayores de 18 años 17,22 €
Las cuotas por enseñanza se girarán mediante liquidaciones anticipadas por períodos trimestrales o fracción, si el curso durase menos.
A efectos de aplicación de las cuotas, se tomarán en consideración los años cumplidos el último día hábil para realizar la solicitud de inscripción.
T930 Tasa por cesión temporal del uso del Centro Nacional de
Formación Profesional Ocupacional de Cartagena.
Se establece la siguiente tarifa fija por hora de cesión del uso de las instalaciones:


1.-
Aplicaciones Informáticas Polivalentes (60 m2) 19,29 €
2.-
Instrumentación Industrial 24,80 €
3.-
E. N.D. (Ultrasonidos, Corrientes Inducidas y Metalogafía) 24,80 €
4.-
Técnicas Auxiliares de Ingeniería 28,49 €
5.-
E. N.D (Líquidos Penetrantes y Partículas Magnéticas) 5,52 €
6.-
Plantas Piloto Operador Planta Química 24,82 €
7.-
Laboratorio de Análisis Químico y Físico-Químico: 27,83 €
8.-
Laboratorio de Análisis Microbiológico y Biotecnológico: 27,83 €
9.-
Laboratorio de Técnicas instrumentales de Análisis Químico. 25,32 €
10.-
Soldadura. 29,86 €
11.-
Técnicas Auxiliares de Ingeniería y de Planta Piloto para Operador de Planta Química. 25,32 €
12.-
E.N.D. (Radiografía y Gammagrafia Industrial) 36,56 €
13.-
Aplicaciones Informáticas Polivalentes (49,60 m2) 15,52 €
14.-
Polivalente 6,00 €
15.-
Mediateca 4,87 €
16.-
Idiomas 15,00 €
17.-
Aplicaciones Informáticas Polivalentes (46,30 m2) 14,48 €
18.-
Aplicaciones Informáticas Polivalentes (45,60 m2) 14,27 €
19.-
Salón de Actos 31,50 €
20.-
Taller y Laboratorio de Transformación de Polímeros: 33,66 €
T940 Tasa por la prestación del servicio público del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Región de Murcia:
Las cuantías a percibir, en función de los distintos hechos imponibles, serán las siguientes:
1)
TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
1.1.
Obras literarias y científicas 9,50 €
1.2.
Composiciones musicales con o sin letra 9,50 €
1.3.
Coreografías y pantomimas (grabación y de descripción del movimiento escénico) 9,50 €
1.4.
Obras cinematográficas y demás audiovisuales 23,78 €
1.5.
Escultura 9,50 €
1.6.
Dibujo y pintura 9,50 €
1.7.
Grabado y litografía 9,50 €
1.8.
Otras obras plásticas (aplicadas y no aplicadas) 21,41 €
1.9.
Tebeo y cómic 23,78 €
1.10.
Obra fotográfica (sin limitación de número) 35,67 €
1.11.
Proyectos, planos y diseños de arquitectura e ingeniería 59,45 €
1.12.
Maquetas 59,45 €
1.13.
Gráficos, mapas y diseños de topografía, geografía y ciencia 23,78 €
1.14.
Programas de ordenador 14,26 €
1.15.
Bases de datos 17,84 €
1.16.
Páginas web 17,84 €
1.17
Obras multimedia 29,73 €
1.18.
Otras creaciones intelectuales 23,78 €
2)
TRAMITACIÓN DE INSCRIPCIONES DE COLECCIONES DE OBRAS (inscripción de varias obras en un solo expediente)
2.1.
Colecciones de obras literarias, científicas o artísticas 11,90 €
2.2.
Colecciones de obras audiovisuales o fonográfica 89,18 €
2.3.
Colección de proyectos de ingeniería o arquitectura 178,38 €
2.4.
Colección obras informáticas (programas, bases de datos, páginas web, obras multimedia) 118,91 €
2.5.
Otras colecciones 59,45 €
3)
TRAMITACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE OTROS DERECHOS (CONEXOS O AFINES) DE PROPIEDAD INTELECTUAL
3.1.
Actuación de artista, intérprete o ejecutante. 47,57 €
3.2.
Producción de fonogramas y grabaciones audiovisuales 59,45 €
3.3.
Entidades de radiodifusión 71,36 €
3.4.
Meras fotografías 5,95 €
3.5.
Producciones editoriales 29,73 €
3.6.
Otros derechos conexos o afines distintos de los anteriores 35,67 €
4)
TRANSMISIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
4.1.
Transmisión de derechos de propiedad intelectual inter vivos 11,90 €
4.2.
Transmisión de derechos de propiedad intelectual mortis causa. 11,90 €
5)
ACTUACIONES DE PUBLICIDAD REGISTRAL
5.1.
Expedición de certificados positivos o negativos, por c/u 9,50 €
5.2.
Expedición de notas simples, positivas o negativas, por c/u 4,75 €
5.3.
Expedición de copia certificada de documentos en soporte papel, por cada página 4,75 €
5.4.
Expedición de copia certificada de documentos en soporte distinto al papel, por c/u 17,84 €
5.5.
Autenticación de firmas 5,95 €
6)
ANOTACIONES EN LOS EXPEDIENTES
6.1
Anotación preventiva 10,10 €
6.2
Cancelación de asientos 10,10 €
6.3
Modificación o traslado de asientos registrales 10,10 €
T950 Tasa por reproducción de imágenes digitales del Archivo General de la Región de Murcia
1.
Reproducción de imágenes:
Por cada copia a partir de imagen digital existente (de menos de 300 ppp): 0,15 €
Por cada imagen digital nueva a partir de un original inferior a A-3 (de menos de 300 ppp): 0,30 €
Por cada copia a partir de imagen digital existente en alta resolución (de 300 ppp o más): 3,03 €
Por cada imagen digital nueva a partir de un original inferior a A-3, en alta resolución (de 300 ppp o mas): 3,33 €
Por cada imagen digital nueva a partir de un original de tamaño igual o superior a A-3, en alta resolución (de 300 ppp o más): 5,00 €
2.
Si la reproducción se solicita en soporte físico, el importe anterior se verá incrementado con el coste del mismo en la siguiente cuantía:
CD- R (Unidad) 0,69 €
DVD (Unidad) 2,30 €
Papel A4 (Unidad) 0,11 €
T960 Tasa por convocatoria y realización de pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Deportivas y Artísticas de Régimen Especial.
Los sujetos pasivos deberán abonar las siguientes cantidades:

1.
Por la inscripción y realización de las pruebas de clasificación para el acceso al Nivel Básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. 5,37 €
2.
Por la inscripción y realización de las pruebas terminales específicas de certificación de las Enseñanzas de idiomas de Régimen especial. 37,69 €
3.
Por la solicitud de inscripción a las pruebas de deportivas de Grado medio. 16,15 €
4.
Por la inscripción a las pruebas Deportivas de Grado superior. 19,39 €
5.
Por la inscripción a las pruebas de específicas de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores sin requisitos académicos 19,39 €
T961 Tasa por matrícula en las Escuelas Oficiales de Idiomas
1.
Apertura del expediente académico 19,39 €
2.
Por primera matrícula en un idioma, por cada hora de docencia del curso: 0,72 €
3.
Por segunda o sucesivas matrículas, por cada hora de docencia del curso: 0,79 €
4.
Matrícula formativa sin prueba de certificación, por cada hora de docencia del curso: 0,40 €
T962 Tasa por matrícula en cursos de especialización y perfeccionamiento en las Escuelas Oficiales de Idiomas
Tasa por matrícula en las Escuelas Oficiales de Idiomas:

1.
Apertura del expediente académico. 19,39 €
2.
Matrícula en cursos de especialización y perfeccionamiento integrados en la oferta oficial del centro, curso de 60 horas. 56,09 €
3.
Matrícula en cursos de especialización y perfeccionamiento integrados en la oferta oficial del centro, por cada hora de docencia del curso. 0,98 €
4.
Matrícula en cursos de especialización y perfeccionamiento no integrados en la oferta oficial del centro, curso de 60 horas. 98,58 €
5.
Matrícula en cursos de especialización y perfeccionamiento no integrados en la oferta oficial del centro, por cada hora de docencia del curso. 1,65 €
T963 Tasa por la realización de convocatorias y pruebas de enseñanzas de Formación Profesional y de Educación de Personas Adultas
1.
Para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por cada solicitud. 16,15 €
2.
Para la obtención del título de Bachiller, por cada solicitud. 21,54 €
3.
Para el acceso a ciclos formativos de Grado medio de formación profesional, por cada solicitud. 16,15 €
4.
Para el acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional, por cada solicitud. 19,39 €
5.
Para la obtención del título de Técnico o de Técnico Superior, por cada solicitud. 71,08 €
6.
Para la obtención del título de Técnico o de Técnico Superior de formación profesional, por cada módulo profesional solicitado. 7,53 €
T964 Tasa por la participación en el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de competencias profesionales (PREAR) adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación
Por cada unidad de competencia en la que se solicite la participación. 21,54 €
T965 Tasa por inscripción y realización de las pruebas de conjunto en las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial
Por la inscripción y realización de la prueba de conjunto para la homologación de los entrenadores nacionales y regionales de fútbol y fútbol sala con los títulos de los Técnicos Deportivos. 88,60 €
T966 Tasa de apertura de expediente académico para las enseñanzas de Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música, Deportivas y Diseño
Apertura del expediente académico Enseñanzas de Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música, Deportivas y Diseño 19,01 €
PRECIOS PÚBLICOS
Denominación y descripción del Hecho Imponible
TARIFA COMÚN Cuota complementaria común a todos los precios públicos. (Art. 23.4 Texto Refundido Decreto Legislativo 1/2004):
A)
Por disposición y desplazamiento del servicio fuera del centro de trabajo:
Por cada salida y empleado público 59,95 €
B)
Por prestación del Servicio en horario y jornada extraordinarios

1)
En jornada no festiva y horario no nocturno. Por cada hora 18,15 €
2)
En jornada no festiva y horario nocturno. Por cada hora 20,77 €
3)
En jornada festiva y horario no nocturno. Por cada hora 20,64 €
4)
En jornada festiva y horario nocturno. Por cada hora 23,22 €
DECRETO 99/1993 Precios Públicos por VENTA DE PRODUCTOS EN GRANJA CINEGÉTICA. (Decreto 99/1993, de 28 de Junio, BORM de 12 de julio.)
1.- Ventas realizadas en julio:

a)
Perdiz, por ejemplar: 6,72 €
b)
Faisan, por ejemplar: 8,56 €
1.- Ventas realizadas en agosto:


a)
Perdiz, por ejemplar: 8,63 €
b)
Faisan, por ejemplar: 6,72 €
1.- Ventas realizadas en septiembre:


a)
Perdiz, por ejemplar: 12,96 €
b)
Faisan, por ejemplar: 7,68 €
1.- Ventas realizadas en octubre:


a)
Perdiz, por ejemplar: 14,34 €
b)
Faisan, por ejemplar: 8,16 €
1.- Ventas realizadas en noviembre:


a)
Perdiz, por ejemplar: 15,83 €
b)
Faisan, por ejemplar: 8,63 €
1.- Ventas realizadas en diciembre:


a)
Perdiz, por ejemplar: 16,79 €
b)
Faisan, por ejemplar: 9,13 €
1.- Ventas realizadas en enero:


a)
Perdiz, por ejemplar: 17,73 €
b)
Faisan, por ejemplar: 9,56 €
1.- Ventas realizadas en febrero:


a)
Perdiz, por ejemplar: 19,22 €
b)
Faisan, por ejemplar 10,50 €
DECRETO 101/1993 Precios Públicos por realización de FOTOCOPIAS en centros gestores. (Decreto 101/1993, de 28 de junio, BORM de 7 de julio.)
1.-
Por cada fotocopia en A-4: 0,09 €
2.-
Por cada fotocopia en A-3: 0,11 €
DECRETO 45/1996 Precios Públicos aplicable al ámbito de los centros cuya cobertura social corresponde al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) (Decreto 45/1996, de 19 de junio, BORM de 28 de junio)
Se aplicará de acuerdo con sus propias normas de desarrollo
DECRETO 46/1996 Precios Públicos aplicable al ámbito de los centros cuya cobertura social corresponde al ÁREA DE TIEMPO LIBRE del Instituto Murciano de Acción Social -IMAS- (Decreto 46/1996, de 19 de junio, BORM de 28 de junio)
Se aplicará de acuerdo con sus propias normas de desarrollo
DECRETO 208/2006 Precios Públicos por la utilización de los diferentes servicios qu se prestan en las ESCUELAS INFANTILES dependientes de la Comunidad Autónoma (Decreto 208/2006, de 13 de octubre, BORM de 27 de octubre)
Se aplicará de acuerdo con sus propias normas de desarrollo
ORDEN de 25 de julio de 2014 Precios Públicos a satisfacer por la prestación de SERVICIO ACADEMICOS UNIVERSITARIOS (ORDEN de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 25 de julio de 2014, BORM de 29 de julio)
Se aplicará de acuerdo con sus propias normas de desarrollo
ORDEN de 8 de abril de 2014 Precios Públicos para la realización de determinaciones analíticas, por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia (Orden de Consejería de Educación, Universidades y Empleo, de 8 de abril de 2014, BORM de 12 de abril)
PRESTACIÓN DE SERVICIO CONTROL AMBIENTAL
Espectrofotometría de Absorción Atómica
Preparación de filtro 12,48 €
Absorción atómica - Llama. Análisis 17,24 €
Absorción atómica - Cámara de grafito. Análisis 29,37 €
Absorción atómica - Generador de hidruros.Análisis 33,06 €
Cromatografía de gases/Espectrometría de masas
Cualitativo fracción volátil de materia prima (hasta 5 compuestos mayoritarios). Análisis 60,64 €
Cualitativo fracción tubo adsorbente (hasta 5 compuestos mayoritarios).Análisis50,94 €
Cuantitativo (1er compuesto). ATD/ GC. Análisis 83,36 €
Compuesto cuantificado adicional 14,49 €
Cromatografía de gases / FID
Cuantitativo (1er compuesto). Análisis 44,95 €
Compuesto cuantificado adicional 8,32 €
HPLC
Cuantitativo (1er compuesto). Análisis 52,56 €
Compuesto cuantificado adicional 8,32 €
Cromatografía Iónica
Cuantitativo aniones (primer compuesto). Análisis 40,99 €
Cuantitativo cationes (primer compuesto). Análisis 40,99 €
Compuesto cuantificado adicional 8,13 €
Microscopía óptica
Análisis (incluida la preparación del filtro) 47,69 €
Gravimetrías
Análisis (filtros pareados) 16,53 €
Análisis (Incluyendo pre-pesada) 16,53 €
Análisis (Incluyendo filtro pre-pesado) 20,32 €
CONTROL BIOLÓGICO
Espectrofotometría de Absorción Atómica 33,89 €
Absorción atómica - Cámara de grafito. Análisis 33,06 €
Cromatografía de gases / Espectrometría de masas
Cuantitativo. Análisis 83,37 €
Compuesto cuantificado adicional 14,49 €
HPLC
Cuantitativo. Análisis 43,32 €
Compuesto cuantificado adicional 8,32 €
Cromatografía Iónica
Cuantitativo aniones (primer compuesto). Análisis 36,07 €
Cuantitativo cationes (primer compuesto). Análisis 36,07 €
Compuesto cuantificado adicional 8,13 €
ORDEN 10 Octubre de 2007 Precios Públicos a aplicar en la RESIDENCIA PARA JOVENES de adscrita al Instituto de la Juventud de la Región de Murcia (Orden de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes de 10 de Octubre, BORM de 20 de octubre)
Estancias permanentes de mas de tres meses:
En apartamento doble por mes 240,36 €
En apartamento individual por mes 320,46 €
Por reserva 142,87 €
Fianza - una mensualidad
Estancias temporales de entre 1 y 3 meses:
En apartamento doble por mes 347,18 €
En apartamento individual por mes 427,30 €
Por reserva 142,87 €
Fianza - una mensualidad
Estancias temporales de menos de un mes:
En apartamento doble por día 26,71 €
En Habitación individual por día 32,04 €
ORDEN de 21 Precios Públicos por la prestación de servicios académicos de correspondientes a las ENSEÑANZAS DE REGIMEN ESPECIAL DE (Orden de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, de 21 de marzo de 2012, BORM de 2 de abril)
1.-
Enseñanzas Elementales de Música y/o Danza:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Curso completo, precio por asignatura 41,34 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, y la tercera un 50%.
2.-
Enseñanzas Profesionales de Música y/o Danza:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Curso completo, precio por asignatura 50,79 €
c)
Prueba de acceso 42,04 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
3.-
Enseñanzas Deportivas: Enseñanzas de técnico deportivo y técnico deportivo superior en fútbol y fútbol sala, baloncesto y balonmano:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Enseñanzas de primer nivel de ténico deportivo, por curso completo 195,45 €
c)
Enseñanzas de segundo nivel de técnico deportivo, por curso complet 315,24 €
d)
Enseñanzas de técnico deportivo superior por curso completo 420,32 €
e)
Grado Medio 1º nivel:
Bloque común completo 67,26 €
Bloque específico 51,49 €
Bloque complementario 10,50 €
Bloque formación práctica 67,26 €
Módulos primera matrícula 26,27 €
Prueba de acceso 42,04 €
f)
Grado Medio 2º nivel:
Bloque común completo 77,76 €
Bloque específico 138,70 €
Bloque complementario 15,77 €
Bloque formación práctica 81,96 €
Módulos primera matrícula 30,47 €
g)
Grado Superior:
Bloque común completo 79,86 €
Bloque específico 154,47 €
Bloque complementario 44,14 €
Bloque formación práctica 77,76 €
Proyecto final. 42,04 €
Módulos primera matrícula 40,99 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
4.-
Enseñanzas superiores de planes a extinguir:

1.-
Música y/o Arte Dramático:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Curso completo, precio por asignatura 54,66 €
c)
Derechos de examen de asignatura pendiente 62,12 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
2.-
Estudios superiores de Diseño:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Curso completo, precio por asignatura 39,32 €
c)
Derechos de examen de asignatura pendiente 54,66 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
5.-
Enseñanzas superiores conducentes a la obtención del título de Graduado en Enseñanzas Artísticas:

a)
Servicios Generales 8,50 €
b)
Grado en Música y/o Arte Dramático, por crédito 10,50 €
c)
Grado en Diseño, por crédito. 8,40 €
d)
Prueba de acceso. 42,04 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%.
6.-
Enseñanzas suepriores conducentes a la obtención del título de Master:

a)
Master en Música y/o Arte Dramático, por crédito. 21,02 €
b)
Master en Diseño, por crédito. 10,50 €
Sobre el precio de la primera matrícula de una asignatura, la segunda tendrá un recargo del 30%, la tercera y sucesivas un 50%. 16,82 €
ORDEN de 27 de de 4 de julio) Precios Públicos por la prestación de los servicios del SISTEMA DE AUTONOMIA Y ATENCION A LA DEPENDENCIA y del Sistema de Servicios Sociales con financiación Pública en la Comunidad junio de 2011 Autónoma de la Región de Murcia (Orden de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de 27 de junio de 2011, BORM
Se aplicará de acuerdo con sus propias normas de desarrollo.
ORDEN DE 17 DE Precios Públicos a satisfacer por la prestación de servicios por los MAYO DE 2007 centros dependientes del SERVICIO MURCIANO DE SALUD
A)
Asistencia Hospitalaria
Código Concepto
A.1.1
Estancia/ día Cama Observación de urgencias 285,75 €
A.1.2
Estancia/ día Hospital de día hospitalario (Excepto fármacos y dispositivos a precio de coste) 114,30 €
A.1.3
Estancia/ día unidad de hospitalización normal 601,22 €
A.1.4
Estancia/ día UCI-UVI- Unidades Coronarias 1.120,14 €
A.1.5
Estancias Obstétricas 604,70 €
A.1.6
Estancias Pediátricas y Neonatológicas 645,80 €
A.1.7
Estancias quirúrgicas, Ginecológicas y Quemados 728,00 €
Procedimientos quirófano
Código Concepto
CIE.9.MC.03.01 Extracción de cuerpo extraño del canal espinal 920,67 €
CIE.9.MC.03.93 Colocación o sustitución de neuroestimulador espinal 920,67 €
CIE.9.MC.03.94 Extracción de neuroestimulador espinal 920,67 €
CIE.9.MC.03.97 Revisión de derivación de teca espinal 3.696,91 €
CIE.9.MC.04.07 Escisiones avulsiones de nervios craneales y periféricos 1.955,66 €
CIE.9.MC.04.12 Biopsia abierta de nervio o ganglio craneal o periférico 1.955,66 €
CIE.9.MC.04.2 Destrucción de nervios craneales y periféricos 1.955,66 €
CIE.9.MC.04.42 Decomprensión de nervio trigémino 2.185,12 €
CIE.9.MC.04.43 Liberación de túnel carpiano 1.088,95 €
CIE.9.MC.04.44 Liberación de túnel tarsal 1.516,18 €
CIE.9.MC.04.49 Decomprensión de otros nervios periféricos 3.564,60 €
CIE.9.MC.06.12 Otra biopsia de glándula tiroides 1.252,25 €
CIE.9.MC.06.13 Biopsia de glándula paratiroides 1.252,25 €
CIE.9.MC.06.7 Escisión del conducto tirogloso 917,31 €
CIE.9.MC.08.XX Operación sobre párpados 976,74 €
CIE.9.MC.08.20 Eliminación de lesión de párpado, N. E. O. M. 852,76 €
CIE.9.MC.08.21 Escisión de chalacion 852,76 €
CIE.9.MC.09.4X Manipulación de conducto lagrimal 852,76 €
CIE.9.MC.09.6 Escisión de saco y conducto lagrimal 976,74 €
CIE.9.MC.09.8X Fistulización de tracto lagrimal hasta la cavidad nasal 976,74 €
CIE.9.MC.10.0 Extracción de conjuntiva de cuerpo extraño incrustado c/ i 1.162,35 €
CIE.9.MC.10.21 Biopsia de conjuntiva 852,76 €
CIE.9.MC.10.31 Excision de lesión o tejido de conjuntiva 976,75 €
CIE.9.MC.10.4X Conjuntivoplastia 976,74 €
CIE.9.MC.11.3X Escisión de pterigion 976,74 €
CIE.9.MC.11.6X Trasplante corneal 1.359,46 €
CIE.9.MC.11.61 Queratoplastia lamelar con autoinjerto 976,74 €
CIE.9.MC.11.62 Otra Queratoplastia lamelar 976,74 €
CIE.9.MC.11.7X Otra cirugía reconstructiva sobre córnea 976,74 €
CIE.9.MC.11.73 Queratoprótesis 1.359,46 €
CIE.9.MC.11.76 Epiqueratofaquia 1.359,46 €
CIE.9.MC.11.79 Otra cirugía reconstructiva sobre córnea NCOC 1.359,46 €
CIE.9.MC.11.9X Otras operaciones sobre córnea 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.1X Iridotomía e iridectomía simple (transfixion, escisión) 889,53 €
CIE.9.MC.12.3X Iridoplastia y coreoplastia 889,53 €
CIE.9.MC.12.39 Otra iridoplastia 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.4X Excisión o destrucción de lesión de iris y cuerpo ciliar 889,53 €
CIE.9.MC.12.43 Destrucción de lesión del cuerpo ciliar, no por excisión 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.44 Excisión de lesión de cuerpo ciliar 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.5X Facilitación de la circulación intraocular 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.55 Ciclodiálisis 889,53 €
CIE.9.MC.12.59 Otra facilitación de la circulación intraocular 889,53 €
CIE.9.MC.12.6X Fistulización escleral (termocauterizaicón, iridencliesis, trabeculectomía) 1. 359,46 €
Otros proced. para alivio presión intraocular (Ciclodiatermia, crioterapia)
CIE.9.MC.12.7X 889,53 €
CIE.9.MC.12.8X Operaciones sobre esclerótica 976,74 €
CIE.9.MC.12.82 Reparación de fístula escleral 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.83 Revisión de herida operatoria de segmento anterior, NCOC 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.85 Reparación de estafiloma escleral con injerto 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.86 Otra reparación de estafiloma escleral 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.91 Evacuación terapéutica de la cámara anterior 1.113,89 €
CIE.9.MC.12.93 Extirpación o destrucción de excrecencia descendente epitelial de cámara anterior 1. 359,46 €
CIE.9.MC.12.97 Otras operaciones sobre iris 889,53 €
CIE.9.MC.12.98 Otras operaciones sobre el cuerpo ciliar 1.359,46 €
CIE.9.MC.12.99 Otras operaciones sobre la cámara anterior 1.359,46 €
CIE.9.MC.13.XX Operaciones sobre cristalino 1.113,89 €
CIE.9.MC.14.2X Destrucción lesión retina y coroides (diatermia, crioterapia, fotocoagulación) 1. 241,25 €
CIE.9.MC.14.3X Reparación de desgarro retinal (fotocoagulación, crioterapia, etc.) 1.241,25 €
CIE.9.MC.14.4X Reparación de desprendimiento de retina con identación escleral 1.241,25 €
CIE.9.MC.14.5X Reparación de desprendimiento de retina con diatermia 1.241,25 €
CIE.9.MC.14.6 Extracción de material quirúrgicamente implantado del segmento posterior del ojo 976,74 €
CIE.9.MC.14.7X Operaciones sobre cuerpo vítreo 1.113,89 €
CIE.9.MC.14.9 Otras operaciones sobre retina, coroides y cámara posterior 1.241,25 €
CIE.9.MC.15.XX Operaciones sobre músculos estraoculares 976,74 €
CIE.9.MC.16.XX Operaciones sobre órbita y globo 2.110,12 €
CIE.9.MC.16.91 Inyección retrobulbar de agente terapéutico 962,81 €
CIE.9.MC.18.XX Operaciones sobre oído externo 910,61 €
CIE.9.MC.19.XX Operaciones reconstructivas sobre oído medio (estapedectomía, timpanoplastia) 910,61 €
CIE.9.MC.20.01 Miringotomía con inserción de tubo 983,33 €
CIE.9.MC.20.09 Otra miringotomía 909,54 €
CIE.9.MC.20.2X Incisión de mastoides y oído medio. Edad > 17 años 1.029,77 €
CIE.9.MC.20.32 Biopsia de oído medio e interno 910,61 €
CIE.9.MC.20.4X Mastoidectomía 1.029,77 €
CIE.9.MC.20.5X Excisión de oído medio 910,61 €
CIE.9.MC.20.95 Implante de prótesis auditiva electromagnética 910,61 €
CIE.9.MC.21.0X Control de epistaxis (ligadura arterias) 2.185,12 €
CIE.9.MC.21.22 Biopsia de nariz 910,62 €
CIE.9.MC.21.31 Excisión local o extirpación de lesión intranasal 910,62 €
CIE.9.MC.21.5 Resección submucosa del tabique nasal 910,61 €
CIE.9.MC.21.6X Turbinectomía (diatermia, criocirugía) 910,61 €
CIE.9.MC.21.71 Reducción cerrada de fractura nasal 661,17 €
CIE.9.MC.21.8X Operaciones de reparación y cirugía plástica sobre la pirámide nasal 1.090,02 €
CIE.9.MC.21.91 Lisis de adherencias de nariz 910,62 €
CIE.9.MC.21.99 Otra reparación sobre la nariz 960,65 €
CIE.9.MC.22.12 Biopsia de seno nasal abierta 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.3X Antrotomía maxilar 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.4X Sinusotomía frontal 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.5X Etmoidotomía 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.6X Sinusectomía 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.7X Reparación de seno maxilar 1.029,77 €
CIE.9.MC.22.9 Otras operaciones sobre senos nasales 1.029,77 €
CIE.9.MC.23.6 Implante dental protésico 970,59 €
CIE.9.MC.24.12 Biopsia de alvéolo 910,62 €
CIE.9.MC.24.5 Alveoloplastia 1.093,38 €
CIE.9.MC.25.5X Reparaciones de lengua y golosoplastia 1.093,38 €
CIE.9.MC.25.9X Otra operación sobre lengua NCOC 1.093,38 €
CIE.9.MC.26.12 Biopsia abierta de glándula o conducto salival 1.116,72 €
CIE.9.MC.26.2X Escisión lesión glándula salival 1.116,72 €
CIE.9.MC.26.3X Sialoadenectomía 1.228,36 €
CIE.9.MC.26.4X Reparación glándula salival 1.116,72 €
CIE.9.MC.27.XX Operaciones sobre nariz y boca 1.093,38 €
CIE.9.MC.28.XX Operaciones sobre amígdalas y adenoides 760,58 €
CIE.9.MC.29.0 Faringotomía 2.185,12 €
CIE.9.MC.29.12 Biopsia faríngea 909,54 €
CIE.9.MC.29.2 Excisión de quiste o vestigio de hendidura branquial 2.185,12 €
CIE.9.MC.29.3X Escisión o resección de lesión o tejido de faringe 2.651,30 €
CIE.9.MC.29.4 Operación plástica sobre faringe 2.185,12 €
CIE.9.MC.29.5X Otra reparación de faringe 2.185,12 €
CIE.9.MC.30.09 Otra excisión o destrucción de lesión o tejido de laringe 910,61 €
CIE.9.MC.31.3 Otra incisión de laringe o traquea 910,62 € Implante, revisión, sustitución y eliminación de electrodos marcapasos;
CIE.9.MC.37.7X implante de sistema de marcapasos temporal; o revisión de bolsa 3. 000,21 €
CIE.9.MC.37.8X Inserción, sustitución, extracción y revisión de aparatos marcapasos 2.888,57 €
CIE.9.MC.38.59 Ligadura y extirpación de venas varicosas de miembros inferiores 1.098,31 €
CIE.9.MC.38.89 Otra oclusión quirúrgica de venas de miembros inferiores 1.098,31 €
CIE.9.MC.39.2X Arteriovenostomía para diálisis renal 3.781,84 €
CIE.9.MC.39.4X Revisión de procedimiento vascular (derivación arteriovenosa diálisis) 3.781,84 €
CIE.9.MC.39.50 Angioplastia o aterectomía de vasos no coronarios 3.781,84 €
CIE.9.MC.39.53 Reparación de fístula arteriovenosa 3.781,84 €
CIE.9.MC.39.92 Inyección de agente esclerosante en vena 1.098,31 €
CIE.9.MC.39.93 Inserción de cánula de vaso a vaso 3.781,84 €
CIE.9.MC.39.94 Sustitución de cánula vaso a vaso 3.781,84 €
CIE.9.MC.40.21 Excisión de nódulo linfático cervical profundo 2.185,12 €
CIE.9.MC.40.22 Excisión de nódulo linfático mamario interno 1.243,40 €
CIE.9.MC.40.23 Excisión de nódulo linfático axilar 1.243,40 €
CIE.9.MC.40.24 Excisión de nódulo linfático inguinal 2.257,86 €
CIE.9.MC.40.29 Excisión simple de otra estructura linfática 1.955,66 €
CIE.9.MC.41.92 Inyección de médula ósea 2.359,59 €
CIE.9.MC.42.29 Otros procedimientos diagnósticos sobre esófago 843,92 €
CIE.9.MC.43.11 Gastrostomía percutánea endoscópica (PEG) 1.734,00 €
CIE.9.MC.44.44 Embolización transcatéter por hemorragia gástrica o duodenal 1.077,81 €
CIE.9.MC.44.49 Otro control de hemorragia de estómago o duodeno 1.077,81 €
CIE.9.MC.44.62 Cierre de gastrostomía 1.734,00 €
CIE.9.MC.45.11 Endoscopia transabdominal de intestino delgado 1.734,00 €
CIE.9.MC.45.21 Endoscopia transabdominal de intestino grueso 1.734,00 €
CIE.9.MC.46.31 Apertura retardada de otra enterostomía 1.962,38 €
CIE.9.MC.46.4X Revisión de estoma intestinal 779,50 €
CIE.9.MC.46.52 Cierre de estoma de intestino grueso 1.962,38 €
CIE.9.MC.48.35 Excisión local de lesión o tejido rectal 779,50 €
CIE.9.MC.48.8X Extirpación local o eliminación de tejido de ano 779,50 €
CIE.9.MC.48.9X Operaciones sobre recto y tejido perirectal 779,50 €
CIE.9.MC.49.XX Operaciones sobre ano 779,50 €
CIE.9.MC.51.2 Colecistectomia 2.006,93 €
CIE.9.MC.53.XX Reparación de hernia 888,34 €
CIE.9.MC.53.9 Otra reparación de hernia 1.217,23 €
CIE.9.MC.54.0 Incisión de pared abdominal 1.243,41 €
CIE.9.MC.54.21 Laparoscopia 1.004,55 €
CIE.9.MC.54.23 Biopsia de peritoneo 1.734,00 €
CIE.9.MC.54.4 Excisión o eliminación de tejido peritoneal 1.849,53 €
CIE.9.MC.54.51 Lisis laparoscópica de adherencias peritoneales 1.849,53 €
CIE.9.MC.54.6X Sutura de pared abdominal y peritoneo 1.162,35 €
CIE.9.MC.54.92 Extracción de cuerpo extraño de la cavidad peritoneal 3.781,85 €
CIE.9.MC.54.93 Creación de fístula cutaneoperitoneal 3.781,84 €
CIE.9.MC.55.03 Nefrostomía percutánea sin fragmentación 2.082,89 €
CIE.9.MC.55.04 Nefrostomía percutánea con fragmentación 2.082,89 €
CIE.9.MC.55.23 Biopsia cerrada percutánea [aguja] de riñón 1.249,57 €
CIE.9.MC.55.29 Otros procedimientos diagnósticos sobre el riñón 1.249,57 €
CIE.9.MC.55.82 Cierre de nefrostomía y pielostomía 2.082,88 €
CIE.9.MC.55.89 Otra reparación de riñón ncoc 2.082,89 €
CIE.9.MC.55.92 Aspiración percutánea de riñón (pelvis) 2.082,89 €
CIE.9.MC.55.93 Sustitución de tubo de nefrostomía 1.126,80 €
CIE.9.MC.55.94 Sustitución de tubo de pielostomía 1.126,80 €
CIE.9.MC.56.0 Extracción transuretral de obstrucción de uréter y pelvis renal 985,61 €
CIE.9.MC.56.1 Meatotomía ureteral 2.082,88 €
CIE.9.MC.56.2 Ureterotomía 2.082,88 €
CIE.9.MC.56.3X Procedimientos diagnósticos sobre uréter 2.082,88 €
CIE.9.MC.56.74 Ureteroneocistostomia 2.082,89 €
CIE.9.MC.56.86 Extracción de ligadura de uréter 2.082,88 €
CIE.9.MC.56.91 Dilatación del meato ureteral 726,10 €
CIE.9.MC.57.0 Drenaje transuretral vesical 985,62 €
CIE.9.MC.57.1X Cistotomía y cistostomía 1.920,67 €
CIE.9.MC.57.3X Procedimientos diagnósticos sobre vejiga 985,61 €
CIE.9.MC.57.4X Excisión o destrucción transuretral de tejido de vejiga 985,61 €
CIE.9.MC.57.82 Cierre de cistostomía 1.920,67 €
CIE.9.MC.57.84 Reparación de otra fístula de vejiga 2.771,28 €
CIE.9.MC.57.9X Operaciones sobre vejiga 1.920,67 €
CIE.9.MC.57.92 Dilatación de cuello de vejiga 726,10 €
CIE.9.MC.58.0 Uretrotomía 931,13 €
CIE.9.MC.58.1 Meatotomía uretral 1.351,16 €
CIE.9.MC.58.39 Otra excisión local o destrucción de lesión o de tejido u 896,80 €
CIE.9.MC.58.4X Reparación de uretra 931,13 €
CIE.9.MC.58.5 Liberación de estenosis uretral 931,13 €
CIE.9.MC.58.6 Dilatación de uretra 808,35 €
CIE.9.MC.58.9X Operaciones sobre uretra y tejido periuretral 931,13 €
CIE.9.MC.59.19 Otra incisión de tejido perivesical 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.2X Procedimientos diagnósticos en tejido perirrenal y perivesical 1.271,18 €
CIE.9.MC.59.3 Plicatura de unión uretrovesical 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.4 Operación de suspensión suprapúbica (Sling) 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.5 Suspensión uretral retropúbica 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.6 Suspensión parauretral 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.7x Reparación de incontinencia urinaria de esfuerzo 1.920,67 €
CIE.9.MC.59.8 Cateterismo ureteral 896,80 €
CIE.9.MC.59.93 Sustitución de tubo de ureterostomía 726,10 €
CIE.9.MC.59.94 Sustitución de tubo de cistostomía 726,10 €
CIE.9.MC.60.1X Procedimientos diagnósticos de próstata y vesículas seminales 1.271,18 €
CIE.9.MC.60.29 Otra prostatectomia transuretral 1.216,17 €
CIE.9.MC.60.7X Operaciones sobre vesículas seminales 1.271,18 €
CIE.9.MC.60.91 Aspiración percutánea de próstata 731,20 €
CIE.9.MC.60.95 Dilatación transuretral por balón de uretra prostática 731,20 €
CIE.9.MC.61.XX Operaciones sobre escroto y túnica vaginal 955,56 €
CIE.9.MC.62.XX Operaciones sobre testículo 955,56 €
Operaciones sobre cordón espermático, epidídimo y conducto
CIE.9.MC.63.XX deferente 955,56 €
CIE.9.MC.64.0 Circuncisión 425,52 €
CIE.9.MC.64.2 Excisión local o destrucción de lesión de pene 2.143,40 €
CIE.9.MC.64.3 Amputación de pene 2.143,40 €
CIE.9.MC.64.4X Operaciones de reparación o plastia sobre pene 2.143,41 €
CIE.9.MC.64.9X Otras operaciones sobre órganos genitales masculinos 2.143,40 €
CIE.9.MC.64.91 Corte dorsal o lateral de prepucio 425,52 €
Procedimientos diagnósticos o terapéuticos laparoscópicos sobre
CIE.9.MC.65.XX ovario 1.480,62 €
CIE.9.MC.66.01 Salpingotomia 1.480,63 €
CIE.9.MC.66.2X Destrucción u oclusión endoscópica bilateral de trompas 618,34 €
CIE.9.MC.66.3X Otra destrucción u oclusión bilateral de trompas 1.004,55 €
CIE.9.MC.66.51 Extirp. De ambas t. De Falopio en un mismo tiempo operado 1.480,63 €
CIE.9.MC.66.61 Excision o destrucción de lesión de trompa de Falopio 1.480,63 €
CIE.9.MC.66.69 Otra salpingectomia parcial 1.480,63 €
CIE.9.MC.66.79 Otra reparación de trompa de Falopio 1.480,63 €
CIE.9.MC.66.92 Destrucción u oclusión unilateral de trompa de Falopio 1.480,62 €
CIE.9.MC.67.0 Dilatación de canal cervical 1.044,00 €
CIE.9.MC.67.12 Otra biopsia cervical 840,03 €
CIE.9.MC.67.3X Excisión o destrucción de lesión de cuello uterino 1.044,00 €
CIE.9.MC.67.4 Amputación de cuello uterino 1.044,00 €
CIE.9.MC.67.6X Otra reparación de cuello uterino 1.044,00 €
CIE.9.MC.68.XX Otra incisión y escisión del útero 1.480,62 €
CIE.9.MC.68.21 Sección de sinequias endometríales 840,03 €
CIE.9.MC.68.22 Incisión o excisión de tabique congénito de útero 840,03 €
CIE.9.MC.69.02 Dilatación y legrado después de parto o aborto 659,54 €
CIE.9.MC.69.09 Otra dilatación y legrado 840,03 €
CIE.9.MC.69.19 Otra incisión o destrucción de útero y estructuras de soporte 1.480,62 €
CIE.9.MC.69.2X Reparación de estructuras de soporte de útero 1.247,29 €
CIE.9.MC.69.59 Otro legrado por aspiración de útero 840,03 €
CIE.9.MC.69.98 Otras operaciones sobre estructuras de soporte de útero 1.247,29 €
CIE.9.MC.69.99 Otras operaciones sobre cuello uterino y útero 1.849,53 €
CIE.9.MC.70.1X Incisión de vagina y de fondo de saco 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.12 Douglastomía-culdotomía 1.849,53 €
CIE.9.MC.70.23 Biopsia de fondo de saco 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.3X Escisión local o destrucción de vagina y fondo de saco 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.4 Obliteración y excisión total de vagina 1.247,29 €
CIE.9.MC.70.5X Reparación de cistocele y rectocele 1.920,67 €
CIE.9.MC.70.6X Otra reparación de vagina 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.71 Sutura de desgarro de vagina 1.162,35 €
CIE.9.MC.70.76 Himenorrafia 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.77 Suspensión y fijación vaginales 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.79 Otra reparación de vagina 1.044,00 €
CIE.9.MC.70.8 Obliteración de bóveda vaginal 1.247,29 €
CIE.9.MC.70.9X Otras operaciones sobre vagina y fondo de saco 1.044,00 €
CIE.9.MC.71.XX Operaciones sobre al vulva y el perineo 1.044,00 €
CIE.9.MC.76.01 Secuestrectomía de hueso facial 1.955,66 €
CIE.9.MC.76.09 Otra incisión de hueso facial 1.821,74 €
CIE.9.MC.76.2 Excisión local o destrucción de lesión de hueso facial 1.821,74 €
CIE.9.MC.76.97 Extracción de dispositivo de fijación interna de hueso facial 1.821,74 €
CIE.9.MC.77.00 Secuestrectomía sitio no especificado 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.01 Secuestrectomía de escápula, clavícula y tórax [costillas y esternón] 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.02 Secuestrectomíade húmero 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.03 Secuestrectomía de radio y cúbito 1.129,07 €
CIE.9.MC.77.04 Secuestrectomía de carpianos y metacarpianos 1.088,95 €
CIE.9.MC.77.05 Secuestrectomía de fémur 2.697,87 €
CIE.9.MC.77.06 Secuestrectomía de rótula 1.445,07 €
CIE.9.MC.77.07 Secuestrectomía de tibia y peroné 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.08 Secuestrectomía de tarsianos y metatarsianos 1.516,18 €
CIE.9.MC.77.09 Secuestrectomía de otros huesos NCOC 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.15 Otra incisión de hueso sin división de fémur 1.735,61 €
CIE.9.MC.77.16 Otra incisión de hueso sin división de rotula 1.821,75 €
CIE.9.MC.77.20 Osteotomía en cuña de sitio no especificado 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.21 Osteotomía cuña escápula, clavícula y tórax [costillas y esternón] 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.22 Osteotomía en cuña de húmero 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.23 Osteotomía en cuña radio y cúbito 1.129,47 €
CIE.9.MC.77.24 Osteotomía en cuña de carpianos y metacarpianos 1.088,95 €
CIE.9.MC.77.25 Osteotomía en cuña de fémur 2.905,74 €
CIE.9.MC.77.26 Osteotomía en cuña de rótula 1.445,07 €
CIE.9.MC.77.27 Osteotomía en cuña de tibia y peroné 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.28 Osteotomía en cuña de tarsianos y metatarsianos 1.516,18 €
CIE.9.MC.77.29 Osteotomía en cuña de otro hueso NCOC 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.32 Osteoartrotomía de húmero 1.853,95 €
CIE.9.MC.77.33 Osteoartrotomía de radio y cúbito 1.129,47 €
CIE.9.MC.77.34 Osteoartrotomía de carpianos y metacarpianos 1.088,41 €
CIE.9.MC.77.35 Osteoartrotomía de fémur 2.906,28 €
CIE.9.MC.77.36 Osteoartrotomía de rótula 1.445,07 €
CIE.9.MC.77.37 Osteoartrotomía de tibia y peroné 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.38 Osteoartrotomía de tarsianos y metatarsianos 1.516,18 €
CIE.9.MC.77.42 Biopsia de humero 3.472,95 €
CIE.9.MC.77.49 Biopsia de otro hueso ncoc 3.472,95 €
CIE.9.MC.77.5X Reparación de Hallux valgus y otras deformidades dedos pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.77.64 Excisión local de lesión o tejido óseo de carpianos y metacarpianos 1.088,95 €
CIE.9.MC.77.6X Excision local de tejido de hueso 1.794,91 €
CIE.9.MC.77.65 Excisión local de lesión o tejido óseo de fémur 1.735,61 €
CIE.9.MC.77.68 Excisión local de lesión o tejido óseo de tarsianos y metatarsianos 1.516,18 €
CIE.9.MC.77.80 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de sitio no especificado 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.81 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de escápula, clavícula y tórax (costillas y esternón) 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.82 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de húmero 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.83 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de radio y cúbito 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.84 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de carpianos y metacarpianos 1. 088,95 €
CIE.9.MC.77.85 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de fémur 2.906,28 €
CIE.9.MC.77.86 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de rótula 1.445,07 €
CIE.9.MC.77.87 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de tibia y peroné 1.717,89 €
CIE.9.MC.77.88 Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de tarsianos y metatarsianos 1. 516,18 €
Otra ostectomía, exéresis o excisión ósea parcial de otro hueso NCOC
CIE.9.MC.77.89 1.955,66 €
CIE.9.MC.77.94 Ostectomía total de carpo y metacarpo 1.088,95 €
CIE.9.MC.77.96 Ostectomía total de rótula 1.445,07 €
CIE.9.MC.77.98 Ostectomía total de tarsianos y metatarsianos 1.516,18 €
CIE.9.MC.78.03 Injerto de hueso en radio y cúbito 1.088,95 €
CIE.9.MC.78.05 Injerto de hueso en fémur 2.906,28 €
CIE.9.MC.78.07 Injerto de hueso en tibia y peroné 1.717,89 €
CIE.9.MC.78.23 Procedimiento de acortamiento de radio y cubito 1.129,47 €
CIE.9.MC.78.27 Procedimiento de acortamiento de tibia y peroné 1.853,96 €
CIE.9.MC.78.6X Extracción de dispositivo de fijación interna 1.821,74 €
CIE.9.MC.79.0X Reducción cerrada de fractura 595,53 €
CIE.9.MC.79.11 Red. Cerrada de fract. Con fijación interna en humero 1.853,96 €
CIE.9.MC.79.16 Reducción cerrada de fractura con fijación interna 1.853,96 €
CIE.9.MC.79.31 Red. Abierta de fract. Con fijación interna-humero 1.853,96 €
CIE.9.MC.79.7X Reducción cerrada de luxación 595,53 €
CIE.9.MC.80.10 Otra artrotomía de sitio no especificado 1.955,66 €
CIE.9.MC.80.11 Otra artrotomía de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.12 Otra artrotomía de codo 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.13 Otra artrotomía de muñeca 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.14 Otra artrotomía de mano y dedos 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.15 Otra artrotomía de cadera 2.906,28 €
CIE.9.MC.80.16 Otra artrotomía de rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.80.17 Otra artrotomía de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.80.18 Otra artrotomía de pie y dedos de pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.80.2X Artroscopia 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.41 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.42 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación de codo 1.129,47 €
División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación de la muñeca
CIE.9.MC.80.43 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.44 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación de la mano y dedo 1. 088,95 €
CIE.9.MC.80.46 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación de la rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.80.47 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación del tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.80.48 División de cápsula, ligamento o cartílago de articulación del pie y dedos del pie 1. 516,18 €
CIE.9.MC.80.5X Excisión o destrucción de disco intervertebral 3.770,08 €
CIE.9.MC.80.6 Excisión de cartílago semilunar de rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.80.70 Sinovectomía de sitio no especificado 1.229,56 €
CIE.9.MC.80.71 Sinovectomía de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.72 Sinovectomía de codo 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.73 Sinovectomía de muñeca 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.74 Sinovectomía de mano y dedo de mano 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.76 Sinovectomía de rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.80.77 Sinovectomía de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.80.78 Sinovectomía de pie y dedo de pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.80.80 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación no especificada 1. 821,74 €
CIE.9.MC.80.81 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación del hombro 1.821,74 €
CIE.9.MC.80.82 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación del codo 1.821,74 €
Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación de la muñeca
CIE.9.MC.80.83 1.075,53 €
CIE.9.MC.80.84 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación de mano y dedo 1. 088,95 €
CIE.9.MC.80.86 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación de rodilla 1.821,74 €
CIE.9.MC.80.87 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.80.88 Otra excisión local o destrucción de lesión de articulación de pie y dedo de pie 1. 516,18 €
CIE.9.MC.80.91 Otra excisión de articulación de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.92 Otra excisión de articulación de codo 1.129,47 €
CIE.9.MC.80.93 Otra excisión de articulación de muñeca 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.94 Otra excisión de articulación de mano y dedo de mano 1.088,95 €
CIE.9.MC.80.96 Otra excisión de articulación de rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.80.97 Otra excisión de articulación de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.80.98 Otra excisión de articulación de pie y dedo de pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.81.1X Fusión de distintas partes del pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.81.11 Fusión de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.81.12 Triple artrodesis de tobillo 1.717,89 €
CIE.9.MC.81.2X Fusión de articulación de mano o pie 1.088,95 €
CIE.9.MC.81.4X Operaciones de reparación de rodilla 1.445,07 €
CIE.9.MC.81.5X Sustitución de las articulaciones de las extremidades inferiores 5.821,48 €
CIE.9.MC.81.7X Artroplastia y reparación de mano y dedo de mano 1.088,95 €
CIE.9.MC.81.82 Reparación de luxación recidivante de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.81.83 Otra reparación de hombro 1.129,47 €
CIE.9.MC.81.93 Sutura de cápsula o ligamento de extremidad superior 1.129,47 €
CIE.9.MC.81.94 Sutura de cápsula o ligamento de tobillo y pie 1.516,18 €
CIE.9.MC.81.95 Sutura de cápsula o ligamento de otra extremidad inferior 1.229,56 €
CIE.9.MC.81.96 Otra reparación de articulación 1.955,66 €
CIE.9.MC.82.XX Operaciones sobre músculo tendón, fascia o bolsa sinovial de mano 1.088,95 €
CIE.9.MC.83.XX Operaciones sobre músculo, tendón, fascia y bolsa sinovial salvo de la mano 1. 229,56 €
CIE.9.MC.83.11 Tenotomía del tendón de Aquiles 1.516,18 €
CIE.9.MC.83.12 Tenotomía del tendón aductor de la cadera 2.906,28 €
CIE.9.MC.84.01 Amputación y desarticulación de dedo de mano 1.088,95 €
CIE.9.MC.84.02 Amputación y desarticulación de dedo pulgar 1.088,95 €
CIE.9.MC.84.03 Amputación a través de mano 3.903,56 €
CIE.9.MC.85.0 Mastotomía 926,72 €
CIE.9.MC.85.12 Biopsia abierta de mama 926,70 €
CIE.9.MC.85.2X Extirpación o destrucción de tejido de mama 926,70 €
CIE.9.MC.85.3X Mastectomía subcutánea 1.620,05 €
CIE.9.MC.85.5X Mamoplastia de aumento 1.260,04 €
CIE.9.MC.85.87 Otra reparación o reconstrucción de pezón 1.315,60 €
CIE.9.MC.85.9X Otras operaciones sobre la mama 1.315,60 €
CIE.9.MC.86.04 Otra incisión con drenaje de piel y tejido subcutáneo 778,43 €
CIE.9.MC.86.05 Extracción de cuerpo extraño piel y tejido conjuntivo 1.072,31 €
CIE.9.MC.86.06 Inserción de bomba de infusión totalmente implantable 1.243,40 €
CIE.9.MC.86.07 Inserción dispositivo de acceso vascular [DAV] totalmente implantable 1.243,40 €
CIE.9.MC.86.09 Incisión de piel y tej. Subct. (creación de cavidad subcutánea) 1.243,40 €
CIE.9.MC.86.11 Biopsia de piel y tej. subcutáneo 742,06 €
CIE.9.MC.86.21 Excisión de quiste o seno pilonidal 715,63 €
CIE.9.MC.86.22 Desbridamiento excisional de herida, infección o quemadura 1.778,42 €
CIE.9.MC.86.23 Extracción de uña, lecho de uña o pliegue de uña 778,43 €
CIE.9.MC.86.26 Ligadura de apéndice dérmico 753,35 €
CIE.9.MC.86.3 Otra excisión local o destrucción de lesión piel y tej. subcutáneo 1.243,40 €
CIE.9.MC.86.4 Excisión radical de lesión cutánea 1.778,42 €
CIE.9.MC.86.59 Cierre de piel y tej. subcutáneo 506,15 €
CIE.9.MC.86.6X Injerto cutáneo libre, NEOM 1.778,42 €
CIE.9.MC.86.81 Reparación de debilidad facial 1.090,02 €
CIE.9.MC.86.82 Ritidectomía facial 1.090,02 €
CIE.9.MC.86.83 Operación plástica de reducción de tamaño 1.727,27 €
CIE.9.MC.86.84 Relajación de cicatriz o de contracción reticulada de la piel 1.090,02 €
CIE.9.MC.86.85 Corrección de sindactilia 1.088,95 €
CIE.9.MC.86.86 Onicoplastia 1.243,40 €
CIE.9.MC.86.93 Inserción de expansor de tejidos 1.778,42 €
CIE.9.MC.93.16 Movilización de otras articulaciones 785,01 €
CIE.9.MC.93.29 Otra corrección forzada de deformidad 785,01 €
CIE.9.MC.93.53 Aplicación de otra escayola 785,01 €
CIE.9.MC.93.59 Otra inmovilización, presión y cuidado de herida 785,01 €
CIE.9.MC.96.16 Otra dilatación vaginal 1.044,00 €
CIE.9.MC.96.25 Distensión terapéutica de vejiga 726,10 €
CIE.9.MC.97.0X Sustitución quirúrgica de dispositivos gastrointestinales 843,92 €
CIE.9.MC.97.1X Sustitución quirúrgica de dispositivos músculo esquelético 1.072,31 €
CIE.9.MC.97.3X Sustitución quirúrgica de dispositivos terapéuticos de 1.072,31 €
CIE.9.MC.97.4X Extracción no quirúrgica de dispositivos de tórax 815,06 € Extracción no quirúrgica de dispositivos terapéuticos del aparato
CIE.9.MC.97.5X Extracción no quirúrgica de dispositivos terapéuticos del aparato digestivo.843,92 €
CIE.9. MC.97.6X Extracción no quirúrgica de dispositivos terapéuticos del aparato genital urinario. 726,10 €
CIE.9.MC.97.7X 726,10 €
CIE.9.MC.97.8X Extracción no quirúrgica de dispositivo terapéutico 1.072,31 €
Procedimientos hospitalarios (G.R.D.)
Código Concepto
GRD.1 Craneotomia edad>17 excepto por trauma 10.616,26 €
GRD. 2 Craneotomia por trauma edad>17 10.670,02 €
GRD. 4 Procedimientos espinales 11.227,24 €
GRD.5 Procedimientos vasculares extracraneales 4.736,89 €
GRD.6 Liberación de túnel carpiano 522,06 €
GRD.7 Proced., sobre n, craneales y periféricos y otros proc. quirur. del s, nervioso con cc 7.363,79 €
GRD.8 Proced, sobre n, craneales y periféricos y otros proc. quirur. del s. nervioso sin cc 1.900,94 €
GRD.9 Trastornos y lesiones espinales 5.906,04 €
GRD.10 Neoplasias de sistema nervioso con cc 4.016,59 €
GRD.11 Neoplasias de sistema nervioso sin cc 3.349,11 €
GRD.12 Trastornos degenerativos de sistema nervioso 4.147,62 €
GRD.13 Esclerosis múltiple y ataxia cerebelosa 3.022,78 €
GRD.14 Trastornos cerebrovasculares específicos excepto A.I.T. y hemorragia intracraneal 5.503,65 €
GRD.15 Accidente isquemico transitorio y oclusiones precerebrales 2.644,91 €
GRD.16 Trastornos cerebrovasculares no específicos con cc 4.521,39 €
GRD.17 Trastornos cerebrovasculares no específicos sin cc 2.734,44 €
GRD.18 Trastornos de nervios craneales y periféricos con cc 4.061,41 €
GRD.19 Trastornos de nervios craneales y periféricos sin cc 2.469,08 €
GRD.20 Infección del sistema nervioso excepto meningitis vírica 5.979,21 €
GRD.21 Meningitis vírica 2.249,51 €
GRD.22 Encefalopatía hipertensiva 2.859,04 €
GRD.23 Estupor y coma no traumáticos 2.737,73 €
GRD.24 Convulsiones y cefalea edad>17 con cc 3.046,24 €
GRD.25 Convulsiones & cefalea edad>17 sin cc 2.984,77 €
GRD.34 Otros trastornos del sistema nervioso con cc 3.889,08 €
GRD.35 Otros trastornos del sistema nervioso sin cc 2.554,70 €
GRD.36 Procedimientos sobre retina 2.482,50 €
GRD.37 Procedimientos sobre orbita 4.220,25 €
GRD.38 Procedimientos primarios sobre iris 2.717,45 €
GRD.39 Procedimientos sobre cristalino con o sin vitrectomia 725,17 €
GRD.40 Procedimientos extraoculares excepto orbita edad>17 1.028,20 €
GRD.41 Procedimientos extraoculares excepto orbita edad<18 1.016,65 €
GRD.42 Procedimientos intraoculares excepto retina, iris y cristalino 2.718,94 €
GRD.43 Hipema 3.701,82 €
GRD.44 Infecciones agudas mayores de ojo 1.907,90 €
GRD.45 Trastornos neurológicos del ojo 3.222,18 €
GRD.46 Otros trastornos del ojo edad>17 con cc 6.751,47 €
GRD.47 Otros trastornos del ojo edad>17 sin cc 2.179,75 €
GRD.48 Otros trastornos del ojo edad<18 1.754,66 €
GRD.49 Proced, mayores de cabeza y cuello excepto por neoplasia maligna 5.424,74 €
GRD.50 Sialoadenectomía 3.144,39 €
GRD.51 Procedimientos sobre glándulas salivares excepto Sialoadenectomía 3.917,43 €
GRD.52 Reparación de hendidura labial y paladar 4.105,27 €
GRD.53 Procedimientos sobre senos y mastoides edad>17 2.826,22 €
GRD.54 Procedimientos sobre senos y mastoides edad<18 2.944,72 €
GRD.55 Procedimientos misceláneos sobre oído, nariz, boca y garganta 2.606,38 €
GRD.56 Rinoplastia 2.631,98 €
GRD.57 Proced, s, a y va excepto amigdalectomia yo adenoidectomia solo, edad>17 1.983,01 €
GRD.58 Proced, s, a y va excepto amigdalectomia &/o adenoidectomia solo, edad<18 4.453,12 €
GRD.59 Amigdalectomia &/o adenoidectomia solo, edad>17 1.868,99 €
GRD.60 Amigdalectomia &/o adenoidectomia solo, edad<18 1.647,04 €
GRD.61 Miringotomía con inserción de tubo edad>17 1.966,67 €
GRD.62 Miringotomía con inserción de tubo edad<18 1.637,54 €
GRD.63 Otros procedimientos quirúrgicos sobre oído, nariz, boca y garganta 4.370,28 €
GRD.64 Neoplasia maligna de oído, nariz, boca y garganta 4.790,30 €
GRD.65 Alteraciones del equilibrio 2.588,09 €
GRD.66 Epistaxis 2.882,56 €
GRD.67 Epiglotitis 2.184,61 €
GRD.68 Otitis media e infecciones del tracto respiratorio superior. Edad>17 con cc 1.849,13 €
GRD.69 Otitis media e infecciones del tracto respiratorio superior. Edad>17 sin cc 1.185,71
GRD.70 Otitis media e infecciones del tracto respiratorio superior. Edad<18 2.179,36 €
GRD.71 Laringotraqueitis 1.511,49 €
GRD.72 Traumatismo y deformidad nasal 2.010,56 €
GRD.73 Otros diagnósticos de oído, nariz, boca y garganta. Edad>17 1.870,95 €
GRD.74 Otros diagnósticos de oído, nariz, boca y garganta. Edad<18 1.942,62 €
GRD.75 Procedimientos torácicos mayores 7.862,69 €
GRD.76 Otros procedimientos quirúrgicos de aparato respiratorio con cc 5.143,51 €
GRD.77 Otros procedimientos quirúrgicos de aparato respiratorio sin cc 4.686,96 €
GRD.78 Embolismo pulmonar 4.620,39 €
GRD.79 Infecciones y inflamaciones respiratorias edad>17 con cc 5.870,97 €
GRD.80 Infecciones y inflamaciones respiratorias edad>17 sin cc 3.240,14 €
GRD.82 Neoplasias respiratorias 5.134,90 €
GRD.83 Traumatismo torácico mayor con cc 2.792,49 €
GRD.84 Traumatismo torácico mayor sin cc 1.628,00 €
GRD.85 Derrame pleural con cc 4.195,83 €
GRD.86 Derrame pleural sin cc 2.757,87 €
GRD.87 Edema pulmonar e insuficiencia respiratoria 4.139,20 €
GRD.88 Enfermedad pulmonar obstructiva crónica 3.127,95 €
GRD.89 Neumonía simple y pleuritis edad>17 con cc 3.674,64 €
GRD.90 Neumonía simple y pleuritis edad>17 sin cc 2.227,81 €
GRD.92 Neuropatía intersticial con cc 3.918,06 €
GRD.93 Neuropatía intersticial sin cc 2.969,08 €
GRD.94 Neumotórax con cc 4.466,05 €
GRD.95 Neumotórax sin cc 1.899,04 €
GRD.96 Bronquitis y asma edad>17 con cc 2.483,58 €
GRD.97 Bronquitis y asma edad>17 sin cc 1.886,71 €
GRD.99 Signos y síntomas respiratorios con cc 2.459,47 €
GRD.100 Signos y síntomas respiratorios sin cc 2.663,26 €
GRD.101 Otros diagnósticos de aparato respiratorio con cc 2.758,70 €
GRD.102 Otros diagnósticos de aparato respiratorio sin cc 1.843,10 €
GRD.103 Trasplante cardiaco 89.505,39 €
GRD.104 Proc, sobre val., cardiacas y otros proc, cardiotoracicos mayores con cat, cardiaco 24.919,24 €
GRD.105 Proc, sobre val., cardiacas y otros proc, cardiotoracicos mayores sin cat, cardiaco 20.305,39 €
GRD.106 Bypass coronario con actp 27.336,72 €
GRD.107 Bypass coronario sin actp y con cateterismo cardiaco 17.438,83 €
GRD.108 Otros procedimientos cardiotoracicos 15.110,39 €
GRD.109 Bypass coronario sin actp sin cateterismo cardiaco 18.002,41 €
GRD.110 Procedimientos cardiovasculares mayores con cc 14.227,37 €
GRD.111 Procedimientos cardiovasculares mayores sin cc 9.289,53 €
GRD.112 Procedimientos cardiovasculares percutáneos 7.797,90 €
GRD.113 Amputación por trast. circulatorios excepto m, superior y dedos del pie 16. 108,63 €
GRD.114 Amputación de m, superior y dedos del pie por trastornos circulatorios 7. 639,40 €
GRD.115 Implant, marcapasos car., perm, con IAM, f, cardiaco, Shock, desfib, o sust, generador 15.794,44 €
GRD.116 Implant, marcapasos car., perm, sin IAM, f, cardiaco, Shock, desfib, o sust, generador 10.824,33 €
GRD.117 Revisión de marcapasos cardiaco excepto sustitución de generador 8.414,85 €
GRD.118 Revisión de marcapasos cardiaco sustitución de generador 6.185,13 €
GRD.119 Ligadura y stripping de venas 3.202,15 €
GRD.120 Otros procedimientos quirúrgicos de aparato circulatorio 8.683,93 €
GRD.121 Trast, circulatorios con IAM y complicaciones mayores, alta con vida 7.562,66 €
Trast, circulatorios con IAM sin complicaciones mayores, alta con vida
GRD.122 4.666,83 €
GRD.123 Trast, circulatorios con IAM, exitus 9.510,53 €
GRD.124 Trast, circulatorios excepto IAM, con cateterismo y diag, complejo 5.100,52 €
GRD.125 Trast, circulatorios excepto IAM, con cateterismo sin diag, complejo 4.520,05 €
GRD.126 Endocarditis aguda y subaguda 11.230,57 €
GRD.127 Insuficiencia cardiaca y Shock 3.985,70 €
GRD.128 Tromboflebitis de venas profundas 8.151,99 €
GRD.129 Parada cardiaca, causa desconocida 3.862,54 €
GRD.130 Trastornos vasculares periféricos con cc 3.795,68 €
GRD.131 Trastornos vasculares periféricos sin cc 3.885,75 €
GRD.132 Aterosclerosis con cc 4.075,50 €
GRD.133 Aterosclerosis sin cc 3.511,81 €
GRD.134 Hipertensión 2.492,44 €
GRD.135 Trastornos cardiacos congénitos y valvulares edad>17 con cc 4.613,82 €
GRD.136 Trastornos cardiacos congénitos y valvulares edad>17 sin cc 2.597,85 €
GRD.137 Trastornos cardiacos congénitos y valvulares edad<18 4.653,70 €
GRD.138 Arritmias cardiacas y trastornos de conducción con cc 3.725,51 €
GRD.139 Arritmias cardiacas y trastornos de conducción sin cc 2.675,19 €
GRD.140 Angina de pecho 3.741,67 €
GRD.141 Sincope y colapso con cc 3.032,06 €
GRD.142 Sincope y colapso sin cc 3.125,37 €
GRD.143 Dolor torácico 2.807,83 €
GRD.144 Otros diagnósticos de aparato circulatorio con cc 4.790,61 €
GRD.145 Otros diagnósticos de aparato circulatorio sin cc 3.330,73 €
GRD.146 Reseccion rectal con cc 9.275,84 €
GRD.147 Reseccion rectal sin cc 7.149,27 €
GRD.148 Procedimientos mayores de intestino delgado y grueso con cc 9.934,49 €
GRD.149 Procedimientos mayores de intestino delgado y grueso sin cc 6.621,11 €
GRD.150 Adhesiolisis peritoneal con cc 6.744,77 €
GRD.151 Adhesiolisis peritoneal sin cc 5.490,27 €
GRD.152 Procedimientos menores de intestino delgado y grueso con cc 7.816,50 €
GRD.153 Procedimientos menores de intestino delgado y grueso sin cc 4.915,02
GRD.154 Procedimientos sobre estomago, esófago y duodeno edad>17 con cc € 10. 036,29 €
GRD.155 Procedimientos sobre estomago, esófago y duodeno edad>17 sin cc 7.771,20 €
GRD.156 Procedimientos sobre estomago, esófago y duodeno edad<18 6.943,66 €
GRD.157 Procedimientos sobre ano y enterostomía con cc 4.898,46 €
GRD.158 Procedimientos sobre ano y enterostomía sin cc3.009,25 €
GRD.159 Procedimientos sobre hernia excepto inguinal y femoral edad>17 con cc 5. 416,87 €
GRD.160 Procedimientos sobre hernia excepto inguinal y femoral edad>17 sin cc 3. 785,37 €
GRD.161 Procedimientos sobre hernia inguinal y femoral edad>17 con cc 3.344,06 €
GRD.162 Procedimientos sobre hernia inguinal y femoral edad>17 sin cc 2.768,10 €
GRD.163 Procedimientos sobre hernia edad<18 1.998,06 €
GRD.164 Apendicetomía con diagnostico principal complicado con cc 8.482,35 €
GRD.165 Apendicetomía con diagnostico principal complicado sin cc 4.952,43 €
GRD.166 Apendicetomía sin diagnostico principal complicado con cc 5.909,81 €
GRD.167 Apendicetomía sin diagnostico principal complicado sin cc 3.636,59 €
GRD.168 Procedimientos sobre boca con cc 3.730,46 €
GRD.169 Procedimientos sobre boca sin cc 2.863,52 €
GRD.170 Otros procedimientos quirúrgicos sobre aparato digestivo con cc 8.051,64 €
GRD.171 Otros procedimientos quirúrgicos sobre aparato digestivo sin cc 6.075,11 €
GRD.172 Neoplasia maligna digestiva con cc 5.666,01 €
GRD.173 Neoplasia maligna digestiva sin cc 3.954,34 €
GRD.174 Hemorragia gastrointestinal con cc 3.655,85 €
GRD.175 Hemorragia gastrointestinal sin cc 2.155,61 €
GRD.176 Ulcera péptica complicada 2.828,97 €
GRD.177 Ulcera péptica no complicada con cc 8.194,50 €
GRD.178 Ulcera péptica no complicada sin cc 2.126,38 €
GRD.179 Enfermedad inflamatoria intestinal 3.521,31 €
GRD.180 Obstrucción gastrointestinal con cc 3.302,48 €
GRD.181 Obstrucción gastrointestinal sin cc1.756,03 €
GRD.182 Esofagitis, gastroenteritis y trast, digest, misceláneos edad>17 con cc 3. 005,83 €
GRD.183 Esofagitis, gastroenteritis y trast, digest, misceláneos edad>17 sin cc 2.127,32 €
GRD.185 Trast, dentales y bucales excepto extracciones y reposiciones edad>17 2. 439,63 €
GRD.186 Trast, dentales y bucales excepto extracciones y reposiciones edad<18 2. 323,56 €
GRD.187 Extracciones y reposiciones dentales 1.941,19 €
GRD.188 Otros diagnósticos de aparato digestivo edad>17 con cc 3.531,69 €
GRD.189 Otros diagnósticos de aparato digestivo edad>17 sin cc 1.987,80 €
GRD.191 Procedimientos sobre páncreas, hígado y derivación con cc 11.838,46 €
GRD.192 Procedimientos sobre páncreas, hígado y derivación sin cc 8.317,35 €
GRD.193 Proc, sobre vía biliar excepto colecistectomia solo, con o sin exploración del conducto biliar con cc 10.654,92 €
GRD.194 Proc, sobre vía biliar excepto colecistectomia solo, con o sin exploración del conducto biliar sin cc 8.541,65 €
GRD.195 Colecistectomia con exploración vía biliar con cc 11.302,84 €
GRD.196 Colecistectomia con exploración vía biliar sin cc 5.257,00 €
GRD.197 Colecistectomia sin exploración vía biliar con cc 9.022,24 €
GRD.198 Colecistectomia sin exploración vía biliar sin cc 6.186,95 €
GRD.199 Procedimiento diagnostico hepatobiliar por neoplasia maligna 6.192,56 €
GRD.200 Procedimiento diagnostico hepatobiliar excepto por neoplasia maligna 6.184,02 €
GRD.201 Otros procedimientos quirúrgicos hepatobiliares o de páncreas 7.943,74 €
GRD.202 Cirrosis y hepatitis alcohólica 4.042,67 €
GRD.203 Neoplasia maligna de sistema hepatobiliar o de páncreas 4.699,05 €
GRD.204 Trastornos de páncreas excepto neoplasia maligna 3.564,11 €
GRD.205 Trastornos de hígado exc, n, maligna, cirrosis, hepatitis alcohólica con
cc 4.464,76 €
GRD.206 Trastornos de hígado exc, n, maligna, cirrosis, hepatitis alcohólica sin cc 2.964,50 €
GRD.207 Trastornos del tracto biliar con cc 4.348,29 €
GRD.208 Trastornos del tracto biliar sin cc 4.107,88 €
GRD.209 Reimplantación mayor articulación y miembro extr, inferior, excepto cade 10.461,87 €
GRD.210 Proc, de cadera y fémur excepto articulación mayor edad>17 con cc 13.060,48 €
GRD.211 Proc, de cadera y fémur excepto articulación mayor edad>17 sin cc 10.416,22 €
GRD.212 Proc, de cadera y fémur excepto articulación mayor edad<18 5.395,76 €
GRD.213 Amputación por trastornos musculoesqueleticos y tejido conectivo 9.423,08 €
GRD.216 Biopsias de sistema musculoesqueletico y tejido conectivo 4.000,50 €
GRD.217 Desbrid, her, y inj, piel exc, her, abierta por trast, mus, esq, y t, conec, e 12.663,37 €
GRD.218 Proc, extr, inferior y humero exc, cadera, pie, fémur edad>17 con cc 8.948,86 €
GRD.219 Proc, extr, inferior y humero exc, cadera, pie, fémur edad>17 sin cc 7.103,47 €
Procedimientos extr, inferior y humero exc, cadera, pie, fémur edad<18
GRD.220 3.707,91 €
GRD.221 Procedimientos sobre la rodilla con cc 5.143,51 €
GRD.222 Procedimientos sobre la rodilla sin cc 4.385,04 €
GRD.223 Proc, mayores hombro/ codo, u otros procedimientos extr, superior con cc 6. 543,68 €
GRD.224 Proc, hombro, codo o antebrazo, exc, proc, mayor de articulación sin cc 3.914,60 €
GRD.225 Procedimientos sobre el pie 3.032,41 €
GRD.226 Procedimientos sobre tejidos blandos con cc 4.873,25 €
GRD.227 Procedimientos sobre tejidos blandos sin cc 3.207,34 €
GRD.228 Proc, mayor sobre pulgar o articulación, u otros proc, s, mano o muñeca 2.662,33 €
GRD.229 Proc, sobre mano o muñeca, excepto proc, mayores s, articulación sin c 2.177,89 €
GRD.230 Excision local y eliminación disp, fijación interna de cadera y fémur 3.471,21 €
GRD.231 Excision local y eliminación disp, fijación interna exc, cadera y fémur 3.821,05 €
GRD.232 Artroscopia 2.177,89 €
Otros proc, quirúrgicos de s, musculoesqueletico y t, conectivo con cc
GRD.233 7.129,22 €
Otros proc, quirúrgicos de s, musculoesqueletico y t, conectivo sin cc
GRD.234 6.140,54 €
GRD.235 Fracturas de fémur 5.659,30 €
GRD.236 Fracturas de cadera y pelvis 4.067,02 €
GRD.237 Esguince, desgarro y luxación de cadera, pelvis y muslo 2.359,17 €
GRD.238 Osteomielitis 6.053,07 €
GRD.239 Fracturas patológicas y neoplasia maligna musculoesqueletica y t, conectivo 5. 320,35 €
GRD.240 Trastornos de t, conectivo con cc 4.770,67 €
GRD.241 Trastornos de t, conectivo sin cc 4.152,43 €
GRD.242 Artritis séptica 5.395,69 €
GRD.243 Problemas médicos de la espalda 2.993,69 €
GRD.244 Enfermedades óseas y artropatías especificas con cc 3.122,32 €
GRD.245 Enfermedades óseas y artropatías especificas sin cc 2.720,88 €
GRD.246 Artropatías no especificas 2.301,36 €
GRD.247 Signos y síntomas de sistema musculoesqueletico y t, conectivo 2.452,80 €
GRD.248 Tendinitis, miositis y bursitis 2.888,02 €
GRD.249 Mal función, reacción o compl., de dispositivo ortopédico 5.003,12 €
GRD.250 Fractura, esguince, desgarro y luxación antebrazo, mano, pie edad>17 con cc 2.220,03 €
GRD.251 Fractura, esguince, desgarro y luxación antebrazo, mano, pie edad>17 sin cc 1.191,06 €
GRD.252 Fractura, esguince, desgarro y luxación antebrazo, mano, pie edad<18 1. 495,83 €
GRD.253 Fractura, esguince, desgarro y luxación brazo, pierna excl., pie edad>17 con cc 4.241,76 €
GRD.254 Fractura, esguince, desgarro y luxación brazo, pierna excl., pie edad>17 sin cc
Fractura, esguince, desgarro y luxación brazo, pierna excl., pie edad<18 1.982,01 €
GRD.255 1.484,06 €
GRD.256 Otros diagnósticos de sistema musculoesqueletico y tejido conectivo 2.144,60 €
GRD.257 Mastectomia total por neoplasia maligna con cc 3.932,57 €
GRD.258 Mastectomia total por neoplasia maligna sin cc 4.427,08 €
GRD.259 Mastectomia subtotal por neoplasia maligna con cc 3.878,89 €
GRD.260 Mastectomia subtotal por neoplasia maligna sin cc 3.263,48 €
GRD.261 Proc, s, mama por proceso no maligno excepto biopsia y escisión local
3.731,42 €
GRD.262 Biopsia de mama y escisión local por proceso no maligno 959,29 €
GRD.263 Injerto piel y/o Desbrid, por ulcera cutánea, celulitis con cc 8.193,87 €
GRD.264 Injerto piel y/o Desbrid, por ulcera cutánea, celulitis sin cc 5.998,31 €
GRD.265 Injerto piel y/o Desbrid, excepto por ulcera cutánea, celulitis con cc 6.490,47 €
GRD.266 Injerto piel y/o Desbrid, excepto por ulcera cutánea, celulitis sin cc 3.556,83 €
GRD.267 Procedimientos de región perianal y enfermedad pilonidal 2.541,49 €
GRD.268 Procedimientos plásticos sobre piel, t, subcutáneo y mama 2.650,00 €
GRD.269 Otros procedimientos sobre piel, t, subcutáneo y mama con cc 7.774,15 €
GRD.270 Otros procedimientos sobre piel, t, subcutáneo y mama sin cc 765,05 €
GRD.271 Ulceras cutáneas 4.660,42 €
GRD.272 Trastornos mayores de piel con cc 6.400,83 €
GRD.273 Trastornos mayores de piel sin cc 3.811,25 €
GRD.274 Procesos malignos de mama con cc 6.232,55 €
GRD.275 Procesos malignos de mama sin cc 2.955,66 €
GRD.276 Trastornos no malignos de mama 2.004,97 €
GRD.277 Celulitis edad>17 con cc 2.806,71 €
GRD.278 Celulitis edad>17 sin cc 1.716,82 €
GRD.279 Celulitis edad<18 2.511,59 €
GRD.280 Traumatismo de piel, t, subcutáneo y mama edad>17 con cc 2.441,26 €
GRD.281 Traumatismo de piel, t, subcutáneo y mama edad>17 sin cc 1.534,32 €
GRD.282 Traumatismo de piel, t, subcutáneo y mama edad<18 1.243,72 €
GRD.283 Trastornos menores de la piel con cc 2.393,15 €
GRD.284 Trastornos menores de la piel sin cc 1.611,69 €
Amputación m, inferior por trast, endocrinos, nutricionales y metabólicos
GRD.285 10.532,81 €
GRD.286 Procedimientos sobre suprarrenales e apófisis 6.933,87 €
Injerto de piel y desbridamiento herida por trast, endocr,, nutr, y metab,
GRD.287 8.458,42 €
GRD.288 Procedimientos quirúrgicos para obesidad 4.573,60 €
GRD.289 Procedimientos sobre paratiroides 3.544,80 €
GRD.290 Procedimientos sobre tiroides 3.958,82 €
GRD.291 Procedimientos sobre tracto tirogloso 3.576,48 €
GRD.292 Otros procedimientos quirúrgicos endocr,, nutric, y metab, con cc 10.270,58 €
GRD.293 Otros procedimientos quirúrgicos endocr,, nutric, y metab, sin cc 3.722,43 €
GRD.294 Diabetes edad>35 3.129,64 €
GRD.295 Diabetes edad<36 3.024,24 €
GRD.296 Trastornos nutricionales y metabólicos misceláneos edad>17 con cc 2.875,68 €
GRD.297 Trastornos nutricionales y metabólicos misceláneos edad>17 sin cc 3.673,93 €
GRD.298 Trastornos nutricionales y metabólicos misceláneos edad<18 6.099,87 €
GRD.299 Errores innatos del metabolismo 2.772,11 €
GRD.300 Trastornos endocrinos con cc 3.220,27 €
GRD.301 Trastornos endocrinos sin cc 1.990,03 €
GRD.302 Trasplante renal 28.199,36 €
Procedimientos s, riñón, uréter y proc, mayores s, vejiga por neoplasia
GRD.303 8.831,06 €
GRD.304 Proc, s, riñón, uréter y proc, mayores s, vejiga por p, no neoplásico con cc 6.675,50 €
GRD.305 Proc, s, riñón, uréter y proc, mayores s, vejiga por p, no neoplásico sin cc 4.964,52 €
GRD.306 Prostatectomia con cc 5.742,50 €
GRD.307 Prostatectomia sin cc 4.622,28 €
GRD.308 Procedimientos menores sobre vejiga con cc 6.467,12 €
GRD.309 Procedimientos menores sobre vejiga sin cc 4.557,21 €
GRD.310 Procedimientos transuretrales con cc 3.737,67 €
GRD.311 Procedimientos transuretrales sin cc 3.444,67 €
GRD.312 Procedimientos sobre uretra, edad>17 con cc 3.901,43 €
GRD.313 Procedimientos sobre uretra, edad>17 sin cc 3.554,72 €
GRD.314 Procedimientos sobre uretra, edad<18 4.142,03 €
GRD.315 Otros procedimientos quirúrgicos sobre riñón y tracto urinario 7.563,72 €
GRD.316 Insuficiencia renal 4.137,05 €
GRD.317 Admisión para diálisis renal 2.901,45 €
GRD.318 Neoplasias de riñón y tracto urinario con cc 4.558,15 €
GRD.319 Neoplasias de riñón y tracto urinario sin cc 1.849,13 €
GRD.320 Infecciones de riñón y tracto urinario edad>17 con cc 2.842,41 €
GRD.321 Infecciones de riñón y tracto urinario edad>17 sin cc 1.770,23 €
GRD.322 Infecciones de riñón y tracto urinario edad<18 2.726,69 €
Cálculos urinarios con cc, y/o litotricia extracorpórea por onda de
GRD.323 choque 1.640,08 €
GRD.324 Cálculos urinarios sin cc 1.167,32 €
GRD.325 Signos y síntomas de riñón y tracto urinario edad>17 con cc 3.113,21 €
GRD.326 Signos y síntomas de riñón y tracto urinario edad>17 sin cc 2.783,51 €
GRD.327 Signos y síntomas de riñón y tracto urinario edad<18 2.347,57 €
GRD.328 Estenosis uretral edad>17 con cc 2.655,60 €
GRD.329 Estenosis uretral edad>17 sin cc 1.616,72 €
GRD.330 Estenosis uretral edad<18 2.328,69 €
GRD.331 Otros diagnósticos de riñón y tracto urinario edad>17 con cc 3.796,21 €
GRD.332 Otros diagnósticos de riñón y tracto urinario edad>17 sin cc 2.628,08 €
GRD.333 Otros diagnósticos de riñón y tracto urinario edad<18 2.573,22 €
GRD.334 Procedimientos mayores sobre pelvis masculina con cc 5.461,51 €
GRD.335 Procedimientos mayores sobre pelvis masculina sin cc 5.855,40 €
GRD.336 Prostatectomia transuretral con cc 4.019,24 €
GRD.337 Prostatectomia transuretral sin cc 3.577,01 €
GRD.338 Procedimientos sobre testículo, neoplasia maligna 2.812,35 €
GRD.339 Procedimientos sobre testículo, proceso no maligno edad>17 3.364,80 €
GRD.340 Procedimientos sobre testículo, proceso no maligno edad<18 1.992,64 €
GRD.341 Procedimientos sobre el pene 5.150,98 €
GRD.342 Circuncisión edad>17 1.834,47 €
GRD.343 Circuncisión edad<18 1.350,34 €
GRD.344 Otros proc, quirúrgicos de ap, genital masc, para neoplasia maligna 4.090,36 €
Otros proc, quirúrgicos de ap, genital masc, exc, para neoplasia
GRD.345 maligna 5.924,32 €
GRD.346 Neoplasia maligna, aparato genital masculino, con cc 5.384,76 €
GRD.347 Neoplasia maligna, aparato genital masculino, sin cc 2.513,37 €
GRD.348 Hipertrofia prostatica benigna con cc 2.540,19 €
GRD.349 Hipertrofia prostatica benigna sin cc 1.462,39 €
GRD.350 Inflamación de aparato genital masculino 1.750,10 €
GRD.351 Esterilización, varón 1.037,82 €
GRD.352 Otros diagnósticos de aparato genital masculino 1.230,63 €
GRD.353 Evisceracion pélvica, histerectomía radical y Vulvectomia radical 8.176,16 €
GRD.354 Proc, s, útero, anejos por n, maligna no ováricas ni de anejos con cc 5.458,07 €
GRD.355 Proc, s, útero, anejos por n, maligna no ováricas ni de anejos sin cc 4.798,71 €
GRD.356 Proc, de reconstrucción aparato genital femenino 3.237,44 €
GRD.357 Proc, sobre útero y anejos por neoplasia maligna de ovario o anejos 6.170,43 €
GRD.358 Proc, sobre útero y anejos por ca, in situ y proceso no maligno con cc
4.981,52 €
GRD.359 Proc, sobre útero y anejos por ca, in situ y proceso no maligno sin cc 3.586,52 €
GRD.360 Procedimientos sobre vagina, cervix y vulva 2.087,98 €
GRD.361 Interrupción tubarica por laparoscopia y laparotomía 2.009,07 €
GRD.362 Interrupción tubarica por endoscopia 2.074,26 €
GRD.363 Dilatación y legrado, conizacion y radio-implante por neoplasia maligna
14.177,26 €
GRD.364 Dilatación y legrado, conizacion excepto por neoplasia maligna 1.680,05 €
GRD.365 Otros proc, quirúrgicos de ap, genital femenino 5.695,99 €
GRD.366 Neoplasia maligna, aparato genital femenino, con cc 5.124,70 €
GRD.367 Neoplasia maligna, aparato genital femenino, sin cc 3.138,78 €
GRD.368 Infecciones, aparato genital femenino 1.929,12 €
GRD.369 Trastornos menstruales y otros problemas de aparato genital femenino
1.454,68 €
GRD.370 Cesárea, con complicaciones 4.100,82 €
GRD.371 Cesárea, sin complicaciones 3.156,89 €
GRD.372 Parto con complicaciones 1.923,48 €
GRD.373 Parto sin complicaciones 1.469,11 €
GRD.374 Parto con esterilización y/o dilatación y legrado 2.541,53 €
GRD.375 Parto con procedimiento quirúrgico excepto d y l y/o esterilización 2.687,57 €
GRD.376 Diagnósticos post-parto y post-aborto sin procedimiento quirúrgico 1.439,05 €
GRD.377 Diagnósticos post-parto y post-aborto con procedimiento quirúrgico 2.801,33 €
GRD.378 Embarazo ectopico 3.210,10 €
GRD.379 Amenaza de aborto 1.687,44 €
GRD.380 Aborto sin dilatación y legrado 995,30 €
GRD.381 Aborto con dilatación y legrado, aspiración o histerotomía 1.338,41 €
GRD.382 Falso trabajo de parto 1.069,38 €
GRD.383 Otros diagnósticos anteparto con complicaciones medicas 1.674,68 €
GRD.384 Otros diagnósticos anteparto sin complicaciones medicas 1.494,41 €
GRD.392 Esplenectomia edad>17 7.213,14 €
GRD.393 Esplenectomia edad<18 4.340,22 €
GRD.394 Otros proc, quirúrgicos hematológicos y de órganos hemopoyeticos 4.515,75 €
GRD.395 Trastornos de los hematíes edad>17 2.842,41 €
GRD.397 Trastornos de coagulación 3.541,49 €
GRD.398 Trastorno de s, reticuloendotelial e inmunitarios con cc 3.718,12 €
GRD.399 Trastorno de s, reticuloendotelial e inmunitarios sin cc 2.307,78 €
GRD.400 Linfoma y leucemia con procedimiento quirúrgico mayor 7.071,52 €
GRD.401 Linfoma y leucemia no aguda con otros proc, quirúrgicos con cc 9.649,56 €
GRD.402 Linfoma y leucemia no aguda con otros proc, quirúrgicos sin cc 4.638,13 €
GRD.403 Linfoma y leucemia no aguda con cc 8.086,70 €
GRD.404 Linfoma y leucemia no aguda sin cc 3.804,81 €
GRD.406 Trast, mieloproliferativo o neo, mal difer, con proc, quirúrgico mayor con cc 8. 933,79 €
GRD.407 Trast, mieloproliferativo o neo, mal difer, con proc, quirúrgico mayor sin
cc 8.538,29 €
GRD.408 Trast, mieloproliferativo o neo, mal difer, con otro proc, quirúrgico 4.762,38 €
GRD.409 Radioterapia 3.627,12 €
GRD.410 Quimioterapia 2.914,43 €
GRD.413 Otros trastornos mieloproliferativos o neoplasias mal difer, con cc 6.455,86 €
GRD.414 Otros trastornos mieloproliferativos o neoplasias mal difer, sin cc 4.968,18 €
GRD.415 Proc, quirúrgico por enfermedades infecciosas y parasitarias 7.353,46 €
GRD.416 Septicemia edad>17 4.649,14 €
GRD.417 Septicemia edad<18 5.756,96 €
GRD.418 Infecciones postoperatorias y postraumáticas 4.080,49 €
GRD.419 Fiebre de origen desconocido edad>17 con cc 3.239,33 €
GRD.420 Fiebre de origen desconocido edad>17 sin cc 1.963,45 €
GRD.421 Enfermedad vírica edad>17 1.725,70 €
GRD.422 Enfermedad vírica y fiebre de origen desconocido edad<18 2.246,49 €
GRD.423 Otros diagnósticos de enfermedad infecciosa y parasitaria 3.278,27 €
GRD.424 Proc, quirúrgico con diagnostico principal de enfermedad mental 3.153,80 €
GRD.425 Reacción de adaptación aguda y disfunción psicosocial 2.026,55 €
GRD.426 Neurosis depresivas 2.026,55 €
GRD.427 Neurosis excepto depresiva 2.632,26 €
GRD.428 Trastornos de personalidad & control de impulsos 3.488,99 €
GRD.429 Alteraciones orgánicas y retraso mental 4.406,13 €
GRD.430 Psicosis 4.294,28 €
GRD.431 Trastornos mentales de la infancia 3.480,67 €
GRD.432 Otros diagnósticos de trastorno mental 5.095,31 €
GRD.439 Injerto cutáneo por lesión traumática 5.103,31 €
GRD.440 Desbridamiento herida por lesión traumatiza, excepto herida abierta 5.584,69 €
GRD.441 Procedimientos sobre mano por lesión traumática 4.918,29 €
GRD.442 Otros procedimientos quirúrgicos por lesión traumática con cc 10.598,47 €
GRD.443 Otros procedimientos quirúrgicos por lesión traumática sin cc 4.989,08 €
GRD.444 Lesiones de localización no especificada o múltiple edad>17 con cc 3.451,53 €
GRD.445 Lesiones de localización no especificada o múltiple edad>17 sin cc 1.779,12 €
GRD.446 Lesiones de localización no especificada o múltiple edad<18 1.649,58 €
GRD.447 Reacciones alérgicas edad>17 1.202,33 €
GRD.448 Reacciones alérgicas edad<18 1.482,53 €
GRD.449 Envenenamiento y efecto toxico de drogas edad>17 con cc 2.785,76 €
GRD.450 Envenenamiento y efecto toxico de drogas edad>17 sin cc 1.531,91 €
GRD.451 Envenenamiento y efecto toxico de drogas edad<18 1.357,79 €
GRD.452 Complicaciones de tratamiento con cc 3.360,11 €
GRD.453 Complicaciones de tratamiento sin cc 3.521,56 €
GRD.454 Otros diagnósticos de lesión, envenenamiento y efecto toxico con cc 2.680,87 €
GRD.455 Otros diagnósticos de lesión, envenenamiento y efecto toxico sin cc 2.461,86 €
GRD.461 Proc, quirúrgico con diag, de otro contacto con servicios sanitarios 2.809,62 €
GRD.462 Rehabilitación 3.726,98 €
GRD.463 Signos & síntomas con cc 3.758,64 €
GRD.464 Signos & síntomas sin cc 2.079,47 €
GRD.465 Cuidados posteriores con historia de neo, maligna como diag, secundario 1. 544,53 €
GRD.466 Cuidados posteriores sin historia de neo, maligna como diag, secundario 1. 770,18 €
GRD.467 Otros factores que influyen en el estado de salud 1.074,33 €
GRD.468 Procedimiento quirúrgico extensivo sin relación con diagnóstico principal 8. 572,50 €
GRD.471 Proc, mayores sobre articulación m, inferior, bilateral o múltiple 17.727,76 €
GRD.475 Diagnósticos del sistema respiratorio con ventilación asistida12.304,09 €
GRD.476 Procedimiento quirúrgico prostático no relacionado con diag, principal 11. 615,15 €
GRD.477 Procedimiento quirúrgico no extensivo no relacionado con diag, principal 5. 020,30 €
GRD.478 Otros procedimientos vasculares con cc 10.721,74 €
GRD.479 Otros procedimientos vasculares sin cc 5.490,41 €
GRD.480 Trasplante hepático 95.376,99 €
GRD.482 Traqueostomía con trastornos de boca, laringe o faringe 14.646,50 €
GRD.483 Traqueostomía, excepto por trastornos de boca, laringe o faringe 43.433,98 €
GRD.491 Procedimientos mayores reimplantación articulación y miembro extr, superior 15. 244,41 €
GRD.493 Colecistectomia laparoscópica sin explorac, conducto biliar con cc 7.747,80 €
GRD.494 Colecistectomia laparoscópica sin explorac, conducto biliar sin cc 5.171,72 €
GRD.530 Craneotomia con cc mayor 29.000,75 €
GRD.531 Procedimientos sistema nervioso excepto Craneotomia con cc mayor 20.562,37 €
GRD.532 A.I.T. , oclusiones precerebrales, convulsiones y cefalea con cc mayor
5.294,84 €
GRD.533 Otros trast, sistema nervioso exc, A.I.T., convulsiones y cefalea con cc mayor 12. 580,44 €
GRD.534 Procedimientos oculares con cc mayor 4.995,87 €
GRD.535 Trastornos oculares con cc mayor 6.238,05 €
GRD.536 Procedimientos O.R.L. y bucales excepto proc, mayores cabeza y
cuello 8.760,93 €
GRD.538 Procedimientos torácicos mayores con cc mayor 16.160,77 €
GRD.539 Procedimientos respiratorios excepto proc, torácicos mayores con cc mayor 17. 897,64 €
GRD.540 Infecciones y inflamaciones respiratorias con cc mayor 9.517,25 €
GRD.541 Trast, respiratorios exc, infecciones, bronquitis, asma con cc mayor 6.348,23 €
GRD.542 Bronquitis y asma con cc mayor 3.790,31 €
GRD.543 Trast, circulatorios excepto I.A.M., endocarditis, I.C.C. y arritmia con cc mayor 7. 552,73 €
GRD.544 I.C.C. y arritmia cardiaca con cc mayor 9.336,09 €
GRD.545 Procedimiento valvular cardiaco con cc mayor 37.671,26 €
GRD.546 Bypass coronario con cc mayor 23.900,48 €
GRD.547 Otros procedimientos cardiotoracicos con cc mayor 32.575,29 €
GRD.548 Implantación o revisión de marcapasos cardiaco con cc mayor 20.033,40 €
GRD.549 Procedimientos cardiovasculares mayores con cc mayor 26.830,63 €
GRD.550 Otros procedimientos vasculares con cc mayor 15.357,71 €
GRD.551 Esofagitis, gastroenteritis y ulcera no complicada con cc mayor 5.753,76 €
GRD.552 Trast, ap, digestivo excepto esof, gastroent, y ulc, no compl., con cc mayor 8.932,72 €
GRD.553 Proc, ap, digest, excepto hernia y proc, mayor estomago o intest, con cc mayor 11.721,71 €
GRD.554 Procedimientos sobre hernia con cc mayor 6.795,89 €
GRD.555 Proc, páncreas, hígado y otros vía biliar exc, traspl, hepático con cc mayor 19.856,81 €
GRD.556 Colecistectomia y otros procedimientos hepatobiliares con cc mayor 13.696,73 €
GRD.557 Trastornos hepatobiliares y de páncreas con cc mayor 9.938,34 €
GRD.558 Proc, musculoesqueletico mayor exc, artic, mayor bilateral o múltiple con cc mayor 17. 904,35 €
GRD.559 Procedimientos musculoesqueleticos no mayores con cc mayor 12.943,75 €
GRD.560 Trast, musculoesq, exc, osteomiel,, art, séptica y trast, t, conect, con cc mayor 6. 890,35 €
GRD.561 Osteomielitis, artritis séptica y trast, t, conect, con cc mayor 11.740,77 €
GRD.562 Trastornos mayores de piel y mama con cc mayor 12.120,01 €
GRD.563 Otros trastornos de piel con cc mayor 4.752,45 €
GRD.564 Procedimientos sobre piel y mama con cc mayor 14.607,44 €
GRD.565 Procedimientos endocr,,nutric, y metab, exc, amputación m, inf., con cc mayor 14.286,34 €
GRD.566 Trast, endocrino, nutric, y metab, exc, trast, de ingesta o fibrosis quística con cc mayor 6.811,45 €
GRD.567 Procedimientos riñón y tracto urinario excepto trasplante renal con cc mayor 18.056,52 €
GRD.568 Insuficiencia renal con cc mayor 9.813,81 €
GRD.569 Trast, de riñón y tracto urinario excepto insuficiencia renal con cc mayor
4.552,51 €
GRD.570 Trastornos aparato genital masculino con cc mayor 4.550,37 €
GRD.571 Procedimientos aparato genital masculino con cc mayor 8.910,44 €
GRD.572 Trastornos aparato genital femenino con cc mayor 6.286,49 €
GRD.573 Procedimientos no radicales aparato genital femenino con cc mayor 7.907,26 €
GRD.574 Trastornos de sangre, órganos hemopoyeticos e inmunológicos con cc mayor 6.918,28 €
GRD.575 Procedimientos s, sangre, órganos hemopoyeticos e inmunológicos con cc mayor 16.745,50 €
GRD.576 Leucemia aguda con cc mayor 30.391,74 €
GRD.577 Trast, mieloproliferativo y neo, mal diferenciada con cc mayor 9.768,45 €
GRD.578 Linfoma y leucemia no aguda con cc mayor 17.942,19 €
GRD.579 Procedimientos para linfoma, leucemia y trast, mieloproliferativo con cc mayor 23.684,69 €
GRD.580 Infecciones y parasitosis sistémicas excepto septicemia con cc mayor 7.631,35 €
GRD.581 Procedimientos para infecciones y parasitosis sistémicas con cc mayor 13. 716,00 €
GRD.582 Lesiones excepto trauma múltiple con cc mayor 5.552,49 €
GRD.583 Procedimientos para lesiones excepto trauma múltiple con cc mayor 13.898,47 €
GRD.584 Septicemia con cc mayor 10.286,99 €
GRD.585 Procedimiento mayor estomago, esófago, duodeno, i, delgado & grueso con cc mayor 16. 213,53 €
GRD.586 Trastornos orales y bucales con cc mayor, edad > 17 5.879,07 €
GRD.587 Trastornos orales y bucales con cc mayor, edad < 18 4.000,50 €
GRD.602 Neonato, peso al nacer <750 g, alta con vida 96.421,15 €
GRD.603 Neonato, peso al nacer <750 g, exitus 30.445,88 €
GRD.604 Neonato, peso al nacer 750-999 g, alta con vida 67.462,81 €
GRD.605 Neonato, peso al nacer 750-999 g, exitus 41.265,92 €
GRD.606 Neonato, peso al nacer 1000-1499 g, con p, quirúrgico signif., alta con vida 71.466,58 €
GRD.607 Neonato, peso al nacer 1000-1499 g, sin p, quirúrgico signif., alta con vida 29.693,97 €
GRD.608 Neonato, peso al nacer 1000-1499 g, exitus 26.644,31 €
GRD.609 Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, con p, quir, signif., con mult, prob, mayores 42.106,53 €
GRD.610 Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, con p, quir, signif., sin mult, prob, mayores 11.975,76 €
GRD.611 Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, sin p, quir, signif., con mult, prob, mayores 21.036,35 €
GRD.612 Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, sin p, quir, signif., sin mult, prob, mayores 12.227,34 €
GRD 613. Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, sin p, quir, signif., con problemas menores 8.468,61 €
GRD. 614Neonato, peso al nacer 1500-1999 g, sin p, quir, signif., con otros problemas 6.122,03 €
GRD. 615 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, con p, quir, signif., con mult, prob, mayores 41.481,44 €
GRD. 616 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, con p, quir, signif,, sin mult, prob, mayores 8.306,05 €
GRD.617 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, sin p, quir, signif,, con mult, prob, mayores 20.576,16 €
GRD.618 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, sin p, quir, signif,, con problemas mayores 5.374,33 €
GRD.619 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, sin p, quir, signif,, con problemas menores 3.530,53 €
GRD.620 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, sin p, quir, signif,, diag, neonato normal 3.169,85 €
GRD.621 Neonato, peso al nacer 2000-2499 g, sin p, quir, signif,, con otros problemas 3.731,19 €
GRD.622 Neonato, peso al nacer >2499 g, con p, quir, signif,, con mult, prob, mayores 38.323,96 €
GRD.623 Neonato, peso al nacer >2499 g, con p, quir, signif,, sin mult, prob, mayores 9.082,23 €
GRD.624 Neonato, peso al nacer >2499 g, con procedimiento abdominal menor 3. 401,43 €
GRD.626 Neonato, peso al nacer >2499 g, sin p, quir, signif,, con mult, prob, mayores 11.279,55 €
GRD.627 Neonato, peso al nacer >2499 g, sin p, quir, signif,, con problemas mayores 4.255,22 €
GRD.628 Neonato, peso al nacer >2499 g, sin p, quir, signif,, con problemas menores 2.685,60 €
GRD.629 Neonato, peso al nacer >2499 g, sin p, quir, signif,, diag neonato normal 746,88 €
GRD.630 Neonato, peso al nacer >2499 g, sin p, quir, signif,, con otros problemas 1. 2. 494,82 €
GRD.631 Displasia broncopulmonar y otras enf, respiratorias crónicas con origen en periodo perinatal 4.935,78 €
GRD.633 Otras anomalías congénitas, múltiples y no especificadas, con cc 7.085,22 €
GRD.634 Otras anomalías congénitas, múltiples y no especificadas, sin cc 6.450,49 €
GRD.635 Cuidados posteriores neonatales para incremento de peso 3.729,14 €
GRD.636 Cuidados posteriores lactante para incremento de peso, edad>28 días, <1 año 5.279,28 €
GRD.637 Neonato, exitus dentro del primer día, nacido en el centro 1.545,61 €
GRD.638 Neonato, exitus dentro del primer día, no nacido en el centro 801,74 €
GRD.639 Neonato, trasladado con <5 días, nacido en el centro 2.003,44 €
GRD.640 Neonato, trasladado con <5 días, no nacido en el centro 2.537,18 €
GRD.641 Neonato, peso al nacer >2499 g, con oxigenación membrana
extracorpórea 4.023,53 €
GRD.650 Cesárea de alto riesgo con cc 4.654,61 €
GRD.651 Cesárea de alto riesgo sin cc 3.542,07 €
GRD.652 Parto vaginal de alto riesgo con esterilización y/o dilatación mas legrado 3.191,66 €
GRD.700 Traqueostomía por infección hiv 56.581,23 €
GRD.701 Hiv con proced., quirúrgico y ventilación mecánica o soporte alimenticio 29. 835,13 €
GRD.702Hiv con proced., quirúrgico con infecc, mayores múltiples relacionadas 26. 678,20 €
GRD.703 Hiv con proced., quirúrgico con diagnostico relacionado mayor 22.208,99 €
GRD.704 Hiv con proced., quirúrgico sin diagnostico relacionado mayor 10.804,14 €
GRD.705 Hiv con infecc, mayores múltiples relacionadas con tuberculosis 19.029,93 €
GRD.706 Hiv con infecc, mayores múltiples relacionadas sin tuberculosis 17.777,68 €
GRD.707 Hiv con ventilación mecánica o soporte alimenticio 19.013,30 €
GRD.708 Hiv con diagnostico relacionado mayor, alta voluntaria 6.225,86 €
GRD.709 Hiv con diag mayores relacionados con diag mayores mult, o signif, con tbc 10.962,99 €
GRD.710 Hiv con diag mayores relacionados con diag mayores mult, o signif, sin tbc 9.430,55 €
GRD.711 Hiv con diag mayores relacionados sin diag mayores mult, o signif, con tbc 9.082,24 €
GRD.712 Hiv con diag mayores relacionados sin diag mayores mult, o signif, sin tbc 7.057,82 €
GRD.713 Hiv con diagnostico relacionado significativo, alta voluntaria 4.095,73 €
GRD.714 Hiv con diagnostico relacionado significativo 5.292,43 €
GRD.715 Hiv con otros diagnósticos relacionados 4.661,96 €
GRD.716 Hiv sin otros diagnósticos relacionados 4.548,64 €
GRD.730 Craneotomia para trauma multiple significativo 21.098,05 €
GRD.731 Proc, s, columna, cadera, fémur o miembros por trauma múltiple significativo 20. 367,94 €
GRD.732 Otros procedimientos quirúrgicos para trauma múltiple significativo 12.186,12 €
GRD.733 Diagnósticos de trauma múltiple significativo cabeza, tórax y m, inferior
6.323,80 €
GRD.734 Otros diagnósticos de trauma múltiple significativo 4.598,15 €
GRD.737 Revisión de derivación ventricular edad<18 5.233,18 €
GRD.738 Craneotomia edad<18 con cc 14.615,48 €
GRD.739 Craneotomia edad<18 sin cc 9.538,79 €
GRD.740 Fibrosis quística 5.632,47 €
GRD.743 Abuso o dependencia de opiáceos, alta voluntaria 2.098,99 €
GRD.744 Abuso o dependencia de opiáceos con cc 4.254,24 €
GRD.745 Abuso o dependencia de opiáceos sin cc 2.420,24 €
GRD.746 Abuso o dependencia de cocaína u otras drogas, alta voluntaria 1.617,79 €
GRD.747 Abuso o dependencia de cocaína u otras drogas con cc 3.083,89 €
GRD.748 Abuso o dependencia de cocaína u otras drogas sin cc 3.428,99 €
GRD.749 Abuso o dependencia de alcohol, alta voluntaria 1.038,89 €
GRD.750 Abuso o dependencia de alcohol, con cc 2.499,95 €
GRD.751 Abuso o dependencia de alcohol, sin cc 3.335,45 €
GRD.752 Envenenamiento por plomo 1.774,51 €
GRD.753 Rehabilitación para trastorno compulsivo nutricional 6.646,31 €
GRD.754 Cuidados posteriores nivel terciario, edad => 1 año 4.598,15 €
GRD.755 Fusión vertebral con cc 12.488,18 €
GRD.756 Fusión vertebral sin cc 11.661,89 €
GRD.757 Procedimientos sobre espalda y cuello exc, fusión espinal con cc 6.699,77 €
GRD.758 Procedimientos sobre espalda y cuello exc, fusión espinal sin cc 5.589,38 €
GRD.759 Implantes cocleares multicanal 22.801,46 €
GRD.760 Hemofilia, factores VIII y IX 5.578,86 €
GRD.761 Estupor y coma traumáticos, coma > 1 h 5.059,21 €
GRD.762 Conmoción, lesión intracraneal con coma<1h o sin coma edad<18 2.088,64 €
GRD.763 Estupor y coma traumáticos, coma < 1 h, edad < 18 2.439,02 €
GRD.764 Conmoción, lesión intracraneal con coma<1h, o sin coma edad>17 con cc 1. 714,50 €
GRD.765 Conmoción, lesión intracraneal con coma<1h, o sin coma edad>17 sin
cc 1.493,11 €
GRD.766 Estupor y coma traumáticos, coma<1h, edad>17 con cc 4.694,75 €
GRD.767 Estupor y coma traumáticos, coma<1h, edad>17 sin cc 3.411,93 €
GRD.768 Convulsiones y cefalea edad<18 con cc 3.770,97 €
GRD.769 Convulsiones y cefalea edad<18 sin cc 2.352,86 €
GRD.770 Infecciones y inflamaciones respiratorias edad<18 con cc 865,79 €
GRD.771 Infecciones y inflamaciones respiratorias edad<18 sin cc 2.991,34 €
GRD.772 Neumonía simple y pleuritis edad<18 con cc 4.910,15 €
GRD.773 Neumonía simple y pleuritis edad<18 sin cc 2.972,67 €
GRD.774 Bronquitis y asma edad<18 con cc 4.548,82 €
GRD.775 Bronquitis y asma edad<18 sin cc 2.716,08 €
GRD.776 Esofagitis, gastroenteritis y trast, digestivos misceláneos edad<18 con cc 3.306,96 €
GRD.777 Esofagitis, gastroenteritis y trast, digestivos misceláneos edad<18 sin cc 1.483,33 €
GRD.778 Otros diagnósticos de aparato digestivo edad<18 con cc 8.690,29 €
GRD.779 Otros diagnósticos de aparato digestivo edad<18 sin cc 2.000,45 €
GRD.780 Leucemia aguda sin procedimiento quirúrgico mayor edad<18 con cc 14.273,79 €
GRD.781 Leucemia aguda sin procedimiento quirúrgico mayor edad<18 sin cc 6.714,35 €
GRD.782 Leucemia aguda sin procedimiento quirúrgico mayor edad>17 con cc 18.483,24 €
GRD.783 Leucemia aguda sin procedimiento quirúrgico mayor edad>17 sin cc 6.119,46 €
GRD.784 Anemia hemolítica adquirida o crisis enf, cel, falciformes edad<18 11.249,75 €
GRD.785 Otros trastornos de los hematíes edad<18 2.746,62 €
GRD.786 Procedimientos mayores sobre cabeza & cuello por neoplasia maligna
10.848,40 €
GRD.787 Colecistectomia laparoscópica con exploración vía biliar 4.772,58 €
GRD.789 Reimplantación mayor de articulación y miembro extr, inferior, excepto cadera con cc 19.582,19 €
GRD.790 Desbr, herida y inj, piel por her, abierta, trast, musc, esq, y t, conect exc mano 5.262,65 €
GRD.791 Desbridamiento de herida por lesiones con herida abierta 4.412,36 €
GRD.792 Craneotomia por trauma múltiple signif, con cc mayor no traumática 35.214,25 €
GRD.793 Proc, por trauma múltiple signif, exc, Craneotomia con cc mayor no traumática 26.761,67 €
GRD.794 Diagnostico de trauma múltiple significativo con cc mayor no traumática 16.667,67 €
GRD.795 Trasplante de pulmón 97.557,02 €
GRD.796 Revascularizacion extremidad inferior con cc 16.646,01 €
GRD.797 Revascularizacion extremidad inferior sin cc 11.320,59 €
GRD.798 Tuberculosis con procedimiento quirúrgico 12.263,03 €
GRD.799 Tuberculosis, alta voluntaria 5.511,43 €
GRD.800 Tuberculosis con cc 8.254,44 €
GRD.801 Tuberculosis sin cc 6.219,15 €
GRD.802 Neumocistosis 6.265,85 €
GRD.803 Trasplante de medula ósea Alogénico 57.341,28 €
GRD.804 Trasplante de medula ósea antólogo 42.246,04 €
GRD.805 Trasplante simultaneo de riñón y páncreas 56.485,68 €
GRD.806 Fusión vertebral anterior/ posterior combinada con cc 17.612,09 €
GRD.807 Fusión vertebral anterior/ posterior combinada sin cc 15.284,58 €
GRD.808 Proced, cardiovasc, percutaneos con ima, fallo cardiaco o Shock 8.438,07 €
GRD.809 Otros proced., cardiotoracicos con diag principal de anomalía 17.620,38 €
GRD.810 Hemorragia intracraneal 5.143,51 €
GRD.811 Implante desfibrilador cardiaco y sistema de asistencia cardiaca 32.698,38 €
GRD.812 Malfuncion, reacción o compl., de dispositivo o proc, cardiac, o vascular 4.928,59 €
GRD.813 Gastroenteritis no bacteriana y dolor abdominal edad > 17 con cc 2.307,78 €
GRD.814 Gastroenteritis no bacteriana y dolor abdominal edad > 17 sin cc 1.701,93 €
GRD.815 Gastroenteritis no bacteriana y dolor abdominal edad < 18 con cc 2.313,80 €
GRD.816 Gastroenteritis no bacteriana y dolor abdominal edad < 18 sin cc 2.005,43 €
GRD.817 Sustitución de cadera por complicaciones 14.891,48 €
GRD.818 Sustitución de cadera excepto por complicaciones 10.976,74 €
GRD.819 Creación, revisión o retirada de dispositivo de acceso renal 5.699,28 €
GRD.820 Malfuncion, reacción o compl., de dispositivo, injerto o transplante genitourinario 3. 682,43 €
GRD.821 Quemaduras extensas de 3º grado con injerto de piel 53.314,24 €
GRD.822 Quemaduras extensas de 3º grado sin injerto de piel 35.669,97 €
GRD.823 Quemaduras de espesor total con inj, piel o lesiones inhalación con cc o trauma sig, 27.998,62 €
GRD.824 Quemaduras de espesor total con inj, piel o lesiones inhalación sin cc o trauma sig, 11.876,28 €
GRD.825 Quemaduras de espesor total sin inj, piel o lesiones inhalación con cc o trauma sig, 8.751,56 €
GRD.826 Quemaduras de espesor total sin inj, piel o lesiones inhalación sin cc o trauma sig, 8.488,38 €
GRD.827 Quemaduras no extensas con lesión por inhalación, cc o trauma significativo 8.657,09 €
GRD.828 Quemaduras no extensas sin lesión por inhalación, cc o trauma significativo 6.096,90 €
Consultas
Código Concepto


A.4.1
Cirugía Menor 285,75 €
A.4.2
Consulta sucesiva 102,88 €
A.4.3
Curas ambulatorias 45,72 €
A.4.4
Primera consulta 171,45 €
A.4.5
Urgencia 205,75 €
Pruebas funcionales y exploraciones
Especialidad
Alergología Código


A.5.1.A.1
Provocaciones33,55 €
A.5.1.A.2
Pruebas alergicas a medicamentos 125,80 €
A.5.1.A.3
Pruebas de función respiratoria 33,55 €
A.5.1.A.4
Pruebas epicutaneas 58,70 €
Anatomía


A.5.1.B.1
Diagnostico microscópico electrónico 335,48 €
A.5.1.B.2
Estudio de muestras citologicas 50,32 €
A.5.1.B.3
Estudio de tejidos de biopsia preoperatoria 125,80 €
A.5.1.B.4
Estudio de tejidos biopsia simple 67,09 €
A.5.1.B.5
Inmunofluorescencia-estudio 209,67 €
A.5.1.B.6
Autopsia clínica estándar 1.258,03 €
A.5.1.B.7
PCR 83,88 €
Anestesia y tratamiento del


A.5.1.C.1
Anestesia epidural dolor 335,48 €
A.5.1.C.2
Aplicación TENS (se añadirá coste) TENS 114,30 €
A.5.1.C.3
Bloqueo puntos Trigger 114,30 €
A.5.1.C.4
Cargar y reprogramar bomba 114,30 €
A.5.1.C.5
Cargar y/o reprogramar bomba externa 114,30 €
A.5.1.C.6
Infiltración subcutánea 114,30 €
A.5.1.C.7
Plus de analgesia con presencia de anestesista 142,58 €
A.5.1.C.8
Promagramar neuroestimulador (EEM) 114,30 €
A.5.1.C.9
Reprogramar bomba implantada 114,30 €
A.5.1.C.10
Sesión iontoforesis 114,30 €
A.5.1.C.11
Terapia infusión continua fármacos PCA ( se añadirá coste bomba) 114,30 €
A.5.1.C.12
Terapia perfusión y.v. Anesticos locales y/o antidepresivos triciclicos 114,30 €
A.5.1.C.13
Tratamiento del dolor 335,48 €
Angiografo


A.5.1.D.1
Catéter hemodiálisis 571,51 €
A.5.1.D.2
Colocación reservorio 548,63 €
A.5.1.D.3
Dacriocistografía 285,75 €
A.5.1.D.4
Emboliz. Malf. Vas. Perife. 857,26 €
A.5.1.D.5
Embolizacion Varicocele 453,77 €
A.5.1.D.6
Endoprogesis lacrimal 400,05 €
A.5.1.D.7
Exploración intervencionista 285,75 €
A.5.1.D.8
Fistulogra. + angioplas. Hemodialisis 548,63 €
A.5.1.D.9
Flebografía 596,65 €
A.5.1.D.10
Recambio gastrostomía 285,75 €
A.5.1.D.11
Vertebroplastia (se añadirá coste de cemento inyectado) 285,75 €
Cardiología


A.5.1.E.1
Ablaciones R. F. + Estudio electrofisologico 4.176,71 €
A.5.1.E.2
Angioplastica con "stent* ( se añadirá coste stent) 4.556,39 €
A.5.1.E.3
Angioplastia simple 4.556,39 €
A.5.1.E.4
Biopsia cardiaca 1.328,94 €
A.5.1.E.5
Cierre de de CIA 8.733,09 €
A.5.1.E.6
Cierre de Ductus 5.505,63 €
A.5.1.E.7
Ecocariograma de esfuerzo 151,89 €
A.5.1.E.8
Ecocardiograma de estrés 151,89 €
A.5.1.E.9
Ecocardiograma transesofagico 113,91 €
A.5.1.E.10
Ecocardiograma transtoracico 81,26 €
A.5.1.E.11
Ergometria (prueba de esfuerzo) 121,91 €
A.5.1.E.12
Ergometria (prueba de esfuerzo con Talio) 359,81 €
A.5.1.E.13
Estudio electrofisiologico 759,39 €
A.5.1.E.14
Estudio hemodimamico diagnostico 2.514,61 €
A.5.1.E.15
Holster 162,53 €
A.5.1.E.16
Rotablator 6.454,88 €
A.5.1.E.17
Valvuloplastia 4.936,08 €
A.5.1.E.18
Ventana pericardica 1.556,75 €
Cirugía cardiovascular


A.5.1.F.1
Doppler67,09 €
Cirugía pediátrica


A.5.1.G.1
Mamometria 270,46 €
A.5.1.G.2
HP metría 250,77 €
A.5.1.G.3
Urodinamica 142,58 €
Dermatología


A.5.1.H.1
Laser decolorante cien impactos 263,32 €
A.5.1.H.2
Sesión UVA 3,43 €
Digestivo


A.5.1.I.1
Capsula endoscopica ( se añadirá coste capsula) 212,32 €
A.5.1.I.2
Clip hemostatico 457,20 €
A.5.1.I.3
Polangio pancreatografia retrograda endoscopica (CPRE) 455,69 €
A.5.1.I.4
Colangiografia retrograda endoscopica 343,85 €
A.5.1.I.5
Colangiografia retrograda endoscopica terapéutica 670,84 €
A.5.1.I.6
Colocación drenaje bilial 503,20 €
A.5.1.I.7
Colonoscopia con o sin biopsia 351,32 €
A.5.1.I.8
Dilatación (Esofago/Piloro) 878,31 €
A.5.1.I.9
Dilatación colon 982,67 €
A.5.1.I.10
Dilatación endospica ampolla, esfinter de Oddi o conducto biliar 503,13 €
A.5.1.I.11
Drenaje de seudoquistes con econdoscopia y/o CPRE 1.028,71 €
A.5.1.I.12
Ecoendoscopia con punción 857,26 €
A.5.1.I.13
Ecoendoscopia gástricas 578,95 €
A.5.1.I.14
Ecoendoscopia rectal 333,35 €
A.5.1.I.15
Endoscopias con magnificacion 800,10 €
A.5.1.I.16
Enteroscopia 455,69 €
A.5.1.I.18
Esclerosis de ulcus 329,45 €
A.5.1.I.19
Esclerosis de varices esofagicas 329,45 €
A.5.1.I.20
Esfinterotomia y/o papilotomia endoscopica 503,13 €
A.5.1.I.21
Extracción cuerpo extraño 189,08 €
A.5.1.I.22
Extracion digestiva 503,13 €
A.5.1.I.23
Estraccion/insercion endoscopia de tubo tutor 503,13 €
A.5.1.I.24
Furguracion con argon 455,69 €
A.5.1.I.25
Gastroscopias con esclerosis de ulcera/gastroduodenal 235,10 €
A.5.1.I.26
Gastroscopias con o sin biopsia 104,37 €
A.5.1.I.27
Laparoscopia 313,11 €
A.5.1.I.28
Laparoscopia toma de biopsia 339,21 €
A.5.1.I.29
Ligadura con bandas en hemorroides 674,33 €
A.5.1.I.30
Ligaduras de varices esofagicas 674,33 €
A.5.1.I.31
Macrobiopsia gastrica 285,75 €
A.5.1.I.32
Manometria anotectal 270,46 €
A.5.1.I.33
Manometria esofagica 270,46 €
A.5.1.I.34
Papilotomia 559,69 €
A.5.1.I.35
Papilotomia endoscopica sup 425,54 €
A.5.1.I.36
PH metria 250,77 €
A.5.1.I.37
PH metria esofagica 338,06 €
A.5.1.I.38
Polipectomía 414,11 €
A.5.1.I.39
Polipectomia endoscopica 293,89 €
A.5.1.I.40
Protesis biliar metalica 2.603,70 €
A.5.1.I.41
Protesis biliar plastica 812,04 €
A.5.1.I.42
Protesis colonica 2.429,33 €
A.5.1.I.43
Protesis esofagica 2.429,33 €
A.5.1.I.44
Recambio gastrostomia 228,60 €
A.5.1.I.45
Rectosigmoidoscopia - Rectoscopia 156,55 €
A.5.1.I.46
Sonda de gastronomia endoscopica 313,49 €
A.5.1.I.47
Test del Aliento 40,75 €
Genética


A.5.1.J.1
Analisis de mutaciones por tecnicas de PCR 176,94 €
A.5.1.J.2
Cariotipos en tejidos 377,46 €
A.5.1.J.3
Cariotipo en medula ósea 147,44 €
A.5.1.J.4
Cariotipo sangre periferica 94,37 €
A.5.1.J.5
Cariotipos de Liquido Amniotico 377,46 €
A.5.1.J.6
Estudio de inestabilidad cromosomica 383,37 €
A.5.1.J.7
Estudio de inestabilidad de microsatelites 294,88 €
A.5.1.J.8
Hibridacion in situ fluorescente (FISH) 365,67 €
A.5.1.J.9
Reordenamientos subtelomericos (FISH) 377,46 €
A.5.1.J.10
Test despistaje Down 70,77 €
Ginecología


A.5.1.K.1
Ecografias (Gin., Obst.) 32,50 €
A.5.1.K.2
Histeroscopia 125,39 €
A.5.1.K.3
Amniocentesis control ecográfica 309,65 €
Hematología


A.5.1.L.1
Adacolum, aféresis leucocitos 2.378,58 €
A.5.1.L.2
Aferesis, cultibvos celulares, congelaciones, infusiones 457,20 €
A.5.1.L.3
Biopsias coxales 217,17 €
A.5.1.L.4
Fotoféresis 1.793,10 €
A.5.1.L.5
Punciones esternales incluyendo "Giemsa punciones" O 274,33 €
A.5.1.L.6
Selección positiva o negativa 7.029,45 €
A.5.1.L.7
Trasplante de médula ósea e informes de citometría 8.586,20 €
A.5.1.L.8
Aspirado Medular 450,43 €
Maxilofacial


A.5.1.M.1
Ortopantomográfia 53,08 €
A.5.1.M.2
Sialografia 209,67 €
Medicina nuclear


A.5.1.N.1
Cisternogammagrafia cerebral 395,29 €
A.5.1.N.2
Cistogammagrafia vesical 183,10 €
A.5.1.N.3
Etección infarto agudo de miocardio 206,43 €
A.5.1.N.4
Estudio de funcion ventricular 206,43 €
A.5.1.N.5
Estudio de inervación cardiaca 806,85 €
A.5.1.N.6
Estudio fístula gastro-pulmonar (aspirado pulmonar) 206,43 €
A.5.1.N.7
Estudio ganglio centinela mama 206,43 €
A.5.1.N.8
Estudio galglio centinela melanoma 206,43 €
A.5.1.N.9
Estudio perusion miocardica conpuestos tecneciados esfuerzo 420,42 €
A.5.1.N.10
Estudio perfusion miocardica con compuestos tecneciados reposo 298,53 €
A.5.1.N.11
Estudio perfusión miocardica con Talio-201 esfuerzo 359,81 €
A.5.1.N.12
estudio perfusion miocardica con Talio-201 reposo 237,91 €
A.5.1.N.13
Estudio receptores somatostatina 791,69 €
A.5.1.N.14
Estudios con galio-67 (A) 1-3 mCi 247,81 €
A.5.1.N.15
Estudios con galio-67 (B) 4-6 mCi 317,18 €
A.5.1.N.16
Estudios con galio-67 © 7-10 mCi 395,29 €
A.5.1.N.17
Flebogammagrafia trazadores de particulas 206,43 €
A.5.1.N.18
Gammagrafía de ganglios basales estudio E. de Parkinson953,26 €
A.5.1.N.19
Gammagrafía de glandulas salivares 183,10 €
A.5.1.N.20
Gammagrafía de hemorragia digestiva intermitente (urgente) 206,43 €
A.5.1.N.21
Gammagrafía de médula ósea 206,43 €
A.5.1.N.22
Gammagrafía de mucosa gastrica ectopica 183,10 €
A.5.1.N.23
Gammagrafía de paratiroides 298,53 €
A.5.1.N.24
Gammagrafía hepática perfusión (Hematíes) 206,43 €
A.5.1.N.25
Gammagrafía hepatobiliar (derivados de IDA) 226,25 €
A.5.1.N.26
Gammagrafía hepatoesplénica 206,43 €
A.5.1.N.27
Gammagrafía ósea y articular 206,43 €
A.5.1.N.28
Gammagrafía pulmonar de perfusión con macroagregados 206,43 €
A.5.1.N.29
Gammagrafía pulmonar de ventilación 183,10 €
A.5.1.N.30
Gammagrafía renal 206,43 €
A.5.1.N.31
Gammagrafía suprarrenal cortical con iodocolesterol 507,21 €
A.5.1.N.32
Gammagrafía tiroidea con I -123 457,09 €
A.5.1.N.33
Gammagrafía tiroidea con I -131 283,38 €
A.5.1.N.34
Gammagrafía tiroidea con Tc-99 183,10 €
A.5.1.N.35
Linfogammagrafía 206,43 €
A.5.1.N.36
Marcaje de leucocitos (In) 422,10 €
A.5.1.N.37
Marcaje de leucocitos (Tc) 410,45 €
A.5.1.N.38
Perfusión cerebral 351,00 €
A.5.1.N.39
Rastreo gammagráfico con I-131 283,38 €
A.5.1.N.40
Rastreo gammagráfico con MIBG I-123 (Neuroblastoma) 724,07 €
A.5.1.N.41
Rastreo gammagráfico con MIBG I-131 (Feocromocitoma) 357,98 €
A.5.1.N.42
Reflujo gastroesofágico 206,43 €
A.5.1.N.43
Renograma filtrado tubular (MAG-3) 242,57 €
A.5.1.N.44
Transito esofágico 206,43 €
A.5.1.N.45
TTº de Sinoviortresis radioisotópica (A) 5 mCi 289,42 €
A.5.1.N.46
TTº de hipertiroidismo Basedow (A) 8 mCi 242,77 €
A.5.1.N.47
TTº de hipertiroidismo Nodular (C) 20 mCi 386,76 €
A.5.1.N.48
TTº de hipertirioidismo Nódulo Autónomo (B) 16 mCi 345,38 €
A.5.1.N.49
TTº de policitemias esenciales 289,42 €
A.5.1.N.50
TTº de policitemias esenciales radioisotópica (B) 8 mCi 452,64 €
A.5.1.N.51
TTº dolor óseo de origen tumoral 987,76 €
A.5.1.N.52
TTº de dolor óseo metastásico cáncer de próstata 1.559,03 €
A.5.1.N.53
TTº neoplasias diferenciadas de tiroides 387,34 €
A.5.1.N.54
Vaciamiento gástrico 206,43 €
A.5.1.N.55
Tomografia por emisión de positrones (PET-TAC) 1.028,71 €
Nefrología


A.5.1.O.1
Pruebas PET 114,30 €
A.5.1.O.2
Sesión aprendizaje diálisis peritoneal 114,30 €
A.5.1.O.3
Sesión de hemodiálisis incluyendo analítica y radiología rutinaria 209,67 €
A.5.1.O.4
Transfusión sanguínea (Se añadirá coste Hemoderivados) 114,30 €
A.5.1.O.5
Tto con Fe intravenoso (Se añadirá coste fármaco) 114,30 €
A.5.1.O.6
Tto. Inmunosupresores (Se añadirá coste fármaco) 114,30 €
Neumología


A.5.1.P.1
Biopsia pleural 70,77 €
A.5.1.P.2
Broncoscopia con o sin biopsia 294,88 €
A.5.1.P.3
Colocación de drenaje pleural 125,04 €
A.5.1.P.4
Espiromoetría basal 32,50 €
A.5.1.P.5
Espirometría con test broncodilatador 50,31 €
A.5.1.P.6
Estudio APNEA Sueño (1 noche) 551,71 €
A.5.1.P.7
Estudio APNEA de sueño domiciliario 153,35 €
A.5.1.P.8
Monitorización transcutánea de CO2 106,15 €
A.5.1.P.9
Pruebas de función respiratorias completas (pletismografía y disfusión) basales 106,15 €
A.5.1.P.10
Pruebas de función respiratorias completas con test broncodilatador 153,35 €
A.5.1.P.11
Registro pulsioximetrico nocturno 70,77 €
A.5.1.P.12
Test de ejercicio 117,97 €
A.5.1.P.13
Test de marca de 6 minutos 141,55 €
A.5.1.P.14
Test de provocación bronquial de Metacolina 117,97 €
A.5.1.P.15
Toracocentesis diagnostica 47,20 €
A.5.1.P.16
Toracocentésis evacuadora 125,04 €
Neurología neurofisiología


A.5.1.Q.1
Audiometria por Potenciales Evocados 242,66 €
A.5.1.Q.2
E.E.G. 100,66 €
A.5.1.Q.3
E.E.G. Con cuantificación 234,84 €
A.5.1.Q.4
Electromiografía 87,97 €
A.5.1.Q.5
Electromiografía de fibra aislada 193,64 €
A.5.1.Q.6
Electrorretinograma 174,30 €
A.5.1.Q.7
Estimulación Magnética de Extremidades 129,93 €
A.5.1.Q.8
Estudio N. Aparato Genito-urinario 330,22 €
A.5.1.Q.9
Onda F 76,93 €
A.5.1.Q.10
Potenciales Evocados auditivos 130,24 €
A.5.1.Q.11
Potenciales Evocados Somato 321,02 €
A.5.1.Q.12
Potenciales Evocados visuales 130,24 €
A.5.1.Q.13
Reflejo H 76,93 €
A.5.1.Q.14
Reflejo Trigémino-facial 76,93 €
A.5.1.Q.15
Test de latencias múltiples de sueño 642,47 €
A.5.1.Q.16
Test de estimulacón repetitiva 76,93 €
A.5.1.Q.17
Velocidad de conducción electroneurograma 103,94 €
A.5.1.Q.18
Inyección de toxina botulínica 433,41 €
Obstetricia


A.5.1.R.1
Ammiocentesis control ecográfica 251,60 €
A.5.1.R.2
Ecografías (Gin., y Obst.) 33,55 €
A.5.1.R.3
Monitorización fetal (Registro) 54,84 €
A.5.1.R.4
Prueba de tolerancia a la oxitócica 94,03 €
A.5.1.R.5
Prueba no estresante 91,12 €
Oftalmología


A.5.1.S.1
Angiofluoresceinografía 125,04 €
A.5.1.S.2
Reparación de retina con láser 645,47 €
A.5.1.S.3
Sesión terapia fotodinámica (Incluye fámaco) 2.569,72 €
Oncología médica


A.5.1.T.1
Sesión Quimioterapia (se añadirá coste de fármaco) 318,96 €
Oncología radioterapia


A.5.1.U.1
Sesión Radioterapia profunda 114,30 €
A.5.1.U.2
Sesión Radioterapia superficial 34,29 €
ORL


A.5.1.V.1
Audiometrías 41,92 €
A.5.1.V.2
Exploraciones Vestibulares 234,84 €
A.5.1.V.3
Laringoscopia con o sin biopsia 67,09 €
Radiología


A.5.1.W.1
Angiografía Digital diagnóstica 744,51 €
A.5.1.W.2
Biopsia percutánea de mama con mamotomo dirigida por esterotaxia 769,23 €
A.5.1.W.3
Biopsias (hepáticas, renales, óseas, toracocentesis etc,) con ecografía 347,98 €
A.5.1.W.4
Biopsias (hepáticas, renales, óseas, toracocentesis etc,) con TAC 490,70 €
A.5.1.W.5
Copia radiografía 16,78 €
A.5.1.W.6
Densitometría ósea 94,03 €
A.5.1.W.7
Ecografía 53,28 €
A.5.1.W.8
Ecografía endoanal-endorrectal 347,98 €
A.5.1.W.9
Estudios con contraste 75,49 €
A.5.1.W.10
Mamografías 121,90 €
A.5.1.W.11
Mielografías 167,73 €
A.5.1.W.12
Ortopanomografía 50,32 €
A.5.1.W.13
PAAF/ Tru-cut con resonancia 546,14 €
A.5.1.W.14
PAAF-Eco 347,98 €
A.5.1.W.15
PAAF-TAC 490,70 €
A.5.1.W.16
RX Simples 16,77 €
A.5.1.W.17
Videodefecografía 347,98 €
Rehabilitación


A.5.1.X.1
Sesión rehabilitación neurológica 75,98 €
A.5.1.X.2
Sesión rehabilitación no neurológica 19,25 €
Resonancia


A.5.1.Y.1
Plus de contraste (RESONANCIA) 125,80 €
A.5.1.Y.2
Resonancia estudio doble 377,42 €
A.5.1.Y.3
Resonancia estudio simple 251,60 €
A.5.1.Y.4
Resonancia estudio triple 461,28 €
Reumatología


A.5.1.Z.1
Análisis líquido sinovial 171,45 €
A.5.1.Z.2
Artrocentesis 171,45 €
A.5.1.Z.3
Capilaroscopia 171,45 €
A.5.1.Z.4
Infiltraciones 171,45 €
A.5.1.Z.5
Tratamiento reumatología. (Se añadirá coste fármaco y material) 22,87 €
A.5.1.Z.6
Tratamiento reumatología hospital de día. (Se añadirá coste fármaco y material) 114,30 €
Scanner


A.5.1.AA.1
Exploración TAC 195,92 €
A.5.1.AA.2
Plus de contraste (TAC) 125,80 €
Urología


A.5.1.AB.1
Biopsia de próstata 444,61 €
A.5.1.AB.2
Cistoscopia 150,95 €
A.5.1.AB.3
Litotricias (Sesión) 1.551,56 €
A.5.1.AB.4
Pielografía . (Se añadirá coste catéter Chevassu) 209,67 €
A.5.1.AB.5
Urodinámica 142,58 €
Ecodoppler


A.5.1.AC.1
Ecodoppler 53,28 €
Laboratorio
Código Denominación


A.5.2.1
Análisis microbiológico con identificación (por germen identificado) 25,46 €
A.5.2.2
Análisis microbiológico básico 12,75 €
A.5.2.3
Antibiograma 25,04 €
A.5.2.4
Confirmación analítica drogas 125,81 €
A.5.2.5
Determinaciones analíticas por PCR 83,74 €
A.5.2.6
Hepatitis A 67,09 €
A.5.2.7
Hepatitis B 67,09 €
A.5.2.8
Hepatitis B completo 209,67 €
A.5.2.9
Hepatitis C 67,09 €
A.5.2.10
Hepatitis C completo 105,71 €
A.5.2.11
HIV 67,09 €
A.5.2.12
HIV Completo 105,71 €
A.5.2.13
Perfil bioquímico básico 125,81 €
A.5.2.14
Prueba detección alcoholemia 105,71 €
A.5.2.15
Unidad analítica 16,78 €
Área de salud mental
Código Denominación


A.6.1
Hospital Agudos/ Estancia día 259,46 €
A.6.2
Hospital Subagudos/ Estancia día 117,73 €
A.6.3
Centro de Día/ Estancia día 98,29 €
A.6.4
T.E.C. 148,01 €
A.6.5
1.ª Consulta 92,59 €
A.6.6
Consultas sucesivas 39,16 €
A.6.7
Urgencia 258,33 €
A.6.8
Test Proyectivo 103,04 €
A.6.9
Test Psicométrico 68,69 €
A.6.10
Determinac. Drogas orina 6,85 €
A.6.11
Administración de metadona 6,85 €
A.6.12
Peritación en materia de Salud Mental 1.602,51 €
B)
ASISTENCIA PRIMARIA
Lugar Código/Denominación
Consultas Centro


B.6.A.1
Consulta exclusiva de enfermería o de Trabajador/a social 25,94 €
B.6.A.2
Primera consulta médica 92,75 €
B.6.A.3
Consulta sucesiva medica 46,37 €
B.6.A.4
Primera consulta édica con pruebas 136,13 €
B.6.A.5
Consulta sucesiva médica con pruebas 89,75 €
B.6.A.6
Curas, inyectables, vacunaciones etc. 13,89 €
B.6.A.7
Consulta de fisioterapia 18,54 €
B.6.A.8
Extracción dentaria 64,94 €
B.6.A.9
Aplicación Fluor Tópico 55,64 €
B.6.A.10
Consulta de odontología 46,37 €
B.6.A.11
Educación maternal: -preparación al parto 77,73 €
B.6.A.12
Educación matgernal: -recuperación post-parto 30,87 €
B.6.A.13
Intervención quirúrgica menor 111,30 €
Consultas centro urgencia


B.6.B.1
Curas, inyectables, etc.17,15 €
B.6.B.2
Consulta-de enfermería 41,15 €
B.6.B.3
Consulta-médica 116,58 €
Consultas domicilio


B.6.C.1
Consulta exclusiva de enfermería o Trab. Social 60,25 €
B.6.C.2
Primera consulta médica 114,30 €
B.6.C.3
Consulta sucesiva médica 57,16 €
B.6.C.4
Primera consulta médica con pruebas 157,68 €
B.6.C.5
Consulta sucesiva médica con pruebas 100,53 €
B.6.C.6
Curas, inyectables, vacunaciones etc. 45,72 €
Consultas domicilio


B.6.D.1
Curas, inyectables, etc. urgencia 51,44 €
B.6.D.2
Consulta-enfermería 80,01 €
B.6.D.3
Consulta-médica 137,16 €
Transporte sanitario
Código Denominación


C.A.
I. Ambulancias no Asistidas. Servicio Interurbano
C.A.II.
Servicio
Por cada Km. En carretera
Poblaciones de entre 200.001 y 500.000 habitantes 0,59 €
urbano 18,56 €
C.A.II.2
Poblaciones de entre 100.000 y 200.000 habitantes 14,59 €
C.A.II.3
Poblaciones de hasta 100.000 habitantes 13,26 €
C.A.II.4
Tiempos de Espera (por cada hora) 14,59 €
C.B. Servicio de Emergencia Servicio interurbano, por cada Km. En carretera (Sumado al servicio Ambulancia 061 urbano) asistida (ATS/DUE solo) 2,00 €
C.B.2 Servicio Urbano 445,77 €
C.C. Servicio de emergencia Ambulancia 061 Servicio interurbano, por cada Km. En carretera (Sumado al servicio
U.V.I. Móvil urbano)
(A.T.S./D.U.E. y Médico) 2,00 €
C.C.2 Servicio Urbano 788,68 €
C.D. Servicio de Emergencia Servicio de emergencia dentro del término municipal con destino a Ambulancia 061 no centros hospitalarios del S.M.S. asistida 355,34 €
C.E. Servicios especiales Servicio de Ambulancia, traslado forzoso enfermos mentales 516,64 €
C.E.2 Servicio de emergencia en helicóptero (por salida y transporte) 2.516,05 €
Suministro de productos hemoderivados
Código/ud. Producto medida


D.01
(Unidad) CONCENTRADO DE HEMATÍES 84,49 €
D.02
(Unidad) CONCENTRADO DE HEMATÍES PARA AUTOTRANSFUSIÓN 84,49 €
D.03
(Unidad) SANGRE TOTAL 84,49 €
D.04
(Unidad) PLAQUETAS 37,79 €
D.05
(Unidad) CRIOPRECIPITADO 33,46 €
D.06
(Litros) PLASMA INDUSTRIAL 55,21 €
D.07
(Litros) PLASMA RECUPERADO 31,63 €
D.08
(Proceso) CITOAFÉRESIS (STEM CELLS) 774,11 €
D.09
(Proceso) RECAMBIO PLASMÁTICO 1.579,05 €
D.10
(Proceso) PLASMAFÉRESIS TERAPÉUTICA 212,43 €
D.11
(Proceso) CRIOPRESERVACIÓN MÉDULA ÓSEA 1.131,58 €
D.12
(Unidad) IRRADIADO 13,75 €
D.13
(Unidad) FENOTIPO ERITROCITARIO 15,42 €
D.14
(Unidad) GRUPO ABO Y RH 8,90 €
D.15
(Unidad) ESCRUTINIO ANTICUERPOS IRREGULARES 26,34 €
D.16
(Unidad) IDENTIFICACIÓN ANTICUERPOS IRREGULARES 55,29 €
D.17
(Unidad) ESTUDIO ANEMIA HEMOLÍTICA 79,55 €
D.18
(Unidad) COOMBS DIRECTO 17,70 €
D.19
(Unidad) PREPARACIÓN POOL PLAQUETAS 135,97 €
D.20
(Proceso) PLAQUETOFÉRESIS / PLAQUETOFÉRESIS DESLEUCOCITADA 422,25 €
D.21
(Unidad) PLASMA FRESCO CON ATENUACIÓN VIRAL 59,43 € Unidad)
D.22
PLASMA FRESCO CUARENTENADO 59,43 €
D.23
(Unidad) DETERMINACIÓN DE LA MUTACIÓN 20210A DEL GEN DE LA PROTROMBINA 60,39 €
D.24
(Unidad) DETERMINACIÓN DEL FACTOR V LEIDEN 60,39 €
D.25
(Unidad) DETERMINACIÓN DEL BCR-ABL POR RT-PCR 76,71 €
D.26
(Unidad) DETERMINACIÓN DEL CD34 38,36 €
D.27
(Unidad) DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS ANTI-PLAQUETAS 38,36 €
D.28
(Unidad) DETERMINACIÓN DE POBLACIONES LINFOCITARIAS 76,71 €
D.29
(Unidad) ANÁLISIS DE REGIONES HIPERVARIABLES D1-S80 Y SE-33 COMO SEGUIMIENTO DE QUIMERISMO EN TRANSPLANTES ALOGÉNICOS 76,71 €
D.30
(Unidad) DETERMINACIÓN ANTICUERPOS ANTI-NEUTRÓFILOS 76,71 €
D.31
(Unidad) DETERMINACIÓN DE HPA1 38,47 €
D.32
(Unidad) DETERMINACIÓN DE HPA2 38,47 €
D.33
(Unidad) DETERMINACIÓN DE HPA5 38,47 €
D.34
(Unidad) ESTUDIO DE AGREGACIONES PLAQUETARIAS 76,71 €
D.35
(Unidad) VALORACIÓN DE GRÁNULOS PLAQUETARIOS (CD62, CD63, CAPTACIÓN Y LIBERACIÓN DE SEROTONINA) 53,81 €
D.36
(Unidad) GLICOPROTEINAS PLAQUETARIAS DE MEMBRANA 76,71 €
D.37
(Unidad) ESTUDIO MOLECULAR DE PÚRPURA NEONATAL 307,57 €
D.38
(Unidad) ESTUDIO DE TROMBOPATÍAS 153,65 €
D.39
(Unidad) INMUNOSELECCION CD34+ DE PROGENITORES HEMATOPOYETICOS 6. 128,28 €
D.40
(Unidad) GENOTIPO DE FORMAS S y Z DE LA ALFA-1-ANTITRIPSINA 100,01 €
D.41
(Unidad) REORDENAMIENTO BCL-2 t (14,18) POR PCR 116,00 €
D.42
(Unidad) ANALIZADOR DE FUNCION PLAQUETARIA PFA-100 100,01 €
D.43
(Unidad) COFACTOR DE RISTOCETINA 160,77 €
D.44
(Unidad) ANTICUERPOS ANTI-NEUTROFILOS 160,77 €
D.45
(Unidad) ESTUDIO DEL JACK-2 142,41 €
D.46
(Unidad) PROCESAMIENTO MEDULA ÓSEA / BUFFY COAT 772,93 €
D.47
(Unidad) DESCONGELACIÓN Y PROCESAMIENTO DE PROGENITORES S. CORDÓN 386,48 €
D.48
(Unidad) DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS HIV1 / HIV2 13,72 €
D.49
(Unidad) DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS DE HCV 13,72 €
D.50
(Unidad) CONFIRMACIÓN HCV ( RIBA + ELISA) 34,29 €
D.51
(Unidad) DETERMINACIÓN DE HBsAg 13,72 €
D.52
(Unidad) DETERMINACIÓN SÍFILIS 17,15 €
D.53
(Unidad) DETERMINACIÓN DEL CHAGAS 13,72 €
D.54
(Unidad) DETERMINACIÓN DE PCR - NAT PARA VIH+ VHB+ VHC EN POOL 85,72 €
D.55
(Unidad) FLEBOGAMMA I.V. 10G (Inmunoglobulina inespecífica) 366,72 €
D.56
(Unidad) FLEBOGAMMA I.V 5G (Inmunoglobulina inespecífica) 183,37 €
D.57
(Unidad) FLEBOGAMMA I.V 2,5G (Inmunoglobulina inespecífica) 89,93 €
D.58
(Unidad) FLEBOGAMMA I.V 0,5G (Inmunoglobulina inespecífica) 20,60 €
D.59
(Unidad) FACTOR VIII 500 Ul- ( FANHDI). 200,60 €
D.60
(Unidad) FACTOR VIII 1000 Ul- (FANHDI). 400,87 €
D.61
(Unidad) ALFA-1- Antitripsina 1G 297,97 €
D.62
(Unidad) ALFA-1- Antitripsina 0,5 G 160,41 €
D.63
(Unidad) ALBÚMINA 20 %. 50 ml 18,17 €
D.64
(Unidad) ALBÚMINA 20 %. 100 ml 36,34 €
D.65
(Unidad) ALBÚMINA 5 %. 500 ml 173,46 €
D.66
(Unidad) ESTUDIO DE FIJACIÓN-ELUIDO DE UN ANTICUERPO 82,53 €
D.67
(Unidad) REALIZACIÓN DE ABSORCIÓN DEL SUERO O FLUIDO 82,87 €
D.68
(Unidad) TÉCNICAS ESPECIALES COMPLEMENTARIAS 76,01 €
D.69
(Unidad) TEST DE HAM 24,02 €
D.70
(Unidad) CONCENTRADO DE HEMATIES SIN CAPA LEUCOPLAQUETAR 84,49 €
D.71
(Unidad) CONCENTRADO DE HEMATIES SIN CAPA LEUCOPLAQUETAR IRRADIADO 97,94 €
D.72
(Unidad) POOL DE PLAQUETAS LEUCODEPLECIONADO 207,98 €
D.75
(Unidad) POOL DE PLAQUETAS LEUCODEPLECIONADO IRRADIADO 221,43 €
D.76
(Unidad) PLASMA FRESCO CONGELADO CUARENTENADO 59,43 €
D.77
(Unidad) PLASMA FRESCO CONGELADO CUARENTENADO IRRADIADO 72,91 €
D.78
(Unidad) PLASMA SOLIDARIO 55,21 €
D.79
(Unidad) CRIOPRECIPITADO CUARENTENADO 66,47 €
D.80
(Unidad) CRIOPRECIPITADO CUARENTENADO IRRADIADO 79,94 €
D.81
(Unidad) PLAQUETOAFÉRESIS LEUCODEPLECIONADA 413,98 €
D.82
(Unidad) PLAQUETOAFÉRESIS LEUCODEPLECIONADA IRRADIADA 427,44 €
D.83
(Unidad) ALICUOTA DE CONCENTRADO DE HEMATÍES SIN CAPA LEUCOPLAQUETAR 51,03 €
D.84
(Unidad) ALICUOTA DE CONCENTRADO DE HEMATÍES SIN CAPA LEUCOPLAQUETAR IRRADIADO 64,49 €
D.85
(Unidad) ALICUOTA DE POOL DE PLAQUETAS LEUCODEPLECIONADO 80,31 €
D.86
(Unidad) ALICUOTA DE POOL DE PLAQUETAS LEUCODEPLECIONADO IRRADIADO 82,61 €

(1) Categorías de actividades y gases incluidos en el Anexo I de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo.Ver texto

(2) Categorías de actividades y gases incluidos en el Anexo I de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de emisión de gases de efecto invernadero para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismoVer texto